Jc Romo Y Asociados Sc

Jc Romo Y Asociados Sc Abogados litigantes y consultores en materia fiscal, comercio exterior, administrativo y corporativo

20/04/2020

El gobierno federal no publicará decreto alguno de estímulos fiscales, para contrarrestar los efectos graves de la COVID-19.

Sin embargo, en el Código Fiscal de la Federación existen algunas opciones que pueden tomarse cuando se presenta una causa de fuerza mayor.

Tal es el caso de diferir el pago de los impuestos, es decir, declararlos pero no pagarlos en su fecha, sino después, cuando las condiciones económicas (haya dinero) lo permitan.

Por ejemplo, mañana 20 de abril es el último día para presentar la declaración provisional o mensual de los impuestos de marzo. Lo que se puede hacer es presentar sólo la declaración y el monto pagarlo después.

Qué significa “después”? Insisto: cuando haya dinero, después de pagar la nómina y los gastos que sustentan al negocio. Esto puede tardar un día, una semana o un mes o más.

Tengan la confianza de que no habrá multas; ni delito que perseguir; pues la fuerza mayor otorga la facultad de pagar después (diferir el pago), pero tendrá que pagarse el impuesto con actualización y recargos.

Fundamentos legales: artículos 73 y 108 del CFF.

04/01/2018

Llegó el 2018 y con el nuevos retos y oportunidades.

Un ejemplo de oportunidad es la posibilidad de recuperar el impuesto predial, especialmente si eres dueño de terrenos baldíos o sin construcción. Esto aplica para casi todos los municipios del País.

Otro ejemplo es el DAP (derecho de alumbrado público), que para este año “regresó” a la modalidad de ser cobrado a una tasa del 10% del consumo de energía eléctrica.

Y así, hay muchas otras contribuciones que se pueden recuperar, sin qué haya represalias de las autoridades.

Búscanos... te decimos cómo lograrlo.

01/02/2017

También estamos invitando a defenderse en contra del impuesto predial y todas las contribuciones municipales

01/02/2017

2017 representa nuevas oportunidades y retos.

Inició el año con más obligaciones para gaseras y gasolineras.

Inició también con el envío, ahora sí ya casi definitivo y sin vuelta atrás, de la contabilidad electrónica al SAT... aunque también con la oportunidad de volver a promover el Amparo, para alargar el envío.

10/09/2015

Aspectos fiscales que toda persona debe saber (parte 3): 11.- los gastos superiores a $2 mil pesos, para ser deducibles tienen que pagarse con cheque, transferencia o tarjetas bancarias. Lo pagado con efectivo, aunque tengan la factura, si pasa de esa cantidad, NO será deducible; 12.- cuando paguen algo con cheque este debe ser: a) nominativo (a favor de "x" proveedor y b) contener en el anverso (frente) la frase "para abono en cuenta del beneficiario". Sin esta frase el gasto se vuelve no deducible (aunque el proveedor lo haya depositado en su cuenta y lo haya cobrado); 13.- las facturas en papel YA NO SIRVEN, solo las electrónicas; 14.- el concepto de la factura debe estar descrito por sus rasgos generales, no por el detalle, sin embargo, procuren ser claros y precisos, ya que el SAT esta rechazando gastos cuyas facturas contienen un concepto "genérico", sobre todo tratándose de intangibles (lo que no se aprecia por los sentidos, como los servicios, etc); 15.- tengan cuidado con los "vendedores de facturas". Si el SAT detecta que tienen de este tipo, además de que el gasto se vuelve no deducible, se arriesgan a que sea girada una orden de aprehensión en su contra por simulación o inexistencia de la operación

19/08/2015

Aspectos que toda persona debe conocer sobre materia fiscal (parte 2): 6. Los gastos son deducibles de los ingresos, no de los impuestos (se suele decir "te doy un comprobante deducible de impuestos", eso no es posible; 7. Las cuentas bancarias "no fiscales" NO EXISTEN!!! Quien les diga "deposita ese dinero en mi cuenta no fiscal" vive en el error, pues absolutamente todas las cuentas son fiscales (los bancos son hijos de... Hacienda); 8. La gasolina pagada con efectivo, sin importar el monto, NO es ni será deducible aunque tengas la factura; 9. Lo que permite deducir un gasto es el archivo electrónico "xml", el papel o representación impresa que te entregan solo es un indicio de que aquel existe, por eso es importante proporcionar un correo electrónico al momento de pagar algo que quieras deducir; 10. Los "redondeos", el Teletón, son donativos y casi nadie los puede deducir porque: no piden factura, no tienen RFC o cumpliendo lo anterior no tienen ingresos declarados contra los cuales restar el donativo. No se vayan con la finta...si van a donar que sea por gusto, no por el "efecto fiscal"... (Continuará)

15/08/2015

Aspectos que toda persona debe saber en materia fiscal (parte 1... de muchas). 1.- SAT significa Servicio (no sistema) de Administración Tributaria 2.- La Homoclave (los últimos tres dígitos) del RFC sólo la puede asignar el SAT, no los bancos (no se dejen engañar),... bueno, también los Notarios Públicos pueden asignarla al constituir sociedades. 3.- Las contribuciones o tributos son: los impuestos, los derechos, las contribuciones de mejora y las aportaciones de seguridad social 4.- Lo que le pagamos a la CFE, NO es contribución, sino una contraprestación de tipo mercantil por recibir un servicio de suministro de energía eléctrica 5.- la obligación fiscal se compone de cinco elementos básicos: sujetos, hecho, base, tasa o tarifa y época de pago... Continuará

15/08/2015

La PRODECON en su boletín de julio (de este año), informa que obtuvo ya sentencias de Jueces de Distrito que conceden amparo en contra del tope a las deducciones personales. Es muy buena noticia!

06/08/2015

Seguimos invitando a la recuperación de contribuciones municipales. Ya obtuvimos sentencia favorable en lo correspondiente a licencias comerciales; licencias de funcionamiento de restaurantes, bares, estacionamientos. Aun estamos en espera de sentencias en materia de predial 2011-2015.

15/07/2015

Al ser elevado el número de amparos promovidos vs contabilidad electrónica, los jueces de distrito (dos) se vieron en la necesidad de dictar acuerdos de admisión genéricos. De igual modo, dictaron "sentencia" genérica de suspensión, provocando el bloqueo del buzón tributario. En ese sentido, quienes resultaron afectados con este bloqueo pueden presentar un escrito al juez de distrito auxiliar que corresponda (ubicado en Palacio de Justicia Federal de San Lázaro, México, D.F.), pidiendo que se ordene al SAT la inmediata "liberación".

28/02/2014

Peña Nieto firmó ayer el Acuerdo de Certidumbre Tributaria... dice que no propondrá nuevos impuestos. Pues si: ahogado el niño a tapar el pozo. En diciembre pasado publicó la nueva Ley del ISR con una tasa más alta y las reformas al Codigo Fiscal de la Federación, que obligan a, entre otras cosas, a llevar la contabilidad, de todos (pero de todos todos eh! en serio), a través de internet... Esto nos obliga a todos a tener más cuidado con lo que declaramos o no, lo que deducimos o no

14/02/2014

tienes terrenos baldíos (sin construcción)?? la tasa del predial es de casi 7, frente a los terrenos con construcción que es de poco menos de 2... eso se puede arreglar con un amparo en contra del municipio, para el efecto de devolverles la diferencia... sin represalias, ni amenazas, ni nada... anímense!

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