Despacho Jurídico Egido&Sáez

Despacho Jurídico Egido&Sáez Despacho de abogados. Nuestro despacho se encarga de prestar servicios de forma individual, eficaz y profesional a muchos ciudadanos.

Dando un servicio adecuado y personal. El despacho jurídico brinda una asistencia jurídica competente gracias a la experencia acumulada en las distintas áreas del derecho, nuestra formación y nuestra preparación. Valoramos la calidad y seriedad en cada uno de los asuntos de manera individualizada, intentando darle la mejor respuesta a sus dudas. Servimos a nuestros clientes buscando la forma más e

ficiente de hacer viables sus proyectos o de resolver un problema determinado. Estudiamos las circunstancias de cada caso para presentar las alternativas disponibles y que el cliente adopte sus decisiones con suficiente información. Entendemos la relación profesional abogado-cliente como un compromiso de diligencia. Como resultado de nuestro trabajo en la Universidad y en el gobierno y asesoramiento interno de Entidades Privadas y Públicas la especialización y la experiencia distinguen la práctica profesional de nuestra firma. La participación en procesos de adopción de decisiones corporativas de gobierno y gestión, la docencia, la investigación y la publicación de estudios son para nuestros abogados actividades del máximo interés, porque les facultan para obtener la especialización y experiencia necesarias para el ejercicio de la abogacía en sectores cuya regulación jurídica atraviesa transformaciones sustanciales. Entendemos el ejercicio de la Abogacía y del Derecho, que son nuestro oficio y profesión de juristas, como Ciencia, como Técnica y como Arte.

1.- Ciencia, porque nos hacemos preguntas, tenemos curiosidad, queremos conocer la razón de ser de las normas y de las decisiones jurídicas, intentando que nuestras actuaciones profesionales sean claras, razonables, comprensibles y convincentes.
2.- Técnica, porque sólo aceptamos casos en que vemos procedimientos y posibilidades reales de resolverlos, aunque nunca podamos garantizar el resultado final de los procesos judiciales o de las negociaciones con terceros.
3.- Arte, porque el Derecho es instrumento de la armonía social, afinar el concierto entre derechos e intereses, buscar o recomponer el equilibrio y el entendimiento entre las partes en conflicto abriendo los cauces posibles de comunicación así como en las formas de expresión que sin renunciar a la verdad de los conceptos y a la precisión de los términos, tampoco renuncia a la belleza retórica y literaria. Los miembros de este despacho acometemos las tareas desde nuestro compromiso social como abogados y juristas: el respeto a la ética profesional, el rigor en el trabajo y el espíritu de servicio a las personas; para contribuir con modestia y discreción a lograr la estabilidad y cohesión social que solamente pueden asentarse en el respeto al Derecho y en la realización de Justicia. Esperamos tener la oportunidad de conversar con ustedes en una primera consulta gratuita para que de manera personal e individualizada poder exponerles nuestros conocimientos y nuestros deseos de evitar y resolver los conflictos.

⚖️ RESPONSABILIDAD SANITARIA: LA IMPORTANCIA DE UN BUEN PROCESO🏥 Una paciente ha obtenido una indemnización de 70.000 € ...
04/09/2026

⚖️ RESPONSABILIDAD SANITARIA: LA IMPORTANCIA DE UN BUEN PROCESO

🏥 Una paciente ha obtenido una indemnización de 70.000 € frente al SESCAM por los daños derivados de un diagnóstico tardío.

🔎 Este tipo de procedimientos demuestra que, cuando se produce un posible error o retraso en la asistencia sanitaria, no basta con acreditar que el resultado no fue el esperado. Es fundamental analizar qué ocurrió, cuándo se detectó el problema, qué actuación médica se realizó y, sobre todo, si existió una relación entre la actuación sanitaria y el daño sufrido.

📑 ¿Por qué es tan importante un buen proceso?

👉 Recopilar y estudiar toda la historia clínica.
👉 Analizar los informes médicos y la evolución del paciente.
👉 Determinar si existió una pérdida de oportunidad o un retraso relevante en el diagnóstico.
👉 Contar con pericial médica especializada cuando sea necesario.
👉 Cuantificar correctamente los daños y perjuicios.
👉 Presentar una reclamación bien fundamentada jurídicamente y respaldada por la prueba.

⚖️ En responsabilidad sanitaria, la prueba es fundamental. Un buen procedimiento puede marcar la diferencia entre una reclamación que no prospere y el reconocimiento del derecho a una indemnización.

💼 En Egido & Sáez entendemos que cada caso necesita un estudio individualizado, una estrategia jurídica adecuada y una preparación rigurosa de la prueba.

🤝 Defender tus derechos empieza por construir un buen proceso.

