24/01/2026
El derecho mexicano reconoce a la familia como una institución social fundamental, protegida por el artículo 4° constitucional, sin limitarla a una forma tradicional. Actualmente se reconocen, entre otras, las siguientes:
1. Familia nuclear
Integrada por padre, madre e hijos, unidos por matrimonio, concubinato o filiación.
2. Familia monoparental
Conformada por uno solo de los progenitores y sus hijos, ya sea por divorcio, viudez, separación o decisión personal.
3. Familia extensa
Incluye, además del núcleo familiar, a otros parientes consanguíneos como abuelos, tíos, primos u otros familiares que conviven o mantienen vínculos de apoyo.
4. Familia homoparental
Formada por parejas del mismo s**o con o sin hijos, ya sea por adopción, reproducción asistida o filiación previa. Reconocida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación bajo el principio de igualdad y no discriminación.
5. Familia reconstituida o ensamblada
Surge cuando uno o ambos integrantes de la pareja tienen hijos de relaciones anteriores y forman un nuevo núcleo familiar.
6. Familia adoptiva
Aquella en la que el vínculo filial se origina mediante la adopción, generando los mismos derechos y obligaciones que la filiación biológica.
7. Familia de hecho
Se configura sin formalidades legales (como el matrimonio), pero con convivencia estable, afectiva y solidaria, protegida por el derecho familiar.
8. Familia indígena y comunitaria
Reconocida conforme a los usos y costumbres de los pueblos indígenas, con protección constitucional y legal especial.