21/04/2020
ESTADO DE ALARMA III
Las noticias de cada día, nos informan de la cantidad de ciudadanos que han sido sancionados por no cumplir el estado de confinamiento impuesto por el estado de Alarma.
Solo está permitido salir de casa en supuestos muy claros, como son el comprar alimentos y medicinas, para ir a trabajar y sacar a el perro o poder asistir a familiares impedidos que necesiten de nuestro apoyo.
Se está dando el caso de personas, que pese a tener un motivo para salir de casa, cuando son interceptados por la fuerza pública, o bien no disponen de los documentos pertinentes en ese momento, para demostrar el motivo por el que han salido de su hogar, o bien los agentes de la autoridad consideran que el motivo aducido por el ciudadano no se ajusta a lo establecido en la normativa del estado de alarma.
En estos casos, la autoridad procede a imponer una sanción administrativa (multa)
Y a obligar a volver a su domicilio a la persona interceptada, pero en algunos casos, hay personas que no lo aceptan y alterados por la situación, acaban insultando y resistiéndose a cumplir lo que la policía les impone y en algunas ocasiones, ha habido agresiones entre ciudadanos y agentes de la autoridad.
Esto no es más que un terrible error, puesto, que en lo que en principio no era más que una falta administrativa, se convierte en un delito de atentado o resistencia a la autoridad, castigado con p***s de prisión.
En estos casos, hay que intentar no alterarse y sino podemos convencer a la autoridad, de que si tenemos un motivo legal para estar en la vía pública, recogemos la multa y con posterioridad, recurriremos la misma ante la administración de justicia y si realmente teníamos motivo para saltarnos el confinamiento tenemos muchas probabilidades de que se nos retire la multa, pero sino somos capaces de mantener la calma, nos veremos envueltos en un proceso penal, cuyas consecuencias negativas serán mucho peor que la multa impuesta.