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🏠 ¿Tienes defectos en tu vivienda y crees que ya es demasiado tarde para reclamar?El Tribunal Supremo acaba de dictar un...
04/06/2026

🏠 ¿Tienes defectos en tu vivienda y crees que ya es demasiado tarde para reclamar?

El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia que puede cambiar esa percepción.

Cuando los daños en un edificio no aparecen de golpe, sino que van evolucionando con el tiempo —grietas que se agrandan, humedades que se extienden, estructuras que se deterioran progresivamente—, el plazo para reclamar no empieza desde el primer día que lo detectas. Comienza cuando ese daño queda completamente definido.

Esto significa que muchas personas que daban por perdida su reclamación podrían todavía estar a tiempo.

Además, el Supremo aclara que si ya hubo un juicio anterior por defectos en el mismo inmueble, los nuevos daños que aparecieron o se agravaron después pueden reclamarse en un proceso distinto.

Si tienes dudas sobre si puedes reclamar por defectos en tu vivienda o edificio, consulta con un abogado antes de asumir que el plazo ha vencido.

👉 https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/en-los-danos-continuados-el-plazo-de-prescripcion-comienza-cuando-el-dano-queda-definitivamente-concretado/

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Una reciente sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo, de fecha 21 de abril último (625/2026), clarifica, con relación a los defectos constructivos, cómo deben computarse los plazos de prescripción cuando los daños constructivos aparecen y evolucionan progresivamente con el paso del ti...

🏠 ¿Qué puede hacer una comunidad de propietarios cuando alguien destruye sus instalaciones?Un caso resuelto por la Audie...
04/06/2026

🏠 ¿Qué puede hacer una comunidad de propietarios cuando alguien destruye sus instalaciones?

Un caso resuelto por la Audiencia Provincial de Las Palmas lo deja claro: quien cause daños en elementos comunes de un edificio —cámaras de seguridad, telefonillos, puertas de trasteros— tiene que pagar por ello.

En este supuesto, una persona que ocupaba sin permiso las zonas comunes del inmueble acabó destruyendo parte de las instalaciones e incluso provocó un incendio en las puertas de varios trasteros. La justicia ha confirmado su condena a indemnizar a la comunidad por todos los daños causados.

Lo importante para cualquier comunidad de propietarios es esto:

✅ Los daños a zonas comunes tienen reparación jurídica, aunque el proceso lleve tiempo.
✅ No hace falta esperar a que haya daños para actuar ante una ocupación irregular: la ley permite exigir la salida antes de que la situación empeore.
✅ Cuantificar bien los daños desde el principio es fundamental para recuperar el dinero.

Si tu comunidad se enfrenta a una situación similar, la asesoría jurídica a tiempo puede marcar la diferencia.

👉 https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/multado-con-mas-de-2-000-euros-por-destrozar-las-camaras-y-los-telefonillos-de-una-comunidad-de-propietarios/

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La Audiencia Provincial de Las Palmas ha confirmado la condena impuesta a un hombre que destrozó los telefonillos y las cámaras de una comunidad de propietarios y que prendió fuego a las puertas de varios trasteros del edificio. G Agrega como fuente preferida en Google Según consta en la sentenc...

💳 ¿Tienes un crédito con una financiera y pagas intereses muy altos? Esto te interesaLos tribunales acaban de sentar un ...
04/06/2026

💳 ¿Tienes un crédito con una financiera y pagas intereses muy altos? Esto te interesa

Los tribunales acaban de sentar un criterio importante: que una entidad financiera llame a su producto “crédito revolving” no le da derecho automático a aplicar los intereses elevados propios de esa categoría.

La Audiencia Provincial de Madrid ha declarado nulo un contrato de Cofidis porque el producto, aunque se presentaba como revolving, no lo era en realidad: el cliente no tenía tarjeta física para disponer del dinero, sino que tenía que pedir transferencias. Y el saldo disponible no se recargaba solo, como ocurre con las tarjetas revolving clásicas.

Al no ser un revolving real, el juez comparó el interés —un 24,51%— con el que correspondía a un crédito ordinario, que en ese momento era del 5,59%. La diferencia era tan grande que el contrato se declaró usurario y nulo: la financiera tuvo que devolver todo lo cobrado por encima del dinero prestado.

