Vincit Abogados

Vincit Abogados VINCIT ABOGADOS es un despacho jurídico en Valencia, de amplia experiencia y especializado en derec

🚨🛎️𝗧𝗲𝗼𝗿í𝗮 𝗱𝗲𝗹 𝗽𝗮𝗿𝗲́𝗻𝘁𝗲𝘀𝗶𝘀 y cumplimiento de la 𝗰𝗮𝗿𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗲𝘀𝗽𝗲𝗰í𝗳𝗶𝗰𝗮 para acceder a la 𝗝𝘂𝗯𝗶𝗹𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝘀𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝘀𝗶𝘁𝘂𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗮𝘀𝗶...
08/12/2025

🚨🛎️𝗧𝗲𝗼𝗿í𝗮 𝗱𝗲𝗹 𝗽𝗮𝗿𝗲́𝗻𝘁𝗲𝘀𝗶𝘀 y cumplimiento de la 𝗰𝗮𝗿𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗲𝘀𝗽𝗲𝗰í𝗳𝗶𝗰𝗮 para acceder a la 𝗝𝘂𝗯𝗶𝗹𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝘀𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝘀𝗶𝘁𝘂𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗮𝘀𝗶𝗺𝗶𝗹𝗮𝗱𝗮 𝗮𝗹 𝗮𝗹𝘁𝗮. ⁣

👁️𝗦𝗲𝗻𝘁𝗶𝗱𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗲𝘀𝗮𝗻𝘁𝗲 𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗰𝗼𝗺𝗲𝗻𝘁𝗮𝗱𝗮: La sentencia STSJ CV 3968/2025, Sala de lo Social Nº Rec.: 3501/2024, de 04/11/2025 estima recurso suplicación de la trabajadora, al denegar el INSS su pensión de jubilación, ratificada por JS Benidorm, por considerar que no cumplía el requisito específico al menos 2 años de cotización en los últimos 15 años; siendo finalmente reconocida su pensión al aplicarse la doctrina de la teoría del paréntesis.⁣
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🤚𝗥𝗲𝗾𝘂𝗶𝘀𝗶𝘁𝗼 𝗰𝗮𝗿𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗲𝘀𝗽𝗲𝗰í𝗳𝗶𝗰𝗮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗷𝘂𝗯𝗶𝗹𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗔𝗿𝘁. 𝟮𝟬𝟱.𝟭.𝗯 𝗟𝗚𝗦𝗦: "1. Tendrán derecho a la pensión de jubilación …..En los supuestos de pensión de jubilación desde situación asimilada al alta, el período de 2 años deberá estar comprendido dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha en que cesó la obligación de cotizar."⁣

🙇‍♂️𝗦𝗶𝘁𝘂𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗮𝘀𝗶𝗺𝗶𝗹𝗮𝗱𝗮 𝗮𝗹 𝗮𝗹𝘁𝗮 𝗱𝗲𝘀𝗱𝗲 𝗱𝗲𝘀𝗲𝗺𝗽𝗹𝗲𝗼 𝗱𝗲𝗹 𝗮𝗿𝘁í𝗰𝘂𝗹𝗼 𝟯𝟲 𝗥𝗲𝗮𝗹 𝗗𝗲𝗰𝗿𝗲𝘁𝗼 𝟴𝟰/𝟭𝟵𝟵𝟲: "1. Continuarán en RGSS pero en situación asimilada a la de alta ...., quienes, se encuentren en .....: 1. La situación legal de desempleo, total y subsidiado, y la de paro involuntario una vez agotada la prestación, contributiva o asistencial, siempre que en tal situación se mantenga la inscripción como desempleado en la oficina de empleo"⁣

