09/02/2026
¿De qué sirve que un juez “fije” una pensión alimenticia si, en la vida real, el deudor puede evadirla con una garantía débil y un salario que mañana desaparece? En México, el derecho a alimentos no falla en el papel: falla en la ejecución.
Una tesis reciente, lo dice con fuerza: todas las autoridades del Estado deben adoptar medidas idóneas y necesarias para que niñas, niños y adolescentes reciban alimentos de forma integral, completa y adecuada. No basta con aceptar “ingresos ordinarios y extraordinarios” como garantía: el estándar constitucional exige protección efectiva, no simbólica.
Esto es un giro relevante: los alimentos dejan de ser un trámite civil y se vuelven lo que siempre debieron ser: un derecho fundamental. La pregunta ya no es “¿cuánto se fijó?”, sino “¿qué hizo el Estado para que se pague?”. Porque cuando una pensión no se cobra, lo que se rompe no es un expediente: es la infancia.
X Jose Mario