18/06/2026
Si recibiste invitaciones o entrevistas del SAT por diferencias en CFDI; es decir diferencias de “forma en lugar de fondo”, ¿Se deben de pagar al SAT? ¿Tiene razón el SAT?
Cierto es que aun cuando se “aclaren”, el algoritmo seguirá arrojando esas diferencias, no es que tus aclaraciones estén mal hechas, que la información esté incompleta, no es que tu conciliación bancaria esté mal o que la determinación del IVA sea errónea, que en los recibos de nómina arrojen una retención diferente, simplemente las invitaciones seguirán llegando hasta:
1. Pasen los 5 años de facultades de comprobación, por lo menos hasta hoy.
2. Que se sustituyan los CFDI implicados en las diferencias, ¿A poco cancelaras y sustituirás CFDI de años anteriores así de fácil?
3. Termines cayendo en el juego del SAT y pagues las diferencias; debo de decir que juegan muy bien ese juego. Recuerda que te amagan con restringir CSD y de vez en vez lo hacen, porque tienen la facultad de hacerlo en todos los casos.
Sopesan muchas situaciones, para analizarlas y ayudar al contribuyente a decidir, recuerda que el experto eres tú y tu opinión es importante.
A diferencia de años anteriores, hoy se llevan mejores controles en los CFDI por parte de los contribuyentes, tanto al emitir como al recibir, hazte de herramientas para detectar diferencias con el objetivo de prevenir, no de corregir.
Las diferencias de CFDI, sus invitaciones y entrevistas siguen siendo herramientas de fiscalización que el SAT seguirá utilizando porque son recaudatorias, no son las únicas, luego abordaremos otras.
Saludos.