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Mediación y negociación: el arte de resolver conflictos sin destruir relacionesEn una sociedad donde el conflicto es ine...
30/04/2026

Mediación y negociación: el arte de resolver conflictos sin destruir relaciones

En una sociedad donde el conflicto es inevitable, lo importante no es evitarlo… sino saber gestionarlo.

Negociar es dialogar para llegar a acuerdos.
No se trata de imponer, sino de encontrar puntos en común.

Existen dos caminos:
Ganar-perder (cuando alguien cede todo)
Ganar-ganar (cuando ambas partes construyen soluciones)

Este último es el enfoque promovido por el Harvard Negotiation Project, donde se negocia con inteligencia, no con confrontación.

Mediar es dar un paso más.
Aquí interviene un tercero neutral que facilita el diálogo cuando las partes ya no pueden comunicarse.

En México, instituciones como el Centro de Justicia Alternativa impulsan estos procesos para resolver conflictos sin necesidad de juicio.

¿Por qué son importantes?

Porque permiten:
Resolver conflictos sin violencia
Ahorrar tiempo y dinero
Restaurar relaciones
Fortalecer la comunicación

🧠 Una sociedad madura no es la que no tiene conflictos…
es la que sabe resolverlos con inteligencia emocional y estrategia.



Cómo hacer una investigación científica.Una investigación científica bien hecha no comienza con respuestas, sino con pre...
25/04/2026

Cómo hacer una investigación científica.

Una investigación científica bien hecha no comienza con respuestas, sino con preguntas formuladas con precisión.

Desde el enfoque metodológico, todo estudio sólido se estructura en fases claramente delimitadas:

1. Planteamiento del problema.
Aquí se define qué se va a investigar, por qué es relevante y cuál es la brecha de conocimiento existente. Una buena pregunta de investigación debe ser clara, específica y susceptible de ser contrastada.

2. Revisión de la literatura.
Implica analizar investigaciones previas, identificar teorías dominantes y evitar duplicidades. Este paso permite construir el estado del arte y fundamentar el estudio.

3. Marco teórico.
Se establecen los conceptos, modelos y enfoques que guiarán la interpretación de los resultados. Es el andamiaje conceptual del estudio.

4. Metodología.
Se define el diseño de investigación (cuantitativo, cualitativo o mixto), la población, la muestra, los instrumentos y los procedimientos. Aquí se garantiza la validez y la confiabilidad.

5. Recolección y análisis de datos.
Los datos deben obtenerse de forma sistemática y analizarse con técnicas apropiadas (estadísticas o interpretativas), evitando sesgos.

6. Resultados y discusión.
No solo se presentan hallazgos, se interpretan a la luz del marco teórico y se contrastan con estudios previos.

7. Conclusiones y recomendaciones.
Se sintetizan los aportes y se proponen nuevas líneas de investigación.

🔍 ¿Cómo verificar la originalidad y evitar coincidencias?
La integridad académica exige revisar posibles similitudes con trabajos previos. Para ello se utilizan softwares especializados como:

* Turnitin
* iThenticate
* Grammarly Plagiarism Checker
* Copyscape

Estos sistemas comparan el texto con bases de datos académicas, publicaciones y contenido web, identificando coincidencias y citaciones incorrectas.

Una investigación rigurosa no solo busca generar conocimiento, sino hacerlo con método, ética y precisión.

Reforma a la Ley de Amparo: análisis técnico, tensiones constitucionales y reconfiguración del control jurisdiccional en...
13/04/2026

Reforma a la Ley de Amparo: análisis técnico, tensiones constitucionales y reconfiguración del control jurisdiccional en México.

I. Marco estructural del juicio de amparo.

El juicio de amparo constituye un mecanismo de control constitucional híbrido: combina elementos de control concentrado (por la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación) y difuso (por la facultad de todos los jueces para inaplicar normas).

Su diseño descansa sobre tres pilares:
Principio de relatividad (fórmula Otero).

La sentencia sólo protege a quien promueve el juicio.

