22/05/2026
⚠️Atención!!! ⚠️
Si trabajaste 60 días o más durante el ejercicio anterior, tienes derecho al reparto de , sin importar si fueron continuos o intermitentes.
📌 Recuerda: Las utilidades son un derecho constitucional.
¡infórmate, conócelas y exígelas!
Naj&Per-abogados