El Juzgado de lo Social nº 3 de Albacete ha dictado el Auto nº 101/2026, estimando las medidas cautelares solicitadas en...
02/09/2026

El Juzgado de lo Social nº 3 de Albacete ha dictado el Auto nº 101/2026, estimando las medidas cautelares solicitadas en el procedimiento.

🔎 ¿Qué se estaba reclamando?

Se cuestionaban las bases de un proceso selectivo del Ayuntamiento de Villarrobledo, solicitando que se revisaran los requisitos establecidos y se garantizara el acceso conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad.

⚠️ ¿Qué ha considerado el Juzgado?

👨‍⚖️ El Tribunal aprecia una apariencia de buen derecho (fumus boni iuris), al constatar cambios en los requisitos, categorías y titulaciones exigidas en diferentes procesos selectivos.

⏳ Además, aprecia peligro por la demora (periculum in mora): si el proceso continuaba y se contrataba a otra persona antes de la sentencia, una eventual resolución favorable podría perder su utilidad práctica.

🛑 ¿Cuál es la decisión?

El Juzgado acuerda la SUSPENSIÓN CAUTELAR del proceso selectivo convocado en diciembre de 2025 y cuyas bases fueron publicadas en enero de 2026, hasta que exista una sentencia firme en el procedimiento principal.

💼 Desde DESPACHO JURÍDICO EGIDO & SÁEZ

Esta resolución representa la importancia de acudir a la vía judicial cuando se considera que un proceso de selección puede afectar a derechos e intereses legítimos.

⚖️ Defender tus derechos. Exigir garantías. Buscar justicia.

📚⚖️ LA VUELTA AL COLE Y LA PENSIÓN DE ALIMENTOSCon el inicio del curso escolar vuelve una cuestión habitual entre progen...
01/09/2026

📚⚖️ LA VUELTA AL COLE Y LA PENSIÓN DE ALIMENTOS

Con el inicio del curso escolar vuelve una cuestión habitual entre progenitores separados: ¿quién debe pagar los gastos escolares?

👩‍⚖️ El Tribunal Supremo establece que los gastos de la vuelta al cole —como libros, material escolar, matrículas, uniformes o comedor— tienen, con carácter general, la consideración de gastos ordinarios.

💶 Por tanto, están incluidos en la pensión de alimentos y no deben reclamarse como gastos extraordinarios.

📌 La clave está en que son gastos:
✅ Necesarios para la educación de los hijos.
✅ Previsibles.
✅ Periódicos, porque se producen cada curso escolar.

⚠️ Que un gasto se pague una vez al año no significa que sea extraordinario.

Una cuestión especialmente importante para evitar conflictos y reclamaciones entre progenitores.

👩🏻‍⚖️ Candida Vanesa Sáez Romero
Despacho Jurídico Egido & Sáez

⚖️ Derecho, compromiso y defensa.

🚨 ¿TIENES UNA PLACA DE SEGURIDAD EN TU INMUEBLE? 🚨¿Sabías que mantener una placa de una compañía de seguridad cuando ya ...
25/08/2026

🚨 ¿TIENES UNA PLACA DE SEGURIDAD EN TU INMUEBLE? 🚨

¿Sabías que mantener una placa de una compañía de seguridad cuando ya no existe un contrato vigente puede generar determinados riesgos? ⚠️

🏠 Si el contrato de seguridad ha terminado, pero la placa continúa instalada en el inmueble, puede transmitir hacia el exterior una apariencia de que existe un servicio de seguridad o un sistema conectado que realmente ya no está activo.

⚖️ ¿Qué peligros puede conllevar?

🔴 Posibles problemas relacionados con falsas alarmas o avisos que puedan producirse.

👮‍♂️ Puede generar confusión o dificultades en una actuación policial, al aparentar que el inmueble dispone de un servicio de seguridad contratado.

💰 En determinadas circunstancias, pueden surgir responsabilidades económicas o legales.

⚠️ También pueden producirse reclamaciones de terceros si la apariencia de seguridad genera determinadas expectativas o consecuencias.

📌 Por eso, cuando un contrato con una empresa de seguridad finaliza, es importante revisar qué ocurre con la placa identificativa y evitar mantener elementos que puedan inducir a error sobre la existencia de un servicio actualmente contratado.

👉 Un pequeño detalle puede convertirse en un problema jurídico si no se actúa correctamente.

👩‍⚖️ Desde DESPACHO JURÍDICO EGIDO&SAEZ podemos estudiar tu caso y asesorarte sobre las medidas adecuadas.