Control de constitucionalidad y convencionalidad Derivado del artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la integración del bloque de constitucionalidad.

Efecto restitutorio.
Busca restituir al quejoso en el goce del derecho violado.

La reforma tensiona directamente estos tres pilares, especialmente el primero, pero con efectos indirectos sobre los otros dos.

II. Núcleo técnico de la reforma: restricción de efectos generales en suspensión.

1. Suspensión: naturaleza y función
La suspensión en el amparo cumple una función cautelar con dos dimensiones:

Conservativa: mantener el estado de cosas.
Anticipatoria: evitar daños irreparables.

En la práctica judicial mexicana, especialmente tras la reforma constitucional de 2011, la suspensión adquirió un papel cercano a una tutela anticipada de derechos humanos.

2. Cambio normativo relevante
La reforma:

Refuerza la prohibición de otorgar suspensiones con efectos generales tratándose de normas generales.

Limita la posibilidad de que una medida cautelar impacte más allá de las partes.
Reafirma el carácter estrictamente individual del amparo.

3. Implicaciones técnicas.

Esto genera una regresión funcional en términos de:

Eficacia horizontal del amparo
Protección de derechos colectivos o difusos
Economía procesal (multiplicación de juicios idénticos).

En términos procesales, se traduce en una fragmentación del litigio constitucional.

III. Tensiones con el bloque de constitucionalidad.
1. Artículo 1º constitucional: principio de progresividad.

El principio de progresividad implica:
No regresividad en materia de derechos humanos.

Expansión continua de su protección.
La restricción de efectos generales puede interpretarse como:

Una medida regresiva indirecta, al disminuir la eficacia real de los mecanismos de protección.

2. Control de convencionalidad.

Derivado de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, todos los jueces están obligados a:

Interpretar conforme a tratados internacionales.
Inaplicar normas contrarias a derechos humanos.
La reforma podría generar un conflicto entre:
Norma procesal interna restrictiva vs.
Obligación convencional expansiva

Esto abre la puerta a un uso intensivo del control difuso para neutralizar efectos restrictivos.
IV. Reconfiguración del sistema de control constitucional.

1. Desplazamiento hacia mecanismos concentrados.

Ante la limitación del amparo, adquieren mayor relevancia:

a) Acciones de inconstitucionalidad.
Efectos generales (erga omnes).
Resolución directa por la SCJN.
Limitadas por legitimación activa.

b) Controversias constitucionales
Útiles en conflictos intergubernamentales.
Capacidad de anulación general.

2. Fortalecimiento del litigio estratégico
Se prevé una transición hacia:

Litigio en red (múltiples quejosos simultáneos)
Amparos seriados.

Uso de precedentes obligatorios.

3. Activación del control difuso.

Los jueces de instancia adquieren un papel clave:
Inaplicación de normas restrictivas.
Interpretación conforme pro persona.

V. Impacto en derechos colectivos y difusos.

El mayor impacto se observa en materias como:
Medio ambiente.

Derechos del consumidor.

Salud pública.

Urbanismo e infraestructura.

Esto se debe a que:

Estos derechos requieren protección estructural, no individual.

La fragmentación del amparo debilita su eficacia.
Se genera así un déficit de tutela judicial efectiva.

VI. Estrategias jurídicas alternativas.

Frente a este nuevo escenario, los operadores jurídicos pueden recurrir a:

1. Litigio basado en el artículo 1º constitucional.
Invocación directa del principio pro persona.
Argumentación de control de convencionalidad.

2. Uso intensivo de precedentes
Jurisprudencia obligatoria.
Tesis aisladas persuasivas.

3. Acceso al sistema interamericano.
Peticiones ante la Comisión Interamericana.
Eventual condena al Estado mexicano.

4. Construcción de casos paradigmáticos.
Selección estratégica de casos con alto impacto.
Búsqueda de efectos indirectos generalizados.

