Nexo Asesoría Jurídico Emocional

Nexo Asesoría Jurídico Emocional Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Nexo Asesoría Jurídico Emocional, Abogado de familia, Calle Convento Santa Clara, 9 puerta 8, Valencia.

EL MÉTODO NEXO: Es un nuevo concepto en la atención al cliente, dónde una abogada y una psicóloga, desde la primera visita y de manera conjunta, se ponen a tu servicio para abordar de forma global un problema.

04/06/2020

CONSUMIDORES AFECTADOS COMO CONSECUENCIA DEL COVID-19.
Hoy empiezan los 14 días para poder reclamar los contratos que no se han podido cumplir durante el estado de alarma; vuelos, alojamientos, conciertos, espectáculos, gimnasios, academias.....

Estamos a vuestra disposición para cualquier consulta que queráis realizarnos sobre éste tema.

27/05/2020

El MÉTODO NEXO. Rupturas sentimentales y dudas post-covid sobre cumplimiento de Convenios.

11/05/2020

Buenos dias, os dejamos un pequeño resumen de quienes somos y qué hacemos

30/04/2020

QUÉ HACER SI HE DECIDIDO SEPARARME DURANTE EL CONFINAMIENTO

El confinamiento ha puesto en jaque a numerosas parejas.

En este caso vamos a detenernos en las parejas que o bien ya habían tomado la determinación de poner fin a la relación antes del estado de alarma o las que han decidido hacerlo durante el mismo.

Si bien toda ruptura es difícil, el hecho de permanecer confinados con nuestra pareja lo hace especialmente complicado. Mucho más si hay menores implicados.

Lo ideal es poder establecer un acuerdo a través de los profesionales una vez termine el confinamiento. Y esto pasa por no trasmitir nuestra decisión a la otra persona sin antes haber contactado con dichos profesionales, éstos trazarán una hoja de ruta que nos ayudará a no precipitarnos y no barajar propuestas sobre la vivienda, gastos, pensiones, visitas de los menores, …..que puedan perjudicar tanto a éstos últimos como a nosotros mismos, ya que dichas propuestas estarán tomadas bajo la presión de ésta situación de confinamiento.

En NEXO estamos a vuestra disposición tanto por correo electrónico, vía on line y vía telefónica con el fin de poder ayudaros durante y después del confinamiento .

01/04/2020

En estos días difíciles, dada la información que nos va llegando día a día en forma de Decreto y siendo conscientes de que genera mucha incertidumbre, nos ponemos a vuestra disposición con el fin de poderos orientar sobre cualquier duda que os surja al respecto. Podéis enviarnos un mensaje a través de facebook. Porque JUNTOS parece menos complicado.

26/03/2020

NEXO FAMILIA
Os habíamos comentado que en cuanto tuviéramos noticias sobre el pronunciamiento de la Junta de Jueces de JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA DE VALENCIA en cuanto al cumplimiento del Régimen de Visitas de Menores os las comunicaríamos.

Pues bien, llegó lo que tanto abogados de familia como padres y madres estábamos esperando hace días, varios días……….vamos a resumir sus criterios con el fin de que sean de fácil comprensión y finalmente os daremos nuestra recomendación;

- VISITAS EN PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR; Mientras permanezcan cerrados los Puntos de Encuentro Familiar no se llevarán a cabo las visitas derivadas al mismo, al no ser posible su cumplimiento con las garantías acordadas.

- CUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE VISITAS; Como regla general mantienen el cumplimiento de los regímenes de visitas y comunicaciones familiares, sin perjuicio de los ACUERDOS a los que progenitores puedan llegar siempre velando por el interés del menor, debiendo comunicarse entre ellas cualquier cuestión de relevancia que afecte al cumplimiento y desarrollo de las visitas.

- VISITAS DE CORTA DURACIÓN INTERSEMANALES; se suspenderán las visitas de corta duración intersemanales, sin pernocta, para evitar este tipo de desplazamiento en esta situación de riesgo y contagio. Y se hace incapié en que deberá garantizarse por la persona a cuya guarda se encuentre el menor, una comunicación con el progenitor o familiar con derecho a la visita, durante ese periodo de visita presencial suspendida, preferentemente por vía telemática que permita la visualización de otro progenitor o familiar (WhatsApp, Facetime, Skype…) y, de no ser posible, por vía telefónica.

