02/12/2025
📢 Nueva jurisprudencia: más protección para propietarios en materia catastral
🔹 El Tribunal Supremo, en su Sentencia núm. 1263/2025, de 8 de octubre (ECLI:ES:TS:2025:4366, rec. 6909/2023), ha resuelto un recurso de casación contra la desestimación por parte del TSJ de Canarias de una reclamación sobre la rectificación de los datos catastrales de una finca. El caso se originó tras la inadmisión previa de la solicitud por parte del órgano económico-administrativo regional (TEAR).
✅ ¿Qué implica esta resolución?
El Supremo confirma que el propietario puede solicitar directamente al Catastro la corrección de datos o valor catastral — como superficie, naturaleza del suelo, uso, etc. — sin necesidad de pasar primero por el Ayuntamiento.
Si la Administración decide no iniciar el procedimiento, debe notificarlo mediante una resolución motivada — esa decisión podrá ser recurrida.
La rectificación de datos catastrales deja de depender de intermediarios: se refuerza la seguridad jurídica del contribuyente.
🏡 ¿Por qué es importante para los propietarios y nuestra práctica?
Esta doctrina supone un alivio real ante errores o desajustes en la información catastral: superficie incorrecta, clasificación errónea del suelo, datos defectuosos que pueden afectar a impuestos como el IBI o la plusvalía.
Para quienes representamos a propietarios, abre una vía más directa, ágil y eficaz para reclamar la rectificación catastral sin la carga burocrática adicional de acudir al Ayuntamiento.
En el contexto de operaciones inmobiliarias, contribuye a mejorar la transparencia, reducir riesgos fiscales y garantizar una valoración ajustada a la realidad del bien.
👉 En IDRA Abogados seguimos muy atentos a las novedades jurisprudenciales que afectan al derecho de la propiedad, al Catastro y a la defensa de los derechos de los propietarios. Si detectas un error en la descripción de tu inmueble, no dudes en consultarnos.