VII. Evaluación crítica.

Desde una perspectiva técnico-constitucional, la reforma puede interpretarse de dos formas:

A. Interpretación formalista.
Reafirma la naturaleza individual del amparo.
Evita la “legislación judicial”.

B. Interpretación garantista (más extendida en doctrina contemporánea).
Reduce la eficacia real de los derechos humanos.
Debilita el acceso a la justicia.
Genera asimetrías estructurales.

VIII. Conclusión.

La reforma no elimina el juicio de amparo, pero sí transforma su capacidad operativa como instrumento de control estructural del poder.

El sistema mexicano se desplaza hacia un modelo donde:

El amparo vuelve a su lógica individual clásica.

El control constitucional efectivo se concentra en órganos superiores.

El litigio estratégico se vuelve más sofisticado y complejo.

En términos técnicos, estamos ante una reconfiguración del paradigma de tutela jurisdiccional de derechos fundamentales en México.

¿Qué son los therians?El término therian (de therianthropy, del griego thēríon, “bestia”) designa a personas que se iden...
23/02/2026

¿Qué son los therians?

El término therian (de therianthropy, del griego thēríon, “bestia”) designa a personas que se identifican internamente —en un plano psicológico, simbólico o espiritual— como no completamente humanas, sino como animales específicos (lobo, felino, ave, etc.).

No debe confundirse con:

El movimiento furry (subcultura estética y artística).

Trastornos psicóticos (en la mayoría de los casos no hay pérdida de juicio de realidad).

Licantropía clínica (síndrome psiquiátrico raro).

La identidad therian se desarrolla principalmente en foros digitales de los años 90 y 2000, donde el ciberespacio funcionó como espacio de construcción identitaria.

I. Marco sociológico: ¿tribu urbana o comunidad identitaria?

Desde la teoría sociológica contemporánea (Maffesoli, subculturas digitales), los therians pueden analizarse como:

1. Microcomunidad identitaria postmoderna.

2. Construcción simbólica basada en narrativas de autenticidad.

3. Identidad no normativa emergente del entorno digital.

Características sociológicas:

Autodefinición subjetiva.

Uso de símbolos (theta-delta).

Comunidad virtual como legitimadora.

Narrativa de “despertar” o “realización”.

No constituye un movimiento político organizado ni una categoría jurídica reconocida.

II. Análisis psicológico

1. Dimensión identitaria

Desde la psicología del desarrollo (Erikson), puede interpretarse como:

Búsqueda de identidad en adolescencia tardía.

Construcción del self narrativo.

Identidad alternativa frente a estructuras normativas.

No necesariamente implica psicopatología.

2. Diferenciación clínica

Debe distinguirse de:

Licantropía clínica: creencia delirante de transformación física.

Trastornos disociativos graves.

Psicosis.

En estudios exploratorios (Lupa, 2007; Grivell et al., 2014):

No hay mayor prevalencia de trastornos psicóticos.

Se observa mayor apertura a la fantasía e imaginación vívida.

Elevada introspección y sensibilidad identitaria.

3. Hipótesis psicodinámicas

Algunos modelos interpretativos:

Identificación proyectiva con arquetipos animales (lectura jungiana).

Externalización simbólica de rasgos del yo reprimidos.

Construcción compensatoria ante experiencias de alienación social.

Desde una óptica ritual o simbólica (lo cual puede interesarte por tu inclinación hacia la magia ritual), la identidad animal puede funcionar como:

Totem personal.

Arquetipo de poder.

Mecanismo de integración sombra-instinto.

Pero esto es un marco interpretativo, no diagnóstico.

III. Conflictos legales en su inclusión

Actualmente no existe reconocimiento jurídico formal de la identidad therian en ningún sistema constitucional relevante.

1. Problemas jurídicos potenciales

a) Cambio de especie en documentos oficiales

Imposible jurídicamente en sistemas basados en:

Principio de realidad biológica.

Seguridad jurídica.

Orden público.

En México, bajo el marco constitucional y del Registro Civil, la identidad jurídica se vincula a persona humana.

b) Solicitudes de trato diferencial

Posibles tensiones en:

Entornos escolares.

Centros laborales.

Espacios públicos.

