Asesoría Estratégica Frías Milán

Asesoría Estratégica Frías Milán Asesoría Jurídica
Trámites Legales Asesoria y tramite legal,laboral, familiar, civil, penal, amparo, mercantil, tramites en dependencias de gob.

22/08/2026

Esto es lo que defiende el fanático de morena, pero ya sabemos que no hace falta pedir perdón, con ponerse la camisa quedan santificados 🤣

22/08/2026

Cada vez que te ofenda un fanático de los amlos, mejor utiliza un # seguido de la palabra que mejor los describa

21/08/2026

28/07/2026
14/07/2026

⚖️ SCJN RESPALDA A PROFECO FRENTE A ESCUELAS PRIVADAS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó que las instituciones educativas privadas pueden tener el carácter de proveedoras de servicios cuando cobran una contraprestación económica por impartir educación.

Esto significa que padres de familia y alumnos cuentan con una vía jurídica más sólida para acudir ante Profeco cuando existan cobros indebidos, incumplimientos contractuales, negativas injustificadas de reembolso, cuotas no pactadas o condiciones distintas a las ofrecidas por colegios y universidades privadas.

La educación particular no queda fuera de la protección al consumidor.
La autoridad educativa regula planes, programas y validez oficial; pero Profeco puede intervenir en las condiciones económicas y contractuales del servicio educativo.

Este criterio fortalece la transparencia, la legalidad contractual y la defensa de las familias frente a prácticas abusivas.

Academia Mexicana de Derecho Fiscal A.C. | Capítulo Durango

16/05/2026

Enamórate, casate.
Total si no funciona me marcas у te divorcio.

15/05/2026

Nos tocó un trabajador feliz, le ganamos una demanda por despido injustificado, el patrón promueve amparo, la Junta ordena que para darle trámite al amparo se le deposite al trabajador una cantidad para subsistencia por lo que se tarde el amparo.

¿Qué pasa si en un divorcio nunca fuiste emplazado correctamente?Aunque el divorcio hoy se tramite sin expresión de caus...
28/04/2026

¿Qué pasa si en un divorcio nunca fuiste emplazado correctamente?

Aunque el divorcio hoy se tramite sin expresión de causa, eso no elimina la obligación de llamar legalmente a la otra parte al juicio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ya lo precisó en un criterio obligatorio:

si el emplazamiento es ilegal o nulo, debe reponerse el procedimiento y dejarse sin efectos la sentencia de divorcio, incluso las anotaciones realizadas en el Registro Civil.

Esto es así porque el emplazamiento es una actuación de orden público.

Su falta o irregularidad afecta la seguridad jurídica y el estado civil de las personas, con consecuencias que van más allá del propio juicio de divorcio.

La Corte también fue clara en algo importante:
el derecho al libre desarrollo de la personalidad no valida una sentencia de divorcio dictada sin que una de las partes haya tenido conocimiento real del proceso.

En términos prácticos:
📌 no basta con que exista una sentencia;
📌 es indispensable que el procedimiento se haya seguido correctamente desde el inicio.

📚 Jurisprudencia 1a./J. 79/2024 (11a.), Primera Sala.
📌 Criterio de aplicación obligatoria desde mayo de 2024.

 Un tribunal colegiado... dijo: No importa si ahora la CFE es una empresa productiva del Estado, sus actos derivados de ...
15/04/2026



Un tribunal colegiado... dijo:

No importa si ahora la CFE es una empresa productiva del Estado, sus actos derivados de los contratos "se impugnan por la vía mercantil"

Entonces, contratos esta jurisprudencia, así como de varios criterios existentes, se reafirma que los ajustes de facturación (multas/recargos) o aumentos excesivos al recibo, sí son impugnables en materia mercantil, y si el abogado es filoso, se determina la nulidad de los actos de CFE.

A la CFE se le puede ganar y se le ha ganado.

