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09/05/2026
Usucapión: ¿Te puedes quedar con una casa que no es tuya? (Versión plazos extendidos)​"Si eres dueño, no abandones tu pr...
19/03/2026

Usucapión: ¿Te puedes quedar con una casa que no es tuya? (Versión plazos extendidos)

​"Si eres dueño, no abandones tu propiedad. El tiempo puede jugar en tu contra."

​Ver una casa abandonada que nadie cuida ni usa suele despertar una duda: ¿qué pasa si alguien llega, limpia, arregla y decide vivir ahí?.

En el derecho civil, existe una figura llamada Usucapión (o Prescripción Adquisitiva), que es, en términos sencillos, la forma legal de volverte dueño de un inmueble con el paso del tiempo.

​Como ilustra esta versión de nuestra infografía, no es solo ocupar a la fuerza; para que proceda, se deben cumplir reglas simultáneas y obligatorias:

​Posesión pública: Que todos los vecinos te vean barriendo y habitando el lugar.

​Posesión pacífica: La ocupación debe darse sin violencia ni conflictos.

​Posesión continua: Los años deben transcurrir sin interrupciones.

​Actuar como dueño: Esto es vital. No puedes intentar usucapir si entraste actuando como inquilino.

​El Reloj Judicial (Plazos Extendidos)
​A diferencia de otras regiones, algunas legislaciones exigen plazos mucho más largos. El tiempo empieza a contar así:

​10 años si tienes un "papelito" que avale tu buena fe.

​20 años si no tienes nada y entraste de mala fe.

​El peligro para el dueño original es que, si aparece después de que pasaron los años, ya es muy tarde. Si cumples todo, la ley puede reconocerte como propietario. Sin embargo, ¡ojo! Un reclamo legal a tiempo por parte del verdadero dueño reinicia el proceso y detiene todo.

​Como advierte la nota de LegalMente, los plazos y requisitos específicos varían siempre según las leyes de cada país o estado, por lo que consultar a un abogado es el primer paso.

RECOMENDACIÓN PARA REDACTAR UNA PETICIÓN ANTE AUTORIDAD JUDICIAL. Al redactar un documento dirigido a una autoridad judi...
07/02/2026

RECOMENDACIÓN PARA REDACTAR UNA PETICIÓN ANTE AUTORIDAD JUDICIAL. Al redactar un documento dirigido a una autoridad judicial, además de los requisitos formales de todo escrito, como el rubro; autoridad a la que va dirigida; entre otros, recomiendo se establezcan en el escrito, los siguientes puntos: el fundamento legal; qué se solicita; por qué se solicita; y en ocasiones la consecuencia de la solicitud.

EJEMPLO:

FUNDAMENTO.- …con fundamento en lo establecido en los artículos 86 de la Ley de Amparo, en relación con el 356, fracción II del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria…

QUÉ SE PIDE.- … pido que su Señoría emita auto mediante el cual declare que la sentencia definitiva de fecha ### cause ejecutoria

POR QUÉ SE PIDE- …en virtud de que el tercero interesado no recurrió la resolución señalada en el término de diez días concedido…

CONSECUENCIA.- …deberá girar oficio a la autoridad responsable a efecto de que cumpla lo ordenado por Usía en el Considerando…

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04/02/2026

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04/02/2026

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04/02/2026

DIVORCIO INCAUSADO: cuando ya no quieres seguir casado, y eso es suficiente

El divorcio incausado existe para algo muy sencillo: nadie está obligado a permanecer casado en contra de su voluntad.

A diferencia de lo que muchas personas creen, no se necesita que ambas partes estén de acuerdo para divorciarse.

Tampoco es necesario señalar una causa, una culpa o un motivo específico.

Basta con que una de las personas ya no quiera continuar con el vínculo matrimonial.

Jurídicamente, el divorcio incausado parte del derecho al libre desarrollo de la personalidad, es decir, el derecho de cada persona a decidir sobre su proyecto de vida, incluyendo con quién desea —o ya no desea— compartirlo.

Esto significa que:

No tienes que probar infidelidades, violencia o abandono.
No tienes que convencer a la otra persona de divorciarse.

No importa si la otra parte “no quiere” o “no está de acuerdo”.

El juez no decide si debes divorciarte, solo verifica que se cumplan los requisitos legales y que se presenten las propuestas relativas a temas como:

Guarda y custodia
Régimen de convivencia.
Pensión alimenticia.
Uso del domicilio conyugal.
Liquidación de bienes, en su caso.

El matrimonio es un acto voluntario.
El divorcio, bajo este modelo, también lo es.

Porque en el derecho moderno, el amor no se obliga y la permanencia tampoco.

21/01/2026
27/12/2025

Dirección

Fraccionamiento Santa Cecilia
Estado De México
54130

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