Alonso & Suarez LEGAL.

Alonso & Suarez LEGAL. Abogados especializados en trámites de Extranjería, Tramitamos desde Valencia, para toda España Especialistas en tramites de Extranjería y Nacionalidad.

TRAMITAMOS DIRECTAMENTE (SIN CITAS NI PERSONACIONES) PARA TODA ESPAÑA, A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA HABILITADA PARA EL COLEGIO DE ABOGADOS TODOS LOS TRAMITES RELATIVOS A RESIDENCIAS COMUNITARIAS, ARRAIGOS, ESTANCIAS POR ESTUDIOS , REAGRUPACIONES...

Podemos ayudarte a reunir a tu familia!Un proceso rápido y efectivo
27/05/2026

Podemos ayudarte a reunir a tu familia!
Un proceso rápido y efectivo

LA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA, EN MARCHA HASTA EL 31/06/2026 ¿A quién va dirigida?La medida se aplicaría a personas q...
26/05/2026

LA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA, EN MARCHA HASTA EL 31/06/2026

¿A quién va dirigida?
La medida se aplicaría a personas que viven en España sin permiso legal y que:
ENCONTRARSE EN ESPAÑA antes del 31 de diciembre de 2025 en el país.
Puedes demostrar al menos 5 meses de residencia continuada antes de tramitar.
• NO ES NECESARIO presentar certificado de
empadronamiento.
* NO TENER ANTECEDENTES PENALES
•⁠ ⁠Se puede presentar hasta el próximo 30/06/2026
- EL TIEMPO EN ESPAÑA puede acreditarse con documentos oficiales o privados (padrón, facturas, informes médicos, billetes, etc.) para facilitar que quienes trabajan informalmente también puedan demostrar estancia.
📃 ¿Qué obtienen los que se regularicen?
Si se acepta la solicitud, la persona podría recibir:
Permiso de residencia legal.
Permiso de trabajo válido en todo el territorio y cualquier sector.
La autorización inicial duraría alrededor de 1 año, y luego podría integrarse en las vías ordinarias de extranjería.
Además, mientras se tramita la solicitud, se suspenden las expulsiones y órdenes de deportación vinculadas a la situación irregular.

Contáctanos! Podemos resolver tu situación
Tramitamos desde Valencia para toda España.
Alonso & Suarez Asociados
Calle Colón, 42- 3 pta.7
46004- Valencia
TLEF./WHATSSAP 722 22 79 35

Todo sigue su curso y los plazos se van cumpliendo. Queda hasta el 30/6/2026 para optar a la regularización
25/05/2026

Todo sigue su curso y los plazos se van cumpliendo. Queda hasta el 30/6/2026 para optar a la regularización

PRIMER INICIO PROCEDIMIENTO POR REGULARIZACIÓN, con PERMISO DE TRABAJO Y ALTA EN LOS SERVICIOS DE SALUD!
30/04/2026

PRIMER INICIO PROCEDIMIENTO POR REGULARIZACIÓN, con PERMISO DE TRABAJO Y ALTA EN LOS SERVICIOS DE SALUD!

¿A quién va dirigida?La medida se aplicaría a personas que viven en España sin permiso legal y que:ENCONTRARSE EN ESPAÑA...
02/02/2026

¿A quién va dirigida?
La medida se aplicaría a personas que viven en España sin permiso legal y que:
ENCONTRARSE EN ESPAÑA antes del 31 de diciembre de 2025 en el país.
Puedes demostrar al menos 5 meses de residencia continuada antes de tramitar.
• NO ES NECESARIO presentar certificado de
empadronamiento.
* NO TENER ANTECEDENTES PENALES
•⁠ ⁠Se puede presentar hasta el próximo 30/06/2026
- EL TIEMPO EN ESPAÑA puede acreditarse con documentos oficiales o privados (padrón, facturas, informes médicos, billetes, etc.) para facilitar que quienes trabajan informalmente también puedan demostrar estancia.
📃 ¿Qué obtienen los que se regularicen?
Si se acepta la solicitud, la persona podría recibir:
Permiso de residencia legal.
Permiso de trabajo válido en todo el territorio y cualquier sector.
La autorización inicial duraría alrededor de 1 año, y luego podría integrarse en las vías ordinarias de extranjería.
Además, mientras se tramita la solicitud, se suspenden las expulsiones y órdenes de deportación vinculadas a la situación irregular.
Contáctanos! Podemos resolver tu situación
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1. ¿Qué es el arraigo social y qué finalidad tiene?Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepci...
13/01/2026

