18/01/2020
Tarjetas Revolving: cómo reclamar a los bancos lo cobrado de más.
Terminadas las Fiestas de Navidad, empezaremos a recibir los extractos bancarios del pago de la tarjetas de crédito, y en los mismos nos econtraremos la aplicación de un interés elevadísimo, en el caso de que hayamos elegido la opción de pago a plazos, el cobro de unas comisiones de las que no teníamos noticia de su existencia, y sobre todo, comenzaremos a llamar a las empresas emisoras de esas tarjetas, para pedir explicaciones. La respuesta que obtendremos será la siguiente: "Esta pactado en el contrato".
Acudiremos al contrato, y en el caso de que tengamos copia, en algunas ocasiones nunca nos habrán enviado la copia del contrato. Luego veremos que las condiciones y comisiones que nos aplican no aparecen en el mismo, ni se han pactado, ni se han negociado, ni nos han dado opción a opinar sobre ellas. Tendremos en las manos un contratro leonino de adhesión, que en el mejor de los casos será legible por el tamaño de su letra.
Ante esto, hemos de verificar que no tenemos una tarjeta revolving. Como la tengamos y seamos usuarios de ella, tendremos que emprender las reclamaciones pertinentes para recuperar el dinero que se nos esta cobrando de más por comisiones, seguros no deseados unidos a la tarjeta y tipos de intereses usurarios. ¿Cómo identificar una tarjeta revolving?
Para más Informacion pueden contactar con nosotros "Litis Abogados (983 399994).