Adrián Paredes

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Adrián Paredes Apasionado del derecho de la empresa e impuestos. Licenciado en Derecho, en Contaduría Pública, Consejero Independiente y Maestro en Impuestos.

Catedrático, consultor y apasionado de compartir conocimiento.

Conforme al Artículo 15-D del Código Fiscal de la Federación, no tendrán efectos fiscales de deducción ni de acreditamie...
24/09/2026

Conforme al Artículo 15-D del Código Fiscal de la Federación, no tendrán efectos fiscales de deducción ni de acreditamiento los pagos realizados por concepto de subcontratación de servicios especializados si el contratista no cuenta con el registro activo en el REPSE al momento de la operación.
El impacto no se limita al rechazo del gasto:
Pérdida de la deducción de ISR: El monto total facturado se vuelve no deducible de forma automática.
Rechazo del acreditamiento de IVA: El impuesto trasladado no puede ser utilizado a tu favor.
Riesgo de presunción de delito: La simulación de servicios especializados o el uso de esquemas no autorizados califica como defraudación fiscal calificada.
Responsabilidad solidaria: Tu empresa asume deudas laborales y de seguridad social del proveedor no regularizado.
Blindar la deducibilidad exige un control mensual: verificar el estatus en el padrón del REPSE, cotejar los folios específicos de la actividad contratada y recabar los comprobantes de pago de nómina, IMSS e INFONAVIT de ese personal.
Guarda esta publicación y audita el expediente de tus contratistas antes de tu cierre mensual.

23/09/2026

En fiscalidad internacional, el orden de una simple resta puede costarle millones a tu empresa.
Muchos cometen el error de aplicar primero sus pagos provisionales en la declaración anual, reduciendo la base y perdiendo la oportunidad de aprovechar el impuesto retenido afuera.
El Criterio Normativo 4/ISR del SAT permite una ruta estratégica clara:
1. Acredita primero el ISR pagado en el extranjero contra el impuesto del ejercicio.
2. Disminuye después tus pagos provisionales efectivamente enterados.
No basta con tener los comprobantes del exterior; se debe calcular el límite acreditable por país, comprobar la utilidad de fuente extranjera y contar con el soporte documental en regla.
¿Tu empresa realiza operaciones internacionales? Guarda este reel y revisa tus papeles de trabajo antes de cerrar tu declaración anual.

17/09/2026

🌍 ¿Tu empresa pagó ISR en el extranjero? Cuidado con el orden de los factores en tu declaración anual. 🛑⚖️
En fiscalidad internacional, alterar una simple resta matemática puede costarle millones a tu empresa. Si realizaste operaciones fuera de México y retuviste o enteraste impuestos en otra jurisdicción, esto es lo que debes cuidar:
1. El criterio normativo clave: De acuerdo con el criterio normativo de la autoridad fiscal (Criterio 4/ISR), las personas morales tienen el derecho de acreditar primero el ISR pagado en el extranjero contra el impuesto del ejercicio causado en México, y solo después aplicar los pagos provisionales realizados durante el año.
2. El peligro de invertir el orden: Si restas primero tus pagos provisionales, reduces indebidamente la base contra la cual puedes absorber el crédito por impuestos del extranjero, perdiendo el beneficio financiero de lo ya enterado afuera.
3. Control documental estricto: El acreditamiento no es automático: exige verificar límites legales por país, la utilidad fiscal extranjera correspondiente y conservar comprobantes fiscales y constancias oficiales de retención extranjera debidamente validadas.
El orden del acreditamiento define si aprovechas tu saldo a favor o regalas dinero. ¡A estudiar! Chao. 🎓🚀

15/09/2026

🌐 ¿Trimestral o anual? El error más común al cumplir con el RNIE. 🛑⚖️
Muchas empresas asumen que el Aviso Trimestral y el Informe Anual ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras van de la mano o se presentan bajo las mismas reglas, pero la realidad operativa es muy distinta:
1. Aviso de Actualización Trimestral: Se activa únicamente cuando ocurren modificaciones corporativas específicas (cambios en denominación, domicilio, aumentos o disminuciones de capital) dentro del trimestre correspondiente.
2. Informe Económico Anual: Se detona por parámetros financieros; solo están obligadas aquellas sociedades que rebasen los umbrales de activos, pasivos, ingresos o costos fijados por la Secretaría de Economía.
3. El vacío operativo: Cuando no se delimita si esta tarea le toca a jurídico, contabilidad o finanzas, el trámite se omite por completo, derivando en multas y bloqueos en auditorías o financiamientos.
Crea una matriz interna de cumplimiento y asigna un responsable formal. ¡A estudiar! Chao. 🎓🚀

📑 ¿Diste un anticipo antes de que cierre el ejercicio? Cuidado con el comprobante fiscal. 🛑⚖️Muchos contribuyentes comet...
14/09/2026

