06/12/2025
𝗛𝗮𝗰𝗶𝗲𝗻𝗱𝗮&𝗕𝗶𝘇𝘂𝗺: ¿𝗱𝗲 𝘃𝗲𝗿𝗱𝗮𝗱 𝘃𝗮𝗻 𝗮 𝗲𝘀𝘁𝗮𝗿 𝘃𝗶𝗴𝗶𝗹𝗮𝗻𝗱𝗼 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝗹𝗮𝘀 𝗰𝗲𝗻𝗮𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗮𝗺𝗶𝗴𝗼𝘀?
Desde el 1 de enero entra en vigor un cambio importante por el cual los bancos informarán mensualmente a la Agencia Tributaria de todos los cobros que reciban autónomos, profesionales y empresas a través de Bizum, tarjeta o TPV. El anuncio ha generado bastante ruido, pero también interpretaciones que no se ajustan a lo que realmente supone esta medida.
Este cambio está pensado para reforzar el control fiscal sobre la actividad económica ya que La Agencia Tributaria quiere disponer de información actualizada y detallada de los cobros que se producen en el ámbito empresarial y profesional, especialmente los pequeños ingresos que antes podían pasar más desapercibidos. El objetivo es detectar actividades no declaradas, evitar que ciertos ingresos queden fuera de la contabilidad y frenar la economía sumergida. Para quienes trabajan como autónomos o tienen un negocio, esto implica ser más rigurosos que nunca en la emisión de facturas, la justificación de ingresos y una contabilidad ordenada.
Ahora bien, otra cosa muy distinta son los movimientos de dinero entre particulares. Esos Bizum que enviamos para pagar una cena, un regalo de cumpleaños o para devolver un dinero que nos prestaron no tienen ninguna trascendencia fiscal. Solo podría existir un problema cuando una persona recibe Bizum de manera repetida, frecuente y por importes similares, procedentes de muchas personas diferentes, en un patrón que claramente se parece más a una actividad económica que a intercambios privados. Es el típico caso de quien cobra clases particulares, pequeños arreglos, servicios puntuales o ventas continuadas a través de Bizum y no las declara.
Lo que busca la Agencia Tributaria es coherencia interna entre los ingresos declarados y los cobros que recibe una persona cuando desarrolla una actividad económica.
Aunque en redes sociales se ha extendido la idea de que los bancos decidirán qué Bizum se comunican a Hacienda y cuáles no, la verdad es que esto no funciona así. Las entidades financieras no interpretan el motivo de tus pagos ni clasifican movimientos como “privados” o “profesionales”. La ley les obliga a informar de los cobros vinculados a servicios de pago asociados a actividad económica, como Bizum Business, TPV o cuentas de empresa, mientras que los Bizum personales entre particulares quedan fuera de esa obligación y no tienen relevancia fiscal. En otras palabras: lo que determina si un cobro se informa o no no es el criterio del banco, sino la naturaleza del servicio contratado y si existe o no actividad económica detrás. Si un bizum personal no es declarado, pero la AEAT considera que si puede verse afectado, es donde podría investigarse y ver si está afecto o no a una actividad empresarial. Como hasta ahora.
En definitiva, el uso cotidiano de Bizum entre particulares sigue siendo seguro y no genera ningún problema fiscal.