15/12/2025
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo determina como días festivos el 25 de diciembre y el 1° de enero, mientras que el artículo 75 dispone que, cuando una persona trabajadora presta sus servicios en esas fechas, debe recibir, además del salario diario, un salario doble adicional por el servicio prestado.
Si tu empleador no está cumpliendo con estas obligaciones o deseas conocer tus derechos con precisión, te brindamos asesoría profesional para ayudarte a garantizar el pago que legalmente te corresponde. ⚖
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