🚨 𝗛𝗮𝗰𝗲𝗿𝘀𝗲 𝗽𝗮𝘀𝗮𝗿 𝗽𝗼𝗿 𝗼𝘁𝗿𝗮 𝗽𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗿𝗲𝘁𝗶𝗿𝗮𝗿 𝗱𝗶𝗻𝗲𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝘀𝘂 𝗰𝘂𝗲𝗻𝘁𝗮 𝗯𝗮𝗻𝗰𝗮𝗿𝗶𝗮 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲 𝘁𝗲𝗻𝗲𝗿 𝗴𝗿𝗮𝘃𝗲𝘀 𝗰𝗼𝗻𝘀𝗲𝗰𝘂𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 𝗽𝗲𝗻𝗮𝗹𝗲𝘀.👩‍⚖️...
10/08/2026

🚨 𝗛𝗮𝗰𝗲𝗿𝘀𝗲 𝗽𝗮𝘀𝗮𝗿 𝗽𝗼𝗿 𝗼𝘁𝗿𝗮 𝗽𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗿𝗲𝘁𝗶𝗿𝗮𝗿 𝗱𝗶𝗻𝗲𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝘀𝘂 𝗰𝘂𝗲𝗻𝘁𝗮 𝗯𝗮𝗻𝗰𝗮𝗿𝗶𝗮 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲 𝘁𝗲𝗻𝗲𝗿 𝗴𝗿𝗮𝘃𝗲𝘀 𝗰𝗼𝗻𝘀𝗲𝗰𝘂𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 𝗽𝗲𝗻𝗮𝗹𝗲𝘀.

👩‍⚖️ El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado la condena de 3 años y 6 meses de prisión a una mujer que se hizo pasar por la titular de una cuenta bancaria y consiguió retirar 1.500 €.

🏦 Para lograrlo, proporcionó verbalmente al empleado de la entidad el DNI y el correo electrónico de la verdadera titular, consiguiendo que creyera que ella era la propietaria de la cuenta.

⚖️ La condena se impone por un delito de estafa, con la agravante de multirreincidencia, además de una multa de aproximadamente 1.900 € y la obligación de devolver los 1.500 € al banco.

🔎 El Tribunal deja claro un aspecto importante: aunque pudiera existir una falta de supervisión por parte de la entidad bancaria, ello no elimina la responsabilidad penal de quien utiliza el engaño para obtener un beneficio económico.

💡 Una identidad ajena no es una herramienta para conseguir dinero. El engaño puede convertirse en un delito con consecuencias muy graves.

EGIDO & SÁEZ | DESPACHO JURÍDICO.

⚖️ Defendemos tus derechos, protegemos tu futuro.

🚴‍♂️ ¿Se puede cometer un delito por ir en bicicleta bajo los efectos del alcohol?La respuesta jurídica es clara: depend...
02/08/2026

🚴‍♂️ ¿Se puede cometer un delito por ir en bicicleta bajo los efectos del alcohol?

La respuesta jurídica es clara: depende.

El artículo 379.2 del Código Penal castiga a quien conduzca un vehículo de motor o un ciclomotor bajo la influencia de bebidas alcohólicas o con una tasa superior a la legalmente establecida. Una bicicleta no es un vehículo de motor, por lo que este delito, con carácter general, no resulta aplicable al ciclista.

Sin embargo, eso no significa que todo esté permitido.

➡️ Un ciclista puede ser sancionado administrativamente por circular bajo los efectos del alcohol cuando incumpla la normativa de tráfico. Además, si su conducta provoca un accidente con lesiones o fallecidos, podría responder penalmente por los delitos que procedan (lesiones u homicidio por imprudencia), en función de las circunstancias del caso.

En el caso ocurrido esta madrugada, a las 02:26 horas, una bicicleta fue retirada por la grúa tras arrojar su conductor una tasa positiva de alcohol. Una actuación que recuerda que la bicicleta también exige responsabilidad y respeto por las normas de circulación.

⚖️ Reflexión

La bicicleta es una alternativa saludable y sostenible, pero también forma parte del tráfico y comparte la vía con peatones y otros vehículos. Consumir alcohol disminuye la capacidad de reacción, la percepción del riesgo y el equilibrio, aumentando considerablemente las posibilidades de sufrir o provocar un accidente.

Conocer la diferencia entre una infracción administrativa y un delito es importante, pero aún más importante es recordar que la finalidad de estas normas no es sancionar, sino proteger la vida y la seguridad de todos.

⚖️ ¿Puede una sola grabación convertir un despido en nulo? La respuesta es sí. 🎙️📱Una reciente resolución judicial recue...
28/07/2026

⚖️ ¿Puede una sola grabación convertir un despido en nulo? La respuesta es sí. 🎙️📱

Una reciente resolución judicial recuerda que una única grabación puede ser suficiente para activar la garantía de indemnidad, una protección esencial para los trabajadores que ejercen sus derechos frente a la empresa.

