22/04/2026
MIENTRAS A UNOS LOS DESPIDEN A OTROS LOS REINTEGRAN.
Desde una perspectiva de derecho laboral y administrativo, lo que se evidencia no es solo una contradicción discursiva, sino una violación al principio de legalidad, estabilidad laboral.
Por un lado, la Administración Pública justifica despidos masivos amparándose en una supuesta “reducción forzosa de personal” bajo una Ley transitoria de reactivación económica.
Esta Ley de reactivación Económica aunque publicada en el Diario Oficial la Gaceta, no es absoluta ni discrecional, ya que debe respetar, el debido proceso y la garantía constitucional de estabilidad en el empleo (artículo 129 de la Constitución de la República).
Por otro lado, simultáneamente, las mismas Secretarías de Estado están promoviendo procesos de conciliación y reintegro de trabajadores que fueron despedidos hace años y que interpusieron demandas laborales.
Esto implica, en los hechos, un reconocimiento tácito de que existieron despidos ilegales o injustificados en el pasado.
Aquí surge el punto clave:
No puede sostenerse jurídicamente una política de reducción de personal basada en "necesidad de ahorro" institucional, mientras se reconoce mediante conciliaciones y reintegros;que la Administración incurrió en despidos contrarios a derecho.
Esto puede configurar:
Desviación de poder, si la figura de “reducción” se usa como pretexto para cesar personal sin causa real, entre otros vicios de nulidad
En términos procesales, esta contradicción puede ser utilizada como argumento para presentar una serie de nulidades:
✓ Argumentar la falta de motivación del acto administrativo de cancelación.
✓Alegar nulidad por infracción al ordenamiento jurídico
✓ Solicitar reintegro o indemnización, según corresponda.
Es decir en conclusión el Estado está conciliando con unos y despidiendo a otros.
Una ley no puede afectar y beneficiar a otros. (FRAUDE DE LEY)
"ARTICULO 60. Todos los hombres nacen libres e iguales en derechos. En Honduras no hay clases
privilegiadas.
Todos los hondureños son iguales ante la Ley.
Se declara punible toda discriminación por motivo de s**o, raza, clase y cualquier otra
lesiva a la dignidad humana"
/CRH