Si tienes o tuviste un crédito con una financiera que funcionaba así —mediante transferencias, sin tarjeta de libre disposición— puede que tengas más posibilidades de reclamar de las que pensabas.

👉 https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/la-justicia-despoja-a-un-credito-revolving-de-su-paraguas-protector/

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La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia clave que impide a las financieras aplicar el índice (tipo de interés elevado) de las tarjetas de crédito a simples líneas de crédito, lo que facilita la declaración de usura al comparar los contratos con tipos de interés mucho más b...

🏢 ¿Tu comunidad de vecinos quiere cambiar de empresa de mantenimiento del ascensor? Antes de hacerlo, lee estoEl Tribuna...
03/06/2026

🏢 ¿Tu comunidad de vecinos quiere cambiar de empresa de mantenimiento del ascensor? Antes de hacerlo, lee esto

El Tribunal Supremo acaba de confirmar la condena a una comunidad de propietarios que decidió cambiar de empresa de mantenimiento antes de que venciera su contrato. El resultado: más de 3.600 euros de indemnización a pagar a la empresa anterior.

¿Por qué? Porque el contrato incluía una permanencia de tres años que estaba vinculada a condiciones ventajosas: la comunidad pagaba menos que antes y tenía más cobertura. Al romper ese acuerdo anticipadamente, el tribunal consideró que debía devolver parte de lo que se había ahorrado.

Lo que conviene tener claro:

✅ No todas las permanencias son abusivas. Si van asociadas a un descuento real o a mejor servicio, tienen validez legal.
✅ Cambiar de empresa sin revisar el contrato puede salir caro.
✅ La clave está en leer bien las condiciones de duración, preaviso y penalización antes de firmar —y también antes de resolver.

Si tu comunidad está pensando en cambiar de proveedor de mantenimiento, una revisión jurídica previa del contrato puede evitar sorpresas.

👉 https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/el-supremo-avala-la-duracion-trienal-en-contratos-de-mantenimiento-de-ascensores-cuando-existe-descuento-real-y-mejora-del-servicio/

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La Sala Primera del Tribunal Supremo rechaza que sea abusiva, en este caso concreto, una cláusula de permanencia de tres años incluida en contratos de mantenimiento de ascensores suscritos por una comunidad de propietarios. La clave del fallo está en que la duración pactada estaba vinculada a un...

🚗 ¿Puedes reclamar si te caes en un parking? Depende. Y la diferencia importaUn hombre resbaló con un líquido en el suel...
03/06/2026

🚗 ¿Puedes reclamar si te caes en un parking? Depende. Y la diferencia importa

Un hombre resbaló con un líquido en el suelo de un aparcamiento, sufrió lesiones y tuvo que irse en ambulancia al hospital. Demandó a la aseguradora del parking alegando que no había ningún cartel de aviso. El tribunal le dio la razón al parking: que haya agua o aceite en el suelo de un garaje es algo normal y previsible, y el usuario debe ir con cuidado.

¿Significa esto que nunca se puede reclamar por una caída en un parking? No.

Lo que los tribunales distinguen es si el riesgo era ordinario —algo que cualquier persona puede esperar— o si había algo anormal que el titular de la instalación debería haber corregido: un suelo roto, una zona sin luz suficiente, un charco que llevaba horas sin atender, un escalón sin señalizar.

Si sufriste una caída en un parking, una escalera, un supermercado o cualquier instalación de uso público, antes de asumir que no tienes nada que reclamar, merece la pena revisar cómo ocurrió exactamente. Los detalles son los que marcan la diferencia jurídica.

👉 https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/la-presencia-de-sustancias-liquidas-resbaladizas-en-el-suelo-de-un-parking-es-un-riesgo-normal-y-ordinario-por-el-que-no-cabe-indemnizar/

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La Audiencia Provincial de Pontevedra ha dictaminado que la presencia de sustancias líquidas resbaladizas en el suelo de un parking, como puede ser agua o aceite, es un riesgo general de la vida cotidiana y por el que no cabe imputar responsabilidad alguna al propietario de las instalaciones o a su...

🏠 ¿Tienes que dejar entrar a la comunidad en tu piso aunque no quieras?Es una situación que genera mucho conflicto en lo...
03/06/2026

🏠 ¿Tienes que dejar entrar a la comunidad en tu piso aunque no quieras?