14/04/2026

¿𝐄𝐬 𝐨𝐛𝐥𝐢𝐠𝐚𝐭𝐨𝐫𝐢𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐮𝐧 𝐥𝐚𝐮𝐝𝐨 𝐥𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐥 𝐨𝐫𝐝𝐞𝐧𝐞 𝐞𝐱𝐩𝐥𝐢́𝐜𝐢𝐭𝐚𝐦𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐥𝐚 𝐫𝐞𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐢𝐦𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨𝐬?
En la resolución de litigios laborales, a menudo surge el debate sobre si 𝐥𝐚 𝐚𝐮𝐭𝐨𝐫𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐝𝐞𝐛𝐞 𝐩𝐫𝐞𝐜𝐢𝐬𝐚𝐫 𝐞𝐧 𝐬𝐮 𝐬𝐞𝐧𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐥𝐚 𝐨𝐛𝐥𝐢𝐠𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐝𝐞𝐥 𝐩𝐚𝐭𝐫𝐨́𝐧 𝐝𝐞 𝐫𝐞𝐭𝐞𝐧𝐞𝐫 𝐞𝐥 𝐈𝐦𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨 𝐒𝐨𝐛𝐫𝐞 𝐥𝐚 𝐑𝐞𝐧𝐭𝐚 (𝐈𝐒𝐑) 𝐬𝐨𝐛𝐫𝐞 𝐥𝐚𝐬 𝐜𝐚𝐧𝐭𝐢𝐝𝐚𝐝𝐞𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐝𝐞𝐧𝐚𝐝𝐚𝐬. Hasta hace poco, existían criterios contradictorios en los tribunales: Algunos consideraban que debía especificarse en el laudo para dar certeza al trabajador sobre la diferencia entre el monto bruto y el neto, mientras que otros señalaban que era irrelevante que el juez laboral impusiera esta obligación.
🏛️ Para poner fin a esta controversia, el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo (Región Centro-Sur) ha establecido un criterio 𝐣𝐮𝐫𝐢𝐬𝐩𝐫𝐮𝐝𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚𝐥 claro: 𝐄𝐬 𝐢𝐧𝐧𝐞𝐜𝐞𝐬𝐚𝐫𝐢𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐞𝐥 𝐥𝐚𝐮𝐝𝐨 𝐨 𝐬𝐞𝐧𝐭𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐩𝐫𝐞𝐜𝐢𝐬𝐞 𝐥𝐚 𝐨𝐛𝐥𝐢𝐠𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐩𝐚𝐭𝐫𝐨𝐧𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐫𝐞𝐭𝐞𝐧𝐞𝐫 𝐞𝐥 𝐈𝐒𝐑. La autoridad determinó que esta responsabilidad no nace de la decisión del tribunal laboral ni de los requisitos formales del laudo, sino que deriva de manera directa y automática de las disposiciones fiscales de orden público.
💡 ¿𝐐𝐮𝐞́ 𝐬𝐢𝐠𝐧𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚 𝐞𝐬𝐭𝐨 𝐞𝐧 𝐥𝐚 𝐩𝐫𝐚́𝐜𝐭𝐢𝐜𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐥𝐚𝐬 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚𝐬? La obligación de calcular, retener y enterar el ISR por ingresos salariales o derivados de la terminación de la relación laboral opera por mandato estricto de la Ley del ISR y el Código Fiscal de la Federación, independientemente de lo que se exprese u omita en la resolución laboral, toda condena líquida puede generar la causación de este impuesto. En Asesoría Estratégica Frías Milán, recomendamos a los empleadores mantener una 𝐞𝐬𝐭𝐫𝐢𝐜𝐭𝐚 𝐜𝐨𝐨𝐫𝐝𝐢𝐧𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐞𝐧𝐭𝐫𝐞 𝐬𝐮𝐬 𝐚́𝐫𝐞𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐥𝐢𝐭𝐢𝐠𝐢𝐨 𝐲 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐚𝐛𝐢𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐚𝐥 𝐦𝐨𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐞𝐣𝐞𝐜𝐮𝐭𝐚𝐫 𝐮𝐧 𝐥𝐚𝐮𝐝𝐨, garantizando así el cumplimiento de sus deberes como retenedores y responsables solidarios.

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