🏛️𝗧𝗲𝗼𝗿í𝗮 𝗱𝗲𝗹 𝗣𝗮𝗿𝗲́𝗻𝘁𝗲𝘀𝗶𝘀: Acuñada por las SSTS de 29 de mayo de 1992, rec. 1996/91 o de 1 de julio 1993, rec. 1679/92; y la STS 14-4-2000 (rcud 1721/1999): "Para que exista situación asimilada al alta es necesario que la inscripción como demandante de empleo se mantenga sin interrupciones … la situación asimilada de paro involuntario supone el mantenimiento de la voluntad de incorporación al trabajo tras el agotamiento de la prestación o el subsidio de desempleo ...”⁣
⁣⁣
✍️𝗖𝗶𝗿𝗰𝘂𝗻𝘀𝘁𝗮𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝗰𝗮𝘀𝗼: La actora cesó en el último trabajo en fecha 1-9-2004, sin que se inscribiera como demandante de empleo hasta el 21-6-2012, casi 8 años sin demanda de empleo, pero desde entonces permaneció inscrita ininterrumpidamente hasta la solicitud de la pensión de jubilación el 6-2-2024, más de 11 años y 8 meses. Aplicando la teoría del paréntesis, la actora SI reúne la carencia específica de 730 días, con Dº a pensión de jubilación, dado que computa la carencia específica de 2 años de cotización desde el 21-6-2012 hacia atrás los quince años, esto es hasta el 21-6-1997. ⁣

👨‍🎓Véase la 𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗦𝗧𝗦𝗝 𝗖𝗩 𝟯𝟵𝟲𝟴/𝟮𝟬𝟮𝟱, 𝗦𝗮𝗹𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗼 𝗦𝗼𝗰𝗶𝗮𝗹 𝗡º 𝗱𝗲 𝗥𝗲𝗰𝘂𝗿𝘀𝗼: 𝟯𝟱𝟬𝟭/𝟮𝟬𝟮𝟰, 𝗱𝗲 𝗳𝗲𝗰𝗵𝗮 𝟬𝟰/𝟭𝟭/𝟮𝟬𝟮𝟱 𝘆 𝗡º 𝗱𝗲 𝗥𝗲𝘀𝗼𝗹𝘂𝗰𝗶𝗼́𝗻: 𝟮𝟴𝟳𝟳/𝟮𝟬𝟮𝟱 [https://lnkd.in/edbrwAzc]

🥇🛎️👌𝗡𝗼 𝗶𝗺𝗽𝗶𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗱𝗲𝗰𝗹𝗮𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗜𝗻𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗣𝗲𝗿𝗺𝗮𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲 Total del trabajador aunque las 𝗹𝗲𝘀𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗻𝗼 𝘀𝗲𝗮𝗻 𝘀𝗼𝗻 𝗱𝗲𝗳𝗶𝗻𝗶𝘁𝗶𝘃𝗮𝘀...
16/11/2025

🥇🛎️👌𝗡𝗼 𝗶𝗺𝗽𝗶𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗱𝗲𝗰𝗹𝗮𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗜𝗻𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗣𝗲𝗿𝗺𝗮𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲 Total del trabajador aunque las 𝗹𝗲𝘀𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗻𝗼 𝘀𝗲𝗮𝗻 𝘀𝗼𝗻 𝗱𝗲𝗳𝗶𝗻𝗶𝘁𝗶𝘃𝗮𝘀 si se está 𝗽𝗲𝗻𝗱𝗶𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗱𝗲 𝘁𝗿𝗮𝘁𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 por Neurocirugía 𝗽𝗲𝗿𝗼 𝗻𝗼 𝗰𝗼𝗻𝘀𝘁𝗮 𝘁𝗿𝗮𝘁𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗮 𝗰𝗼𝗿𝘁𝗼 𝗽𝗹𝗮𝘇𝗼, y apareciendo la posibilidad de 𝗺𝗲𝗷𝗼𝗿í𝗮 𝗰𝗼𝗺𝗼 𝗶𝗻𝗰𝗶𝗲𝗿𝘁𝗮 o a largo plazo. ⁣

🔥Así es, nuestro cliente padecía 𝗰𝗶𝗮𝘁𝗮𝗹𝗴𝗶𝗮 𝗲𝗹 𝘀í𝗻𝗱𝗿𝗼𝗺𝗲 𝗽𝗶𝗿𝗮𝗺𝗶𝗱𝗮𝗹 𝘆 𝗲𝗹 𝘀í𝗻𝗱𝗿𝗼𝗺𝗲 𝗺𝗶𝗼𝗳𝗮𝘀𝗰𝗶𝗮𝗹, siéndole declarada la IPT por el INSS con etiología profesional por AT. ⁣