- La vía del Art 158 del Código Civil; Aclaran que no queda suspendida por el estado de alarma pero también advierten de su excepcionalidad y que por ello, la utilización de esta vía debe reservarse para casos de peligro o perjudiciales para el menor.
Lo que tenemos que tener en cuenta es que no se entiende como situación de riesgo para el menor que esté confinado con uno de los progenitores o que uno de los progenitores interrumpa el régimen ordinario de comunicaciones y estancias.

- DEMANDAS DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA POR INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE VISITAS.- Se tramitarán una vez termine el estado de alarma porque en estos casos sí se interrumpen los plazos.

Así las cosas

NEXO RECOMIENDA.-

- Ante todo volvemos a apelar al SENTIDO COMÚN por parte de los progenitores.

- Estando a punto de terminar los primeros 14 días de confinamiento, que el menor permanezca hasta que éstos terminen, con el progenitor con quien ha convivido desde el inicio del estado de alarma.

- Que una vez terminada ésta primera parte de cuarentena, y siempre y cuando los progenitores no hayan podido llegar a un acuerdo respecto a la forma de realizar el menor las visitas, se cumpla la sentencia que las fije, a excepción de las visitas intersemanales sin pernocta. Y volvemos a recordar que debe garantizarse por la persona a cuya guarda se encuentre el menor, una comunicación con el progenitor o familiar con derecho a la visita, durante ese periodo de visita presencial suspendida.

El cumplimiento de dicha sentencia se recomienda siempre y cuando no ocasione un grave riesgo para la salud del menor.
P. ejemplo que uno de los progenitores o alguien del entorno esté o haya estado contagiado y tenga que cumplir aislamiento.

- Para el caso de que el menor se encuentre en una situación real de grave riesgo para su salud, podremos acudir a la vía EXCEPCIONAL que recoge el art 158 del Código Civil,y debemos acreditar que dicha situación existe.

Esperamos haber podido ayudaros en momentos tan difíciles y quedamos a vuestra disposición para el caso de que os surja alguna duda en concreto.

Buenas tardes, desde el área emocional os queremos dejar una pequeña guía práctica para estos días de confinamiento.. No...
23/03/2020

Buenas tardes, desde el área emocional os queremos dejar una pequeña guía práctica para estos días de confinamiento.. Nos la facilita, y nos da permiso para difundir, una compañera desde Barcelona. Es de lo mejor que he visto estos días donde tanto se está hablando y llueve información contradictoria para niñ@s de primaria. Esperamos que os sea útil.

20/03/2020

Ayer nos comprometimos a informaros sobre cualquier novedad judicial en cuanto al REGIMEN DE VISITAS
Pues bien el Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy mismo que " corresponde al juez decidir en cada caso sobre la modificación del régimen de custodia, visitas y estancias acordado en los procedimientos de familia".

Así las cosas y sin tener comunicación oficial sobre unidad de criterio en los jueces de familia en nuestra comunidad, nos remitimos a nuestro post de ayer.

Actuemos con RESPONSABILIDAD Y SENTIDO COMÚN, porque la solución en esta situación excepcional la tenéis los progenitores.

Recordad igualmente que para casos en los que el menor esté en situación de riesgo podremos dirigirnos al Juzgado de familia basándonos en el art 158 del Código Civil.

Estamos a vuestra disposición para cualquier duda que os pueda surgir.

Seguiremos informando.

ÁNIMO PARA TODOS.