Es una situación que genera mucho conflicto en los edificios: la comunidad necesita hacer obras —en la fachada, en las tuberías, en la cubierta— y para ello tiene que acceder al interior de un piso o local privado. ¿Estás obligado a abrir la puerta?

La respuesta es sí, pero con matices importantes.

La ley obliga a permitir el acceso cuando las obras sean necesarias para conservar el edificio o sus instalaciones comunes y no haya otra manera de hacerlas. Pero esa obligación tiene límites: la entrada tiene que ser proporcional a lo que se necesita hacer, y si existe una alternativa menos molesta para el propietario, debe valorarse primero.

Si te niegas sin motivo, la comunidad puede pedirle a un juez que autorice la entrada.

Ahora bien, si soportas el acceso y te causa daños o molestias, tienes derecho a ser compensado. Lo que no puedes hacer es exigir que te paguen antes de abrir la puerta: primero se ejecutan las obras, y después se reclama la indemnización si procede.

Si estás en esta situación —como propietario afectado o como comunidad que necesita el acceso—, conocer bien tus derechos antes de actuar puede evitar un conflicto innecesario.

👉 https://www.economistjurist.es/articulos-juridicos-destacados/propiedad-horizontal-supuestos-en-los-que-un-propietario-esta-obligado-a-dejar-entrar-en-su-piso-a-un-tercero/

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La propiedad horizontal es un régimen jurídico que puede constituirse sobre edificios con varios pisos y locales, y se caracteriza por combinar elementos privativos y elementos comunes. Es propio de este régimen la necesidad de integración de los intereses particulares de cada propietario de un ...

🐾 Si un perro te ataca, ¿qué puedes reclamar? Más de lo que crees, pero solo si lo pides bienUna mujer fue atacada por u...
03/06/2026

🐾 Si un perro te ataca, ¿qué puedes reclamar? Más de lo que crees, pero solo si lo pides bien

Una mujer fue atacada por un mastín y sufrió mordeduras graves en el brazo y la mano. Demandó a la dueña del animal y obtuvo una indemnización de más de 3.300 euros. Hasta ahí, todo correcto.

Pero la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid deja al descubierto algo importante: el tribunal no pudo valorar si existía un daño psicológico derivado del ataque porque la víctima nunca lo reclamó.

¿Significa eso que ese daño no era indemnizable? No. Significa que en el proceso civil solo se puede indemnizar aquello que se pide expresamente y que se acredita con prueba. Si no lo reclamas, el juez no puede dártelo aunque el daño sea evidente.

Y los ataques de animales pueden dejar secuelas emocionales muy reales: miedo, ansiedad, pesadillas, dificultad para salir a la calle. Todo eso tiene valor jurídico y puede reclamarse, pero hace falta un informe psicológico que lo acredite y que figure en la demanda desde el principio.

Además, en estos casos la ley es clara: el dueño del animal responde aunque el perro se escapara sin su culpa. Solo se libra si demuestra que fue un caso de fuerza mayor o culpa exclusiva de la víctima, lo que en la práctica es muy difícil de probar.

Si has sufrido un accidente o un ataque y tienes dudas sobre qué puedes reclamar, consulta antes de actuar. Lo que se omite al principio no siempre tiene segunda oportunidad.

👉 https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/el-error-que-dejo-fuera-el-trauma-del-ataque-de-un-perro/

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La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena a la propietaria de un perro mastín que atacó a una mujer en Estremera (Madrid), recordando que quien pretenda reducir una indemnización por lesiones debe aportar prueba pericial suficiente que contradiga la valoración médica presentada...

🚛 ¿Compraste un camión entre 1997 y 2011? El Tribunal Supremo acaba de cerrar uno de los mayores escándalos de precios d...
29/05/2026

