24/01/2025
Importante medida poco conocida a la cual se pueden acoger los negocios que tengan arrendado el local afectado por la DANA
La DANA que ha afectado a varias zonas de España, especialmente la Comunidad Valenciana, ha causado no solo daños materiales, sino también una crisis económica para muchos negocios.
Ante esta situación, la cláusula rebus sic stantibus se presenta como una herramienta jurídica clave para renegociar contratos de arrendamiento que se han vuelto inviables debido a circunstancias extraordinarias, imprevisibles e inevitables, como las causadas por la DANA.
Aunque no está expresamente en el Código Civil español, esta cláusula ha sido consolidada por la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo.
Para invocar la cláusula, es necesario que se cumplan ciertos requisitos en este caso en la mayoría de los casos se dan:
alteración extraordinaria de las circunstancias,
lo imprevisible de la medida,
desproporción que haga el cumplimiento contractual excesivamente oneroso.
Además, es importante actuar con rapidez y buena fe por parte de los arrendatarios, ya que los tribunales pueden ver la falta de diligencia como un obstáculo para aplicar la cláusula.
Sectores como la hostelería, el turismo y el comercio minorista son entre otros los más afectados por la DANA y por tanto se podrían beneficiar de esta herramienta para renegociar contratos de arrendamiento o financiación.
En resumen, la cláusula rebus sic stantibus puede ser útil para que las empresas afectadas por la DANA reestructuren sus contratos y deudas, pero su aplicación requiere rapidez, buena fe y asesoría legal especializada.
Es una herramienta para la supervivencia empresarial que requiere de un buen asesoramiento jurídico para garantizar el éxito de dicha medida.
Nuestro despacho está a vuestra disposición para cualquier información que deseen ampliar.