29/10/2020
¿Te han inscrito en un fichero de morosos? Nosotros podemos ayudarte y obtener una indemnización a tu favor.
Uno de los problemas y de litigios que han aumentado en los últimos años, son los asuntos
derivados por la inclusión en los ficheros de solvencia patrimonial (comúnmente denominados
ficheros de morosos), ya sea por no abonar facturas reclamadas por servicios de telefonía, facturas de suministros, créditos, productos de Renting de vehículos, etc…
Normalmente, tras una controversia sobre los servicios prestados, por ejemplo, por cargos
injustificados en facturas, servicios no contratados, …, muchas empresas proceden sin más a la
inclusión de la deuda en los ficheros de solvencia patrimonial como medida de presión para el
pago, incumpliendo en muchos de los casos la normativa al respecto, vulnerando los derechos de
los consumidores y usuarios.
A este respecto, por un lado, la Ley 1/82 de 5 de mayo, BOE nº 115 , de protección civil del
derecho al honor, regula en su artículo primero el derecho fundamental al honor, a la intimidad
personal y familiar, y a la propia imagen, protegiendo cualquier intromisión ilegitima al respecto, estableciendo el su artículo 9 las medidas judiciales que se pueden instar en una demanda, tales como solicitar la exclusión de esa deuda de los ficheros de solvencia, y por supuesto, obtener una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
Para saber si podemos obtener una indemnización por esa intromisión ilegítima, debemos acudir
a los artículos 38 y siguientes del RD 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento
de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre ,de protección de datos de carácter personal, debiendo
cumplir los siguientes 3 requisitos:
1º.- La deuda debe ser cierta, vencida y exigible, no debiendo existir controversia sobre la
misma.
2º.- Que no hayan transcurrido 6 años desde la fecha en que hubo de protegerse el pago de
la deuda.
3º.- Requerimiento previo de pago fehaciente, no siendo válida una simple carta remitida al domicilio.
Te recomendamos que, ante la reclamación de cualquier factura, si no estás conforme con la misma remitas reclamación por escrito y que te pongas en contacto con nosotros.
SI quieres más información no dudes en ponerte en contacto con nosotros.