15/04/2026
📢 Segunda oportunidad y crédito público: ¿Qué dice el Tribunal Supremo?
El pasado 18 de febrero de 2026, el Tribunal Supremo marcó un antes y un después en el régimen de exoneración del pasivo insatisfecho con sus sentencias 264, 259, 260, 261, 262 y 263. Estas resoluciones, basadas en la doctrina del TJUE (sentencia de 7 de noviembre de 2024), han generado importantes avances y clarificaciones en materia concursal.
🔍 ¿Qué debemos destacar?
1️⃣ Limitación de la exoneración del crédito público:
Se avala la exclusión de los créditos públicos, pero no alcanza a los créditos públicos subordinados.
El concepto de crédito público se extiende a cualquier ente público acreedor, no solo a AEAT y TGSS.
2️⃣ Control judicial de la buena fe:
Se refuerza el control judicial sobre la condición de deudor de buena fe, exigiendo una carga probatoria real sobre el origen y la justificación de las deudas.
Este control se aplicará incluso de oficio, lo que puede dificultar el acceso a la exoneración para algunos deudores.
3️⃣ Restricción de la exclusión por derivación de responsabilidad:
La pérdida de la condición de deudor de buena fe solo será válida cuando exista una deuda derivada de conductas fraudulentas o sanciones muy graves, en aplicación del principio de proporcionalidad.
⚖️ Conclusión:
Estas sentencias del Tribunal Supremo buscan consolidar una interpretación armonizada del régimen de exoneración del pasivo insatisfecho conforme al criterio europeo. Sin embargo, también plantean desafíos para los deudores en situación de insolvencia, especialmente en lo relativo al acceso a la documentación necesaria y al control judicial reforzado.
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