Ejemplo hipotético:

Uso de accesorios (colas, orejas).

Conductas imitativas.

Aquí opera el equilibrio entre:

Libre desarrollo de la personalidad.

Derechos de terceros.

Normas institucionales.

c) Derecho antidiscriminatorio

En sistemas como la Unión Europea o EE.UU., la protección antidiscriminatoria cubre:

S**o

Género

Religión

Discapacidad

Orientación sexual

No cubre identidad de especie.

Intentar forzar su inclusión generaría conflicto con:

Categorías jurídicas cerradas.

Concepto ontológico de persona.

2. Límites jurídicos estructurales

Los principales límites son:

1. Orden público

2. Principio de realidad biológica

3. Imposibilidad ontológica en derecho civil

El derecho moderno reconoce identidades culturales, religiosas o de género, pero siempre dentro de la categoría “persona humana”.

IV. ¿Identidad cultural legítima o fenómeno psicodinámico?

Existen tres posturas académicas:

1. Enfoque cultural

Nueva forma de identidad simbólica en sociedades líquidas (Bauman).

2. Enfoque psicológico

Narrativa identitaria con fuerte carga imaginativa y arquetípica.

3. Enfoque crítico

Expresión postmoderna de hiperindividualización.

V. Reconocimiento simbólico vs. reconocimiento jurídico formal

Aquí está el núcleo del conflicto:

Nivel Posibilidad

Reconocimiento social informal Parcial
Reconocimiento cultural Posible
Reconocimiento jurídico formal como especie no humana No viable en derecho positivo actual.

El derecho puede tolerar expresión simbólica. No puede redefinir ontológicamente la categoría persona.

Conclusión técnica

Los therians constituyen:

Una comunidad identitaria emergente.

Un fenómeno psicosocial digital.

Una construcción simbólica no patológica en la mayoría de los casos.

No configuran:

Categoría jurídica protegida.

Nueva personalidad legal.

Sujeto de derechos distinto del humano.

Desde una lectura interdisciplinaria rigurosa, se ubican en la intersección entre:

Psicología del self.

Sociología de tribus digitales.

Filosofía del reconocimiento.

Derecho constitucional comparado.

Excelente libro, había escuchado hablar de él, y ahora ya lo estoy leyendo, me encanta.Parásitos mentales de Axel Káiser...
11/12/2025

Excelente libro, había escuchado hablar de él, y ahora ya lo estoy leyendo, me encanta.

Parásitos mentales de Axel Káiser.

Sinopsis de Parásitos mentales:

Occidente está sufriendo de una pandemia que impide a quienes se encuentran afectados pensar racionalmente.

Esta no es el resultado de la propagación de alguna bacteria o virus, sino de ‘ideas patógenas’ difundidas por universidades, políticos, medios de comunicación, el arte y la cultura, lo que trae consecuencias devastadoras”.

La nueva obra de Kaiser presenta a los siete parásitos capitales progresistas: justicia social, derechos sociales, Estado benefactor, neoliberalismo, responsabilidad social empresarial, diversidad equidad e inclusión y el buen indígena.

A través de la reflexión histórica y filosófica, el autor bestseller desarrolla una mirada incisiva sobre las ideas parasíticas que se encuentran tras una mentalidad que se autopercibe “buena y justa”, pero que en realidad ha sido corrompida por ideas infecciosas, amenazando la libertad y el progreso. Un libro integral y provocador que advierte sobre las creencias tóxicas que corrompen nuestra sociedad actual.

Por que creemos lo que creemos y como eso influye en nuestra vida, salud, suerte.
11/11/2025

Por que creemos lo que creemos y como eso influye en nuestra vida, salud, suerte.

Por Juan Salvador Herrera Sosa. La Psicología de la Creencia: Factores Cognitivos, Sociales y Emocionales. Este ensayo explora la psicología de la creencia, un campo que investiga cómo las personas…

En los tacos más famos de San Nico, 🌮 s Mike.
23/09/2025

En los tacos más famos de San Nico, 🌮 s Mike.

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09/01/2025

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