🙇‍♂️La Mutua de AP EP impugnaba no solo la etiología de la contingencia profesional, sino la entidad misma de las limitaciones y secuelas como acreedora de una Incapacidad permanente Total para la profesión habitual del trabajador. ⁣

✅Sin embargo, tras la intervención de este despacho, 𝗩𝗶𝗻𝗰𝗶𝘁 𝗮𝗯𝗼𝗴𝗮𝗱𝗼𝘀, es 𝗰𝗼𝗻𝗳𝗶𝗿𝗺𝗮𝗱𝗮 𝗹𝗮 𝗜𝗻𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗣𝗲𝗿𝗺𝗮𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗧𝗼𝘁𝗮𝗹 para la profesión habitual, derivada de 𝗔𝗰𝗰𝗶𝗱𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗱𝗲 𝗧𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗼 de nuestro cliente como 𝗰𝗼𝗻𝗱𝘂𝗰𝘁𝗼𝗿 𝗔𝗗𝗥 𝘆 𝗹𝗮𝗯𝗼𝗿𝗲𝘀 𝗱𝗲 𝗰𝗮𝗿𝗴𝗮 𝘆 𝗱𝗲𝘀𝗰𝗮𝗿𝗴𝗮.⁣

👨‍🎓La 𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 del Juzgado de lo Social de Valencia 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲 𝗰𝗼𝗻𝘀𝘂𝗹𝘁𝗮𝗿𝘀𝗲 𝗮𝗾𝘂í [https://goo.su/kogg]

🏛️Puede 𝗰𝗼𝗻𝘀𝘂𝗹𝘁𝗮𝗿𝘀𝗲 la 𝗻𝗼𝘁𝗮 𝗹𝗲𝗴𝗮𝗹 al efecto, y el texto de la Sentencia JS10 de Valencia, de 22 de Octubre de 2025, aquí: [https://goo.su/sgkb]


#𝗩𝗶𝗻𝗰𝗶𝘁𝗔𝗯𝗼𝗴𝗮𝗱𝗼𝘀 #𝗹𝗮𝗯𝗼𝗿𝗮𝗹 #𝗜𝗻𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱 ⁣

📮🌅Los 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗲𝘀 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗘𝗧𝗧 ya tienen derecho a la misma 📍𝗺𝗲𝗷𝗼𝗿𝗮 𝘃𝗼𝗹𝘂𝗻𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮 𝗽𝗼𝗿 𝗶𝗻𝗱𝗲𝗺𝗻𝗶𝘇𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 prevista como mejora vo...
14/09/2025

📮🌅Los 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗲𝘀 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗘𝗧𝗧 ya tienen derecho a la misma 📍𝗺𝗲𝗷𝗼𝗿𝗮 𝘃𝗼𝗹𝘂𝗻𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮 𝗽𝗼𝗿 𝗶𝗻𝗱𝗲𝗺𝗻𝗶𝘇𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 prevista como mejora voluntaria en el 🚩𝗰𝗼𝗻𝘃𝗲𝗻𝗶𝗼 𝗰𝗼𝗹𝗲𝗰𝘁𝗶𝘃𝗼 por situación de 𝗜𝗣𝗧 𝗱𝗲𝗿𝗶𝘃𝗮𝗱𝗮 de un 🪓𝗮𝗰𝗰𝗶𝗱𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗱𝗲 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗼.⁣

🌏𝗡𝘂𝗲𝘃𝗮 𝗱𝗼𝗰𝘁𝗿𝗶𝗻𝗮 𝗱𝗲𝗹 𝗧𝗿𝗶𝗯𝘂𝗻𝗮𝗹 𝗦𝘂𝗽𝗿𝗲𝗺𝗼: STS 3379/2025, Sala de lo Social de 02/07/2025, Nº de Recurso: 4218/2023, casa y anula la sentencia recurrida STSJ CV 5469/2023, y condena a la ETT, a pagar la indemnización por el accidente de trabajo del que deriva el reconocimiento de incapacidad permanente total. ⁣

🧭𝗡𝗼𝘃𝗲𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗼𝗰𝘁𝗿𝗶𝗻𝗮𝗹: Ahora, los trabajadores de una ETT, tienen derecho a percibir la indemnización prevista como mejora voluntaria en el convenio colectivo aplicable cuando es declarado en situación de IPT derivada de un accidente de trabajo.⁣

