Corporativo Juridico "Arvizu y asoc."

Corporativo Juridico "Arvizu y asoc." Somos un Despacho comprometidos, con las personas, que en busca de una solucion a su problematica, e

Es con la finalidad e poder proporcionar a al gente la ayuda que muchas veces no encuentran, ya que muchos de las eventualidades que que surgey que son causantes de problemas que muchas veces llegan a preocuparles que su tranquilidad s eve afectada, nosotros tratamos de encontrar la mejor soulcion factble de aucerdos a als necesidades de cada quien, paar tratar de recobrar esa tranquilidad

31/08/2022

🦉⚖️☺️

13/07/2019

Otorgar la guarda y custodia a la madre por el simple hecho de ser mujer es un estereotipo de género y es contrario al derecho a la igualdad del hombre. La guarda y custodia debe otorgarse en función del interés superior de la infancia y lo que resulte más benéfico para los hijos e hijas. Amparo directo en revisión 1958/2017 Ponente: Ministra Norma Lucía Piña Hernández. Consulta el archivo del expediente 🔗 bit.ly/2Q9XyWQ

06/06/2019

Excelente día miércoles, colegas Abogadas /os..

30/05/2019
28/05/2019
29/12/2018
11/10/2018

Una mamá fue diagnosticada con cáncer en la sangre. Para atenderse se trasladó junto con su esposo a Barcelona, España. Por la urgencia del viaje, dejaron a su hija al cuidado de sus abuelos maternos. Meses después, la niña viajó a Barcelona junto con sus tías maternas. Sus padres solicitaron que la dejaran en España pero las familiares decidieron sustraer a la niña y regresarla a México. Los abuelos demandaron a su propia hija y al esposo, solicitando la pérdida de la patria potestad. La madre de la menor falleció en Barcelona. El asunto llegó a la Suprema Corte. Los ministros ampararon al padre. Determinaron que en la pérdida de la patria potestad por abandono, los juzgadores necesitan ver si existe una causa justificada para dejar al menor al cuidado de alguien más. Se ordenó la inmediata entrega de la menor a su padre. Amparo Directo en Revisión 553/2014 Ponente: Ministro Arturo Zaldívar 🔻Consulta archivo del expediente en: http://bit.ly/2Ohjty0

25/09/2018

Su esposo era infértil y en pareja decidieron someterse a un procedimiento de inseminación artificial con un donador externo. Cuatro años después, él pidió el divorcio y ella solicitó que se le desconozca su paternidad. El caso llegó a la Corte y determinó que a pesar de no existir un vínculo biológico, el padre no pierde sus derechos porque expresó su voluntad procreacional al momento de acordar con su pareja el procedimiento médico, lo que jurídicamente implica el surgimiento de un parentesco igual al que surge por consanguinidad. Amparo Directo en Revisión 2766/2015 Ponente: Ministra Norma Lucía Piña Hernández 🔻Consulta archivo del expediente en: http://bit.ly/2OLyCE9

08/09/2018

SEGÚN LAS AUTORIDADES ESTE ES EL PROCEDIMIENTO CORRECTO DE LEGÍTIMA DEFENZA EN .

31/08/2018

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Celaya
380000

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