19/03/2020

Sois muchas las personas divorciadas o separadas con hijos que nos habéis trasladado dudas sobre el cumplimiento de las visitas de los menores mientras dure el estado de alarma.
La duda no es baladí, y tenemos que deciros que no existe unidad de criterio en los Juzgados Españoles, hay jueces que entienden que deben suspenderse quedando el menor con el progenitor con quien ha comenzado la cuarentena y otros que se deben seguir cumpliendo.
Desde NEXO y ante el estado de excepcionalidad que estamos viviendo, entendemos que hay que apelar al SENTIDO COMÚN. En los procedimientos de familia existe una máxima y es proteger el interés del menor, y entendemos que vosotros,los PADRES sois los más interesados en que esto suceda.
Por ello, lo ideal sería que encontrárais una forma de cumplir estas visitas pensando en los menores .
Si ningún ciudadano puede salir a la calle, salvo en casos excepcionales, debemos pensar que nuestros hijos estarán seguros pasando la cuarentena donde la comenzaron y no de casa en casa con los riesgos que puede conllevar. Además haciéndolo de éste modo, evitamos poner en riesgo de contagio a los dos progenitores.
Pensemos que no están con un extraño, si no con su padre o madre…
Es cierto que habrá casos excepcionales, siempre y cuando el menor esté en riesgo, en los que sí deberá intervenir un Juzgado para esclarecer el mismo, para ello contamos con un procedimiento con base en el art 158 del Código Civil que nos dará acceso a la vía judicial, con ellos queremos deciros que no estamos desamparados judicialmente para el caso en que se de una situación grave que necesita una respuesta judicial rápida.
Dicho lo anterior, y ante la falta de UNIDAD de criterio en los Tribunales queremos daros nuestro punto de vista con el fin de poder ayudaros;

NEXO ACONSEJA;

Que los menores cumplan la cuarentena en el domicilio y con el progenitor con quien la comenzó. Durante este tiempo de 14 días el progenitor con quien conviva el menor, deberá facilitar al otro progenitor las facilidades que tenga a su alcance como videollamadas, conexiones por skype….con el fin de que pueda contactar con el menor.
Para que no resulte complicado de entender, estaríamos en la misma situación que se da con las vacaciones de verano. En este caso, estamos sin ver a los menores 14 días y tenemos contacto con ellos vía telefónica….

Una vez pasados estos primeros días de cuarentena, deberemos estar a las medidas que puedan tomar las autoridades y una vez conozcamos éstas, y los riesgos que existan o no para el menor, podríamos retomar las visitas que tenemos acordadas mediante sentencia.

Los progenitores que no habéis pasado estos días con los menores, podréis recuperarlos más adelante, fórmulas y soluciones hay muchas y con voluntad por ambas partes, que es a lo que apelamos en esta situación tan excepcional, todo tiene solución.

Sabemos que son días duros y complicados , con lo que tendremos que ir resolviendo situaciones a la medida en que se nos van dando.

Desde NEXO, nos ponemos a vuestra disposición con el fin de acompañaros durante este estado de alarma e ir dando respuesta a vuestras dudas. Garantizamos informaros de cualquier novedad para el caso de que se den directrices judiciales.

27/05/2019

Desde el área emocional queremos destacar la noticia publicada por Public Health England (PHE). En la investigación llevada a cabo por esta entidad, los datos obtenidos permiten afirmar que el 29% de los niños en el Reino Unido viven con un padre que ha mostrado síntomas de estrés emocional. El porcentaje aumenta cuando uno o ambos padres se encuentran en situación de desempleo.
El estrés emocional en uno de los padres se asocia con un mayor riesgo de que los niños padezcan en un futuro problemas de comportamiento y/o emocionales.
Sí bien no todos los niños que están sometidos a estas condiciones familiares acaban desarrollando un trastorno, desde Nexo Asesoría Jurídico Emocional creemos en la importancia de brindar el apoyo adecuado en la prevención y la intervención temprana.

Las Provincias se hace eco del MÉTODO NEXO en el Dia internacional de la Familia.
15/05/2019

Las Provincias se hace eco del MÉTODO NEXO en el Dia internacional de la Familia.

14/03/2019

Buenas tardes, después de mucho trabajo y esfuerzo queremos presentaros nuestro nuevo proyecto. Confiamos en que nos ayudéis a crecer ya que, cada uno de vosotros, formáis parte de Nexo.

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