27/08/2026
1. "Si no tienes contrato no puedes demandar" es MITO.
La Ley Federal del Trabajo establece que la falta de contrato es responsabilidad del patrón, no del trabajador. Si no hay contrato escrito, se presume cierta la relación laboral y las condiciones que tú manifiestes. Es el patrón quien debe probar lo contrario.
2. "Si firmaste renuncia ya perdiste todo" es MITO.
Si la renuncia se firmó bajo presión, engaño, amenaza o sin tu consentimiento pleno, es nula. Puedes demandar su nulidad dentro de los 45 días siguientes a la firma y reclamar tu liquidación completa por despido injustificado.
Si te pasó alguna de estas dos situaciones, aún estás a tiempo de defenderte.
En LEXPACIFERAT analizamos tu caso sin costo y te decimos qué procede.
Escríbenos por mensaje privado. Consulta confidencial.
LEXPACIFERAT
Asesoría y Defensa Laboral