Terraminium Vall de uxo

Terraminium Vall de uxo TERRAMMINIUM su administración de fincas de confianza llega a Vall d ´uixo,
Estamos en Avda. Europa nº 3, ( EROSKI )

06/09/2022

Una forma de evitar la entrada de extraños en el edificio es mantener la puerta de portal del edificio cerrada. Lo más útil y económico es colocar un que automáticamente empuja la puerta lentamente hasta su cierre.

Con este elemento conseguiremos, además:
✅ Que no se den los molestos "portazos".
✅ Al amortiguar los cierres, ayudan a conservar durante más tiempo las puertas y accesorios.
✅ En casos de edificios con calefacción central, evitar las corrientes de aire frío dentro del edificio, con el consiguiente ahorro energético y económico.

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12/07/2022

En Grupo Terraminium siempre estamos adelantándonos a las necesidades tanto de sus vecin@s como de sus Administradores de Fincas en la gestión de la Comunidad de Propietarios.

Fuimos pioneros en el desarrollo y aplicación de las Juntas 2.0. que ofrece una gestión más democrática, ya que todos los vecinos pueden expresar su opinión sin estar mediatizados para acudir un día y a una hora concreta a la reunión.

Os dejamos una comparativa de las ventajas con respecto a las juntas convencionales. Para más saber más sobre su funcionamiento visita nuestra web www.terraminium.com

02/07/2022

Con la llegada del verano la comunitaria se vuelve una de las zonas comunes más cotizadas y disfrutadas en las comunidades de vecinos, pero también suele convertirse en un foco de conflictos.

Lo más recomendable es que aquellas comunidades de propietarios que dispongan de piscinas deberían tener un "Reglamento Interno" sobre el funcionamiento, horario, aforo, vestimenta (no se puede bañar con calzado y ropa de calle), comer en la zona de playa (jardín o pavimento que rodea la piscina), ubicación del botiquín, normas higienico-sanitarias y normas de acceso para invitados, que es al que deberemos acudir para resolver estas cuestiones, o a los Estatutos en su defecto.

El reglamento que puede ser aprobado por mayoría simple, debe ser accesible y estar colocado en un lugar visible de la entrada al recinto.

Si la vivienda está alquilada, propietario e inquilino no podrán disfrutar simultáneamente de este servicio. Normalmente, salvo pacto contrario entre las partes, el arrendador pierde a favor del arrendatario todos sus privilegios con respecto al uso y disfrute de los elementos comunes.

La Ley Antitabaco permite fumar en las zonas al aire libre de la comunidad de propietarios, pero no así en los recintos de recreo infantil, como son las piscinas para niños.

Asimismo, recordamos que una reciente sentencia del Supremo avala que una comunidad de propietarios prohíba el uso de la piscina a los dueños de garajes sin vivienda.

En cuanto a la prohibición de acceso a la piscina a un vecino moroso, la nueva Ley de Impulso a la Rehabilitación Edificatoria, ha incluido un texto que señala que “la junta de propietarios podrá acordar medidas disuasorias frente a la morosidad”, entre ellas el veto para usar servicios e instalaciones comunitarias como la piscina o la pista de pádel.

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17/05/2022

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha dictado recientemente una sentencia en la que condena a una empresa ubicada en un polígono industrial a pagar una deuda de casi 5.000 euros que tenía con la comunidad de propietarios de ese polígono. La sentencia destaca que “en los polígonos industrial...

24/04/2022

En esta entrevista, el Director General de la franquicia Terraminium, Alejandro Gómez, explica en qué consiste su nuevo proyecto “ComunidadVerde”.

09/03/2022

Cada vez es más frecuente que las relaciones vecinales se degraden hasta tal punto que degeneran en conductas y actos contra otros vecin@s de forma constante y reiterada, alterando gravemente el desarrollo de la vida cotidiana de la víctima, llegando a limitar o coartar la libertad del vecin@.

Este tipo de conductas de “acoso vecinal” se materializan en unas acciones muy características como la humillación pública, marginación, difusión de rumores, control constante, daños a propiedades, persecuciones o vigilancia constantes, vacíos del resto de vecinos, etc.

