24/08/2022
En este inicio de ciclo escolar tan complicado, después de dos años de pandemia, uno de los temas polémicos que han estado levantando opiniones encontradas, es el del cabello de los estudiantes.
Las redes sociales se han inundado de discusiones y opiniones encontradas al respecto de si las instituciones educativas (sean públicas o privadas), tienen el derecho de negar la entrada a los estudiantes (sobre todo si son niños) si traen el cabello largo o teñido de colores que salen de lo natural, como rosa, morado, rojo intenso o verde, por poner ejemplos.
Aquí hay varios factores importantes que considerar y distinguir.
El primero: Desde el punto legal, debemos considerar que los derechos humanos no deben ni pueden ser violados o restringidos. Dentro de los derechos humanos, encontramos el derecho al libre desarrollo de la personalidad, el cual dentro de su concepto contempla que toda persona tiene el derecho al libre desarrollo de su personalidad, siempre que no viole los derechos de otra ni atente contra el orden constitucional o la ley moral. Lo cual abre paso a que se considere violatorio de derechos humanos, condicionar el acceso a las instituciones educativas, a los alumnos que traigan el cabello largo o teñido de colores, pues es esa la forma en la que el alumno desea expresar su personalidad e individualidad. Tomando este punto de vista, las instituciones educativas que condicionen o nieguen la entrada al plantel educativo por este motivo, pueden ser acreedoras de sanciones severas, e incluso enfrentarse a la pérdida de sus registros para poder seguir operando. Esto incluye aquellos planteles que, dentro de sus reglamentos internos, estipulen cierto tipo de cortes de cabello y/o coloración permitida o no, a los alumnos. Para estos casos, las instituciones educativas están requeridas a modificar dichos reglamentos, a fin de estar acordes a lo que marca el propio marco legal que regula los derechos humanos, empezando por la propia Constitución de nuestro país.
El segundo, que podría parecer antagónico de lo que acabamos de plantear, es el punto de vista moral, de las costumbres, que nos ata a la idea tradicional de los cortes para varones, y para mujeres. Desde ese punto de vista, tenemos que tomar en cuenta que dichos valores se ven modificados por el mismo paso del tiempo y la evolución de las sociedades. Con esto no se apoya a un punto o a otro, simplemente se establece que el mismo paso del tiempo, y la evolución de las sociedades, modifican las formas, la moral, y las costumbres que se pueden establecer en una comunidad.
Ahora bien, psicológicamente, la estructura que se brinda en los primeros años de vida de un ser humano es fundamental para su desarrollo, así como para la adaptación a la vida adulta que en un punto tendrá que pasar. Dentro de dicha estructura, el tener conciencia de que como adulto deberán adaptarse a formas de trabajo, reglas, normas, que tendrá que respetar, para lograr una convivencia y desarrollo social, se empiezan a inculcar desde casa, y reforzarse en la escuela. Si lo vemos desde este punto de vista, nuestra casa es la primera institución educativa desde la cual, se va formando el carácter, moral y costumbres.
Podemos estar a favor o en contra, de que a los niños y adolescentes se les permita asistir a la escuela con cabello corto, largo o teñido. Lo que no podemos, es violar, limitar o restringir los derechos humanos de las personas, incluidos niños y adolescentes.
Entonces, dejamos a los niños hacer lo que quieran, que vayan como quieran a la escuela? Ese es, el verdadero centro de la discusión.
Si bien no debemos ni podemos pisotear los derechos humanos de nuestros hijos, lo que si podemos hacer es fomentar desde casa, nuestros propios modelos, costumbres, hábitos, para que nuestros hijos, a través del ejemplo los sigan, sin dejar de reforzar, que el respeto hacia las personas que piensan, visten o se ven distintas es fundamental.
Si has sufrido este tipo de discriminación escolar, o actualmente se te niega la entrada a tu institución educativa por este motivo, hay solución.
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