🚛 ¿Compraste un camión entre 1997 y 2011? El Tribunal Supremo acaba de cerrar uno de los mayores escándalos de precios de la historia europea.
Durante catorce años, las principales marcas de camiones —MAN, DAF, Iveco, Daimler, Volvo, Renault y Scania— se pusieron de acuerdo en secreto para cobrar más de lo que deberían. Miles de transportistas y empresas pagaron de más sin saberlo.
Cuando se destapó, comenzó una larga batalla judicial para recuperar ese dinero. El Tribunal Supremo acaba de dictar cinco sentencias que cierran esa batalla con una conclusión clara: todos los fabricantes del cártel responden solidariamente por todos los daños, y el sobreprecio se estima en torno al 5% del precio pagado por cada camión.
Eso sí — el plazo para presentar nuevas reclamaciones venció en junio de 2025. Si alguien no actuó a tiempo, ya no puede iniciar un nuevo procedimiento por este caso concreto.
Pero hay una lección importante para el futuro: cuando las autoridades europeas o nacionales sancionan un cártel, el reloj empieza a correr para los perjudicados. No esperar es clave. 💬
👉 https://www.geniurislaw.com/post/el-cártel-de-los-camiones-prácticamente-llega-a-su-fin-judicial

Cinco resoluciones del Tribunal Supremo marcan doctrina sobre los pactos colusorios y la responsabilidad de los miembros del cartelUna historia de sobreprecio que duró catorce años y otros diez de litigaciónDurante catorce años, entre 1997 y 2011, los seis principales fabricantes europeos de cam...

🦴 ¿Te implantaron una prótesis que luego fue retirada del mercado? El Tribunal Supremo acaba de dar un paso muy importan...
29/05/2026

🦴 ¿Te implantaron una prótesis que luego fue retirada del mercado? El Tribunal Supremo acaba de dar un paso muy importante para protegerte.
Muchas personas que sufrieron daños por implantes médicos defectuosos se encontraron con un muro al intentar reclamar: la prótesis había sido destruida en el hospital al extraerla, y sin ella, los demandados argumentaban que no había forma de probar el defecto.
El Tribunal Supremo acaba de cerrar esa puerta. En una sentencia reciente sobre una prótesis de cadera metal-metal que provocó metalosis grave a una paciente —con cuatro operaciones adicionales y años de sufrimiento—, el Alto Tribunal establece que hay otros elementos que pueden probar el defecto aunque el producto ya no exista: que el modelo haya sido retirado del mercado, que existan alertas sanitarias, o que los análisis clínicos acrediten el daño causado.
Además, no hace falta localizar al fabricante extranjero: si el distribuidor en España no te facilita quién lo fabricó, responde él directamente.
Si tienes o tuviste un implante que ha generado problemas, no des por perdida tu reclamación sin consultarlo antes con un abogado. Los plazos corren, y cada caso tiene sus particularidades. 💬
👉 https://www.geniurislaw.com/post/te-implantaron-una-prótesis-de-cadera-que-luego-fue-retirada-del-mercado-el-tribunal-supremo-recono
4.6 Low

Cuando una operación que debía mejorar tu vida acaba causando más dañoImagina que te operan de cadera, te implantan una prótesis médica y, años después, descubres que esa prótesis ha sido retirada del mercado por ser peligrosa para las mujeres. Para entonces, ya llevas años con dolor, te h...

⚖️ ¿Hasta cuándo se paga pensión de alimentos cuando un hijo mayor de edad tiene discapacidad?Es una pregunta que muchas...
29/05/2026

⚖️ ¿Hasta cuándo se paga pensión de alimentos cuando un hijo mayor de edad tiene discapacidad?
Es una pregunta que muchas familias se plantean tras un divorcio, y la respuesta no es tan sencilla como puede parecer.
La Audiencia Provincial de Madrid acaba de resolver un caso en el que el padre solicitaba que se extinguiera la pensión de alimentos que pagaba a su hija adulta con discapacidad. El tribunal le dio la razón, pero no por la discapacidad en sí: sino porque la joven vivía en un centro público con todas sus necesidades cubiertas y además cobraba una pensión propia de 400 euros al mes.
Lo que dice el tribunal es importante: tener una discapacidad no significa automáticamente depender económicamente de los padres. Si el hijo tiene ingresos propios suficientes y sus gastos están cubiertos, la obligación de pagar alimentos puede cesar.
Cada situación es diferente, y antes de tomar decisiones, conviene analizar bien el caso con un abogado especializado en derecho de familia. 💬
👉 https://confilegal.com/20260522-la-discapacidad-de-un-hijo-mayor-de-edad-no-impide-por-si-mismo-la-extincion-de-la-pension-de-alimentos/

La joven con discapacidad cobraba una pensión suficiente para poder cubrir sus necesidades en la residencia donde vive.

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