📑 ¿Diste un anticipo antes de que cierre el ejercicio? Cuidado con el comprobante fiscal. 🛑⚖️
Muchos contribuyentes cometen el grave error de creer que por el simple hecho de haber realizado la transferencia bancaria antes del 31 de diciembre, el gasto ya puede deducirse en ese mismo año fiscal. La normativa es clara e implacable:
1. La regla de deducción en el ejercicio: Conforme a los requisitos de las deducciones autorizadas en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y el Código Fiscal de la Federación (CFF), para que un anticipo sea deducible en el año en que se efectúa, debe contar con su respectivo CFDI de anticipo emitido y timbrado dentro del mismo ejercicio fiscal.
2. Si lo timbran el próximo año, pierdes el efecto: Si el proveedor timbra la factura con fecha del siguiente año, no podrás aplicarla en tu declaración anual del ejercicio en curso. Sin CFDI timbrado en tiempo = cero deducción para ese periodo.
3. El procedimiento correcto del SAT: Recuerda que la mecánica de anticipos requiere primero la emisión de la factura de anticipo, posteriormente la factura global por el valor total de la operación y, por último, la nota de crédito o comprobante de egreso para cancelar el anticipo aplicado.
Asegúrate de que tus proveedores timbren en tiempo y forma antes del cierre de año. ¡A estudiar! Chao. 🎓🚀

🤝 ¿Haces donativos para bajar la carga fiscal de tu empresa? Cuidado con el tope legal. 🛑⚖️Apoyar a causas sociales a tr...
11/09/2026

🤝 ¿Haces donativos para bajar la carga fiscal de tu empresa? Cuidado con el tope legal. 🛑⚖️
Apoyar a causas sociales a través de donatarias autorizadas es una práctica legítima, pero pensar que cualquier monto que dones será 100% deducible de impuestos es un error que puede costarle caro a tu negocio:
1. La regla del 7% (Art. 27, Fracc. I de la LISR): El monto total deducible por donativos no puede superar el 7% de la utilidad fiscal obtenida en el ejercicio inmediato anterior (o hasta el 4% si el donativo es para la Federación, entidades o municipios).
2. El excedente no se rescata: Todo centavo que supere ese porcentaje límite se convierte automáticamente en un gasto no deducible, sin posibilidad de amortizarlo o aplicarlo en ejercicios futuros.
3. Requisitos de forma innegociables: Para que ese 7% sea válido, la institución receptora debe estar vigente en el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal como donataria autorizada y emitir el CFDI con el complemento de donatarias correspondiente.
La filantropía corporativa también requiere planeación y estrategia jurídica. ¡A estudiar! Chao. 🎓🚀

11/09/2026

🌐 ¿Tu empresa ya está inscrita en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE)? Cuidado: inscribirse no es el final del camino. 🛑⚖️
Uno de los errores corporativos más frecuentes es tratar al RNIE como un simple trámite constitutivo de una sola vez. En realidad, se trata de una obligación de cumplimiento permanente que exige seguimiento continuo para evitar multas severas y bloqueos operativos.

Mantener al día el expediente corporativo de inversión extranjera es blindar el valor de la empresa. ¡A estudiar! Chao. 🎓🚀

🚗 ¿Compraste un auto para tu empresa pensando en deducirlo todo? Cuidado con el límite del SAT. 🛑⚖️Uno de los errores má...
08/09/2026

🚗 ¿Compraste un auto para tu empresa pensando en deducirlo todo? Cuidado con el límite del SAT. 🛑⚖️
Uno de los errores más comunes al adquirir vehículos para el negocio es creer que el monto total de la factura disminuye directamente el pago de impuestos. La realidad fiscal es muy distinta:

No tomes decisiones de compra sin antes consultar el impacto fiscal real. ¡A estudiar! Chao. 🎓🚀

05/09/2026

🛑 ¡No confundas el 69-B con el nuevo 49 Bis del CFF! Dos armas distintas contra la simulación fiscal. ❌⚖️
Aunque ambos combaten operaciones irregulares, su enfoque procesal y tiempos son completamente diferentes. Saber distinguir entre estos dos artículos es clave para preparar la defensa y blindar la operación de tu empresa frente a las facultades del SAT. 🏛️🔎

No esperes una notificación: revisa contratos, entregables, bitácoras y la sustancia económica de cada CFDI que recibes o emites. ¡A estudiar! Chao. 🎓🚀

🛑 ¡Deducir viáticos en tu propia ciudad o a corta distancia anula el gasto! Ojo con la regla de los 50 km del SAT. ❌🚗Muc...
04/09/2026

🛑 ¡Deducir viáticos en tu propia ciudad o a corta distancia anula el gasto! Ojo con la regla de los 50 km del SAT. ❌🚗

Muchos contribuyentes registran consumos en restaurantes, taxis u hoteles locales como "gastos de viaje" para reducir impuestos. ¡Cuidado! Conforme al artículo 28, fracción V de la LISR, los viáticos y gastos de viaje únicamente son deducibles si se destinan al hospedaje, alimentación, transporte o uso de automóviles fuera de una faja de 50 kilómetros que circunde al establecimiento del contribuyente. 🏛️⚖️

Para blindar la deducción de viáticos, la ley exige:

Demostrar que el viaje se realizó más allá de los 50 km del domicilio fiscal o centro de trabajo del personal.

Comprobar la relación de trabajo o la prestación de servicios profesionales de quien realizó el gasto.

Respetar los topes diarios por persona (por ejemplo, hasta $750 diarios en territorio nacional para alimentos) y contar con el CFDI de hospedaje o transporte que acredite la estancia.

Si deduces consumos dentro del radio de 50 km, el SAT reclasificará el gasto como no deducible al 100%, exigiendo el pago retroactivo de ISR con actualizaciones, recargos y la improcedencia del acreditamiento de IVA. 📊🙅‍♂️

Establece políticas claras de viáticos, conserva bitácoras de viaje y valida la geolocalización de tus comprobantes. ¡A estudiar! Chao. 🎓🚀

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