🌐𝗣𝗿𝗲𝗰𝗲𝗱𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗱𝗲 𝗶𝗻𝘀𝘁𝗮𝗻𝗰𝗶𝗮: La sentencia del juzgado de lo social desestimó la demanda, porque entendía que esa indemnización no podía considerarse como una remuneración. ⁣

🏛️𝗣𝗿𝗲𝗰𝗲𝗱𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗱𝗲 𝗦𝘂𝗽𝗹𝗶𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻: La sentencia de la Sala Social del TSJ de Valencia 857/2023, de 22 de marzo, rec. 1844/2022, desestima el recurso de suplicación del trabajador y confirma en sus términos la de instancia. ⁣

🏗️𝗜𝗻𝘁𝗲𝗿𝗽𝗿𝗲𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗻𝗼𝗿𝗺𝗮 𝗮𝗰𝘁𝘂𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗱𝗮: El art. 11.1 de la Ley 14/1994, de 1 de junio, que regula las ETT, no incluía dentro del concepto jurídico de remuneración una indemnización de esa naturaleza pactada, como mejora voluntaria en el convenio colectivo de la empresa usuaria.⁣

🏪𝗔𝗰𝘁𝘂𝗮𝗹𝗶𝘇𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗱𝗼𝗰𝘁𝗿𝗶𝗻𝗮 𝗲 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗽𝗿𝗲𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗻𝗼𝗿𝗺𝗮𝘁𝗶𝘃𝗮: del art. 11 de la Ley 14/1994 y la doctrina de la STS de 18 de marzo de 2004, rcud. 23/2003⁣

⛩️𝗟𝗮 𝗰𝗹𝗮𝘃𝗲: el concepto de remuneración es amplio y comprende cualquier tipo de contraprestación con valor económico que el trabajador percibe de la empresa (STS 930/2020, de 20 de octubre) y cabe calificar como condiciones esenciales de trabajo y empleo las mejoras voluntarias de seguridad social. ⁣

🌋𝗣𝗿𝗲𝗰𝗲𝗱𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗱𝗼𝗰𝘁𝗿𝗶𝗻𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗮𝗽𝗼𝘆𝗼: STS 466/2025, de 27 de mayo (rcud. 673/2023): en el concepto de "condiciones esenciales de trabajo y empleo" del art. 11 de la LETT y del art. 5 de la Directiva 2008/104 queda comprendía la remuneración que la persona cedida debe percibir, y que el concepto de remuneración ha de ser interpretado de forma amplia por lo que debe incluir también las mejoras voluntarias que puedan contemplar los convenios de las empresas usuarias. ⁣

🛎️𝗣𝗮𝗿𝗮 𝗺𝗮𝘆𝗼𝗿 𝗶𝗻𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻, no dude en contactar con nosotros bien mediante correo electrónico 📬[email protected]📭, rellenando el formulario de consultas al final de la página de inicio de esta web, o bien directamente al ☎️teléfono de consultas 663.47.47.59☎️.⁣

🚩📮𝗖𝗼𝗻𝗱𝗲𝗻𝗮 𝗹𝗮 𝗖𝗼𝗻𝘀𝗲𝗹𝗹𝗲𝗿í𝗮 𝗱𝗲 𝗦𝗮𝗻𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗚𝗲𝗻𝗲𝗿𝗮𝗹𝗶𝘁𝗮𝘁 𝗩𝗮𝗹𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝗻𝗮 𝗮𝗹 𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗱𝗲 𝗱𝗮ñ𝗼𝘀 𝘆 𝗽𝗲𝗿𝗷𝘂𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗮 𝘂𝗻𝗮 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗮 𝘀𝗮𝗻𝗶𝘁𝗮𝗿...
07/09/2025