1. ¿Qué es el arraigo social y qué finalidad tiene?
Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, dirigida a personas extranjeras que llevan tiempo de forma irregular en España y que pueden demostrar integración en la sociedad, ya sea mediante vínculos familiares o un informe institucional
2. Principales novedades desde mayo de 2025
⏱ Reducción del tiempo de residencia
Antes: 3 años.
Ahora: 2 años de residencia continuada en España, admitiéndose hasta 90 días de ausencia en ese periodo. El tiempo como solicitante de asilo no se contabiliza salvo casos específicos
Medios económicos en lugar de contrato de trabajo
Ya no se exige un contrato laboral como requisito obligatorio.
Es necesario acreditar medios económicos suficientes, que pueden provenir de ingresos propios, familiares con residencia legal, o actividades por cuenta propia
Integración o vínculo familiar
Si tienes familiares directos residentes legales (cónyuge, pareja registrada, padres o hijos), lo indicas como vínculo.
Si no, debes presentar un informe de integración social emitido por tu Ayuntamiento o Comunidad Autónoma, que valore tu participación y arraigo social
3. Duración de la autorización
El permiso otorgado tiene una duración inicial de 1 año, prorrogable si se siguen cumpliendo los requisitos
4. Situación de solicitantes de protección internacional
El tiempo como solicitante de asilo no se computa dentro de los dos años exigidos para el arraigo.
Como excepción temporal (durante un año), aquellos con denegación firme de asilo pueden acceder al arraigo tras sólo 6 meses” de residencia irregular
5. Críticas y defensa del reglamento
Varias ONGs (como Apdhe y Coordinadora de Barrios) han recurrido el reglamento ante el Tribunal Supremo, argumentando que dejar fuera el tiempo de espera del asilo duplicaría el tiempo necesario y afectaría la legalidad de más de 200.000 personas
El Ministerio defiende la reforma como un avance que facilita la regularización de hasta 300.000 personas al año, flexibilizando procedimientos y modernizando el sistema
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Nuestros mejores deseos para esta navidad y un 2026 que nos permita luchar por los sueños!
23/12/2025

Nuestros mejores deseos para esta navidad y un 2026 que nos permita luchar por los sueños!

TRAMITAMOS SU NACIONALIDAD DE FORMA INMEDIATA PARA TODA ESPAÑA Y DIRECTAMENTE CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA, A TRAVÉS DE...
25/11/2025

TRAMITAMOS SU NACIONALIDAD DE FORMA INMEDIATA PARA TODA ESPAÑA Y DIRECTAMENTE CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA, A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DEL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA LO QUE SE TRADUCE CON RESOLUCIONES EN MESES.
Y SI TU EXPEDIENTE DE NACIONALIDAD ESTA SUFRIENDO DEMORAS INJUSTIFICADAS, POR ESTE MISMO MEDIO PRESENTAMOS LOS RECURSOS DE IMPULSO, QUE TAN BUENOS RESULTADOS ESTAN DANDO.
El servicio de Expediente de Nacionalidad por residencia nos permite a los Abogados gestionar la nacionalidad por residencia de nuestros representados.
Este servicio surge del Convenio firmado entre el Consejo General de la Abogacía Española y el Ministerio de Justicia para habilitar que los abogados puedan presentar electrónicamente las solicitudes de nacionalidad española por residencia en representación de los interesados.
Estos expedientes podrán gestionarlos a través de la plataforma del Consejo General de la Abogacía Española. Los Colegios de Abogados revisarán y cotejarán la documentación que el abogado gestione telemáticamente en representación de sus clientes.
Una vez cotejada toda la información y tras su visto bueno, el Colegio de Abogados a través de la plataforma enviará toda la documentación al Ministerio de Justicia para la tramitación del expediente.
En la plataforma se generará un número de registro del Ministerio para posteriormente llevar el control del Expediente en la Web del Ministerio. Este sistema, agiliza la tramitación de los expedientes tanto para los abogados como para sus representados, reduciendo a meses el tiempo de respuesta de la resolución del expediente.
Contáctanos! Podemos resolver tu situación.
Tramitamos desde Valencia para toda España, a través de la plataforma habilitada para el Colegio de Abogados.
Las consultas por este medio, teléfono ó whatssap, son gratuítas.
Alonso & Suarez
Calle Colón 42- 3º Pta 7 Valencia)
Tlef/ whassap 722 22 79 35

Quién puede solicitar la estancia por estudiosLa autorización de estancia por estudios de larga duración puede solicitar...
06/11/2025

Quién puede solicitar la estancia por estudios
La autorización de estancia por estudios de larga duración puede solicitarse si deseas realizar:
• Estudios superiores (grado, máster, doctorado).
• Formación profesional reconocida, estudios de secundaria postobligatoria.
• Movilidad de alumnos (programas de intercambio), prácticas no laborales, formación técnica profesional regulada, servicios voluntarios u otras actividades formativas reconocidas.
Procedimiento desde España
Si estás en España de forma legal (ej. como turista o con residencia válida), puedes solicitar la estancia sin necesidad de regresar a tu país, siempre que:
• Queden mínimo 60 días de estancia legal;
• Se presente con suficiente antelación al inicio del curso

Estancia para familiares
Si cursas estudios superiores o formación sanitaria especializada, puedes solicitar autorización para:
• Cónyuge o pareja de hecho,
• Hijos menores de 18 años o con discapacidad
Conclusión
La nueva regulación representa un gran avance en términos de seguridad jurídica, flexibilidad y facilidades para estudiantes internacionales. Desde la posibilidad de solicitar desde España, compatibilizar con empleo, incluir a la familia, hasta la opción de cambiar a residencia y trabajo, el nuevo modelo se adapta mejor a las necesidades reales.
Si necesitas asesoramiento personalizado para gestionar tu estancia por estudios, te ofrecemos una atención profesional, rápida y garantizada.
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