Dichas conductas conforman un delito denunciable desde la reforma del Código Penal de 2015: el o acoso vecinal. Conocido comúnmente como , por producirse también entre vecinos de distintos bloques, está recogido en el Art. 172 del Código Penal, en el que se establece que este delito está sancionado con la pena de prisión de 3 meses a 2 años, o multa de 6 a 24 meses.

Hay que entender que el verdadero no debe confundirse con disputas vecinales o controversias puntuales que son habituales en una comunidad de vecinos y que se solucionan a través del consenso en las Juntas, intermediación del presidente o por la mediación comunitaria que cada administración local o autonómica pone a disposición de los ciudadanos. El acoso de vecinos requiere (y así lo refleja el Código Penal) que el hostigamiento sea continuo y recurrente.

Ante una situación de blocking cuando el diálogo y la mediación fallan es posible acudir a la Justicia, presentando pruebas tangibles de que el acoso vecinal es de verdad un hecho: mediante alegaciones de testigos presenciales de los acontecimientos y todo tipo de pruebas documentales (WhatsApp, correos electrónicos, llamadas de teléfono, etc).


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16/02/2022

La Dirección General de Tributos nos recuerda, reiterando la ya asentada doctrina administrativa, que el período de carencia de un alquiler de un lo...

25/01/2022

Los edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal se componen por elementos comunes y privativos. Dentro de los denominados elementos comunes, algunos tienen tal consideración por su propia naturaleza y otros por destino.

Lo determinante a la hora de resolver quien debe asumir el coste de las reparaciones no viene estrictamente determinado por la titularidad, privativa o común, de la terraza, sino por la naturaleza de los gastos a satisfacer, que está en relación con el carácter de la reparación a efectuar.

Así, si son ordinarios o normales, de conservación o de uso, corresponderán a los usuarios de la terraza, y si son extraordinarios y el elemento a reparar cumple función estructural de elemento de cubrición, actuando en beneficio común, deben hacerse a cargo de la comunidad.

📚 Ante un caso de filtraciones y humedades:
La reparación de la terraza privativa cuando es cubierta del edificio le corresponderá a la comunidad de propietarios salvo que se acredite que quien hace uso de ella en exclusiva haya causado daños por culpa o negligencia o por falta de conservación.

En este sentido es unánime el criterio de los Tribunales que, resumido, establece que los comuneros beneficiados por el uso privativo de un elemento común deben realizar las obras de mantenimiento ordinario en él, siendo a cargo de la comunidad la realización de las obras estructurales.

https://bit.ly/3AESodm via Mundojurídico

20/07/2021

Ahora más que nunca, las instalaciones de ocio comunitarias dentro de las Comunidades de Vecinos cobran una gran importancia.
Y es precisamente en este mes de julio cuando nuestra innovadora aplicación "Gestor de Instalaciones" cumple ya 5 años 🎂
Ya son miles de personas, vecinos y vecinas, que puede beneficiarse de esta aplicación que permite, desde cualquier sitio y en cualquier momento, con tan sólo un móvil 📱 y acceso a internet, reservar el uso de las instalaciones comunitarias (pistas deportivas, zonas de recreo, etc.).
Desde Terraminium - Administración de Fincas nos orgullecemos de estar siempre a la vanguardia en el desarrollo tecnológico para dotar de bienestar y facilidades tanto a comuneros como administradores de fincas del grupo.
https://bit.ly/3xVcoWH

13/07/2021
29/06/2021

El Gobierno no habilitará más prórrogas del 'decreto antidesahucios' que expira el próximo 9 de agosto. Ha anunciado que lo que hará será aprobar un nuevo decreto...

25/06/2021

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha declarado en su reciente sentencia de 31 de mayo de 2021 que, aunque los Estatutos prevean expresamente la imposibilidad de destinar los inmuebles a alguna actividad que suponga afluencia superior de público a la normal en una casa destinada exclusivament...

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