🚩📮𝗖𝗼𝗻𝗱𝗲𝗻𝗮 𝗹𝗮 𝗖𝗼𝗻𝘀𝗲𝗹𝗹𝗲𝗿í𝗮 𝗱𝗲 𝗦𝗮𝗻𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗚𝗲𝗻𝗲𝗿𝗮𝗹𝗶𝘁𝗮𝘁 𝗩𝗮𝗹𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝗻𝗮 𝗮𝗹 𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗱𝗲 𝗱𝗮ñ𝗼𝘀 𝘆 𝗽𝗲𝗿𝗷𝘂𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗮 𝘂𝗻𝗮 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗮 𝘀𝗮𝗻𝗶𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗮𝗴𝗶𝗮𝗱𝗮 𝗽𝗼𝗿 𝗖𝗼𝘃𝗶𝗱-𝟭𝟵 📍(𝗦𝗧𝗦𝗝 𝗖𝗩 𝟭𝟳𝟳𝟰/𝟮𝟬𝟮𝟱, 𝟭𝟮/𝟬𝟲/𝟮𝟱)📍⁣

🪓𝗔𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗼́𝗻: la sentencia en concreto, STSJ CV 1439/2025, de 12/06/2025, N. de resolución 1774/2025 y N. de recurso 1208/2025, tiene su relevancia en ser 𝗱𝗲 𝗹𝗼𝘀 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿𝗼𝘀 𝗽𝗿𝗼𝗻𝘂𝗻𝗰𝗶𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗷𝘂𝗱𝗶𝗰𝗶𝗮𝗹𝗲𝘀 𝗱𝗲 𝗰𝗼𝗻𝗱𝗲𝗻𝗮 𝗮 𝗹𝗮 𝗮𝗱𝗺𝗶𝗻𝗶𝘀𝘁𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗽𝗼𝗿 𝗿𝗲𝘀𝗽𝗼𝗻𝘀𝗮𝗯𝗶𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗰𝗶𝘃𝗶𝗹 𝗽𝗼𝗿 𝗱𝗮ñ𝗼𝘀 𝘆 𝗽𝗲𝗿𝗷𝘂𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗮 𝘂𝗻𝗮 𝗽𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗮 𝗲𝘅𝗽𝘂𝗲𝘀𝘁𝗮 𝗮𝗹 𝗿𝗶𝗲𝘀𝗴𝗼 𝗽𝗼𝗿 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗮𝗴𝗶𝗼 𝗖𝗼𝘃𝗶𝗱 𝟭𝟵, pese a ser una situación imprevisible y excepcional para la administración sanitaria. ⁣

🛠️𝗜𝗺𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗻𝗰𝗶𝗮 𝘁𝗲́𝗰𝗻𝗶𝗰𝗮: pronunciamiento administrativo previo y firme de la Inspección de Trabajo de condena a la Consellería de Sanidad por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo con imposición de un 30% de recargo de prestaciones. ⁣

🛎️𝗟𝗮 𝗰𝗹𝗮𝘃𝗲: Aquí sí que existe una prueba individual, y no colectiva y presunta, del nexo causal entre el daño producido y el riesgo inaceptable provocado por la culposa ausencia de medios preventivos necesarios no dispensados por la administración empleadora. ⁣

🖍️La 𝘀𝗶𝘁𝘂𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗲𝘅𝗰𝗲𝗽𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗽𝗮𝗻𝗱𝗲𝗺𝗶𝗮, y los pronunciamientos judiciales previos que exoneraban de cualquier responsabilidad a la administración pública, al haber hecho todo lo que estaba en su mano, 𝗻𝗼 𝗲𝘀 𝘀𝘂𝗳𝗶𝗰𝗶𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗲𝘃𝗶𝘁𝗮𝗿 𝗹𝗮 𝗰𝗼𝗻𝗱𝗲𝗻𝗮 𝗮 𝗹𝗮 𝗲𝗻𝘁𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗲𝗺𝗽𝗹𝗲𝗮𝗱𝗼𝗿𝗮. ⁣

☝️Esta sentencia, sienta una 𝗯𝗮𝘀𝗲 𝗻𝗼 𝗱𝗼𝗰𝘁𝗿𝗶𝗻𝗮𝗹 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗳𝘂𝘁𝘂𝗿𝗮𝘀 𝗿𝗲𝗰𝗹𝗮𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 de miles de trabajadores que sufrieron igualmente daños provocados por contagio en la práctica de su trabajo al tiempo de la pandemia Covid-19, si bien debe advertirse la necesaria probanza de la culpa empresarial, y le daño producido derivado de todo ello, amén del juego de la prescripción para la reclamación de dichos daños y perjuicios. ⁣

