18/06/2026
EL ABOGADO OIVAN SEÑALA QUE SINALOA NO ESTÁ LISTO PARA EL NUEVO CÓDIGO CIVIL Y FAMILIAR: UNA UTOPÍA QUE AMENAZA CON COLAPSAR LA JUSTICIA
A un año de que iniciaran los esfuerzos para la implementación del Código Nacional de
Procedimientos Civiles y Familiares en Sinaloa, el panorama para los litigantes y los ciudadanos es sumamente alarmante. Como especialista del derecho, sostengo con firmeza que nuestro estado no está listo para este cambio tan radical. El problema central es la enorme brecha que existe entre una legislación de vanguardia —diseñada para un entorno digital idilico — y las carencias materiales, tecnológicas e institucionales que se viven en el día a dia de nuestros juzgados locales.
Se nos pretende exigir la migración inmediata hacia la justicia digital, audiencias virtuales y un esquema donde el juez deba estar presente de forma obligatoria en cada acto procesal; sin embargo, en la realidad sinaloense nos topamos con distritos judiciales que carecen de conectividad básica, salas de oralidad insuficientes y un presupuesto estatal que sigue sin etiquetarse de manera extraordinaria
para sostener esta reforma. Esto pone en riesgo directo los juicios más sensibles para la ciudadanía, como son las pensiones alimenticias, divorcios ano
custodias de menores.
La posible solución ante esta inminente paralisis procesal requiere que el Congreso del Estado de Sinaloa, en coordinación con el Poder Judicial local, dejen de postergar la inversión pública y realicen una inyección presupuestal masiva destinada exclusivamente a infraestructura fisica y tecnológica. Asimismo, propongo la creación de un programa permanente de alfabetización digital jurídica y la habilitación de módulos con asistencia tecnológica gratuita en las zonas rurales del estado, garantizando que el nuevo sistema sea un puente hacia la justicia y no una barrera que fracture los derechos de los sectores más vulnerables de
Sinaloa.
El análisis de esta problemática y los principios procesales que hoy se encuentran bajo un esquema de riesgo operativo hallan su estricto sustento normativo en los artículos 1, 2, 3, 7, 125, 138, 145, 351,
352, 365, 366, y el artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
La unificación de las materias civil y familiar bajo un esquema oral es un avance loable en el papel, pero una utopía peligrosa si carece de soporte económico real. A un año de su llegada a Sinaloa, mi preocupación como abogado postulante es compartida por el gremio que vive el dia a día en los tribunales: las leyes modernas no funcionan con juzgados del pasado. Si las autoridades estatales no aceleran la transición material y económica antes de que los plazos constitucionales expiren en 2027, el nuevo código no traerá la justicia pronta y expedita que tanto se prometió, sino un colapso procesal en detrimento de las familias sinaloenses.
La justicia requiere, antes que discursos, presupuestos realistas....