31/10/2024
Reconocimiento de la compensación en el Concubinato
ADR 4355 / 2015
Parejas se unen matrimonio se divorcian y después se vuelven a unir en concubinato y se separan, ella demanda pensión, guarda, custodia y compensación por el trabajo que había aportado al patrimonio familiar.
¿la compensación se extiende a los concubinos?
Sí mientras cumpla con los demás requisitos
En concordancia el artículo cuarto constitucional para proteger a la familia y los subtipos
Primera sala ADR 557/2018
El tratar diferente al concubinato y al matrimonio por separación de bienes es contraria al 1 y 4 constitucional, 16.1 de la declaración universal de los derechos humanos, 17.4 de la convención americana sobre los derechos humanos, 23.4 del pacto internacional de derechos civiles políticos y el 16.1 de la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
Las parejas que no quisieron casarse, no es impedimento pues el paso del tiempo en pareja produce un conjunto de intereses personales y matrimoniales que hace inevitable la intervención del derecho frente a la disolución para evitar el desequilibrio cuando uno de ellos se dedicó al hogar y a los hijos.