🔎 ¿Qué significa esto?
Si un trabajador reúne pruebas para defender sus derechos y, como consecuencia de ello, es despedido, ese despido puede considerarse nulo si existe una relación entre ambas circunstancias.

📌 La sentencia pone de manifiesto que:
✅ Una sola grabación puede tener un importante valor probatorio.
✅ La empresa no puede adoptar represalias contra quien reclama o defiende legítimamente sus derechos.
✅ La garantía de indemnidad continúa siendo una de las herramientas más sólidas para proteger a los trabajadores frente a decisiones empresariales injustificadas.

💼 En Despacho Jurídico Egido & Sáez creemos que conocer tus derechos es el primer paso para poder defenderlos. En muchas ocasiones, una prueba obtenida de forma lícita puede marcar la diferencia entre un despido procedente y la declaración de su nulidad.

⚠️ Cada caso es diferente y requiere un análisis jurídico individualizado, pero esta resolución vuelve a recordar un principio fundamental: reclamar tus derechos no puede convertirse en el motivo de una represalia.

📢 Nueva decisión de la Audiencia Provincial de Murcia⚖️ La Audiencia Provincial de Murcia aclara que no es obligatorio a...
19/07/2026

📢 Nueva decisión de la Audiencia Provincial de Murcia

⚖️ La Audiencia Provincial de Murcia aclara que no es obligatorio acudir previamente a un MASC para solicitar medidas provisionales previas en los procesos de familia.

🔹 Revoca la inadmisión de una solicitud al entender que la Ley Orgánica 1/2025 no exige este requisito en este tipo de procedimientos.

👨‍👩‍👧‍👦 Destaca que una interpretación excesivamente rígida de la norma podría:
✅ Limitar el derecho de acceso a la Justicia.
⏳ Retrasar la adopción de medidas urgentes.
🛡️ Perjudicar la protección de los menores.

💼 Desde DESPACHO JURÍDICO EGIDO & SAÉZ consideramos acertada esta resolución, ya que prioriza la tutela judicial efectiva y el interés superior del menor, evitando que un requisito de procedibilidad retrase la respuesta judicial cuando la urgencia exige una actuación inmediata.

📢 La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena a una vecina que deberá abandonar su vivienda durante 6 mes...
17/07/2026

📢 La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena a una vecina que deberá abandonar su vivienda durante 6 meses por realizar de forma intencionada y reiterada actos que perturbaban gravemente la convivencia con sus vecinos.

🏠➡️ La resolución recuerda que el derecho a disfrutar del domicilio en paz y tranquilidad también está protegido por los tribunales.

🔹 Las conductas de acoso vecinal no tienen por qué quedar impunes.
🔹 Cuando los hechos son persistentes y afectan seriamente a la convivencia, la Justicia puede adoptar medidas contundentes para proteger a las víctimas.

👩‍⚖️ En Despacho Jurídico Egido & Sáez consideramos que esta resolución refuerza la importancia de proteger el derecho al descanso, la intimidad y la convivencia pacífica de todos los ciudadanos.

📢 El Tribunal Supremo corrige parte del nuevo Reglamento de Extranjería⚖️ El Tribunal Supremo mantiene la mayor parte de...
14/07/2026

📢 El Tribunal Supremo corrige parte del nuevo Reglamento de Extranjería

⚖️ El Tribunal Supremo mantiene la mayor parte del Reglamento, pero anula varios artículos por considerar que excedían lo permitido por la ley.

🔑 ¿Qué cambia?

👶 Más protección para los menores extranjeros
Se eliminan restricciones que podían perjudicar a menores en situaciones de especial vulnerabilidad y se refuerza la obligación de protegerles. 👧👦

👨‍⚖️ Antecedentes penales
Ya no podrán denegarse automáticamente determinadas autorizaciones. La Administración deberá estudiar cada caso de forma individual, valorando circunstancias personales y familiares. 📄⚖️

💼 Acceso al trabajo
Se elimina la prohibición que impedía a las empresas de trabajo temporal contratar trabajadores extranjeros para campañas o actividades de temporada. 🤝

💻 Trámites electrónicos
No podrá imponerse de forma general la obligación de relacionarse únicamente por medios electrónicos con la Administración. 📲

⚠️ Importante
El Tribunal sí mantiene las restricciones al arraigo para quienes tengan una solicitud de asilo pendiente, por lo que esa parte del Reglamento continúa vigente.

📍 En DESPACHO JURÍDICO EGIDO&SAEZ analizamos cada caso de extranjería de forma personalizada para ofrecer la mejor estrategia legal. 🤝⚖️

Dirección

Plaza Ramón Y Cajal 4, Local 24
Villarrobledo
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Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 20:00
Martes 09:00 - 20:00
Miércoles 09:00 - 20:00
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Viernes 09:00 - 20:00

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