06/02/2018
Las Audiencias Provinciales de Castilla y León confirman la nulidad de la cláusula de gastos del préstamo hipotecario y condena al banco a devolver parte de los gastos al cliente.
Mientras que la de Palencia se trata de la más cercana a consumidores y usuarios, dado que establece el criterio de devolución del 100% del impuesto de actos jurídicos documentados, el 100% de la factura de tasación y de la inscripción en el registro de la propiedad y el 50% de los gastos de notaria , siguiendo este criterio desde el mes de octubre.
En Valladolid la Audiencia Provincial sigue un criterio más restrictivo desde el mes de enero, devolviendo el 100% de la inscripción en el Registro de la Propiedad, el 50% de las facturas de Gestoría y Notaria, y en cuanto al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados establece el pago por el prestatario.
En León se sigue el criterio previo de noviembre de 2017 en el que el impuesto no es devuelto, pero si la parte proporcional de cada uno del resto de conceptos. En Segovia ya desde septiembre se devuelven la totalidad, siguiendo una linea cercana a la Audiencia Provincial de Palencia...
En todo caso la entidad mercantil demandada, con las que ya hemos planteado la devolución de nuestros clientes, han sido estimadas y devueltas con intereses a nuestros clientes, por lo que no dudes en ponerte en CONTACTA CON NOSOTROS, es indiferente sea: CAJA ESPAÑA, BANCO SANTANDER, CAIXA GERAL, BBVA,CAJA MAR, ANTIGUO BANCO POPULAR...etc
NUESTRAS DIRECCIONES:
CALLE DON SANCHO Nº11 4ºA DE VALLADOLID
CALLE LOS SOLDADOS Nº10 1ºA DE PALENCIA
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y obtener información sobre este tipo de asuntos, en horario de 9.00 a 14.00 horas y de 17.00 a 20.00 horas.
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BUFETEVG
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