📬Véase el 𝗰𝗼𝗺𝗲𝗻𝘁𝗮𝗿𝗶𝗼 𝗺𝗮́𝘀 𝗲𝗻 𝗲𝘅𝘁𝗲𝗻𝘀𝗼 en nuestra 𝘄𝗲𝗯 𝘄𝘄𝘄.𝘃𝗶𝗻𝗰𝗶𝘁.𝗲𝘀⁣

La falta de pruebas médicas no puede perjudicar reconocer la Incapacidad Permanente (STSJ GALICIA 2609/2025)🏆🔝𝗟𝗮 𝗳𝗮𝗹𝘁𝗮 𝗱...
22/06/2025

La falta de pruebas médicas no puede perjudicar reconocer la Incapacidad Permanente (STSJ GALICIA 2609/2025)

🏆🔝𝗟𝗮 𝗳𝗮𝗹𝘁𝗮 𝗱𝗲 𝗽𝗿𝘂𝗲𝗯𝗮𝘀 𝗺𝗲́𝗱𝗶𝗰𝗮𝘀 𝗻𝗼 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲 𝗽𝗲𝗿𝗷𝘂𝗱𝗶𝗰𝗮𝗿 𝗿𝗲𝗰𝗼𝗻𝗼𝗰𝗲𝗿 𝗹𝗮 𝗜𝗻𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗣𝗲𝗿𝗺𝗮𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲 (𝗦𝗧𝗦𝗝 𝗚𝗔𝗟𝗜𝗖𝗜𝗔 𝟮𝟲𝟬𝟵/𝟮𝟬𝟮𝟱)🔄⁣

🧏‍♂️Así lo ha reconoce la 𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗱𝗲𝗹 𝗧𝗿𝗶𝗯𝘂𝗻𝗮𝗹 𝗦𝘂𝗽𝗲𝗿𝗶𝗼𝗿 𝗱𝗲 𝗝𝘂𝘀𝘁𝗶𝗰𝗶𝗮 𝗱𝗲 𝗚𝗮𝗹𝗶𝗰𝗶𝗮, 𝗦𝗮𝗹𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗼 𝗦𝗼𝗰𝗶𝗮𝗹 𝗦𝗧𝗦𝗝 𝗚𝗔𝗟𝗜𝗖𝗜𝗔 𝟮𝟲𝟬𝟵/𝟮𝟬𝟮𝟱, 𝗱𝗲 𝟬𝟯/𝟬𝟰/𝟮𝟬𝟮𝟱, 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗡º 𝗱𝗲 𝗿𝗲𝗰𝘂𝗿𝘀𝗼 𝟰𝟳𝟵𝟲/𝟮𝟬𝟮𝟰, revocando la sentencia desestimatoria inicial, y reconociendo la Incapacidad Permanente Total a un Ganadero de 57 años. ⁣

🙅‍♂️La sentencia de instancia consideró no probadas las lesiones irreversibles del trabajador que sufría de Cardiopatía isquémica, dado que estaba “Pendiente de valoración funcional mediante ecocardio de estrés solicitado”⁣

☝️La STSJ GALICIA 2609/2025 aclara que 𝗻𝗼 𝗵𝗮𝗯í𝗮 𝗲𝗹𝗲𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗽𝗲𝗿𝗺𝗶𝘁𝗶𝗲𝗿𝗮𝗻 𝗰𝗼𝗻𝗰𝗹𝘂𝗶𝗿 𝗾𝘂𝗲 𝗲𝗹 𝗿𝗲𝗰𝘂𝗿𝗿𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗵𝘂𝗯𝗶𝗲𝗿𝗮 𝗿𝗲𝗰𝘂𝗽𝗲𝗿𝗮𝗱𝗼 𝗹𝗮 𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱 para realizarlas principales tareas de su profesión de ganadero, con elevados requerimientos físicos. ⁣

🔭Y, además, que “𝗟𝗮 𝗳𝗮𝗹𝘁𝗮 𝗱𝗲 𝗲𝘀𝘁𝗮 𝗽𝗿𝘂𝗲𝗯𝗮 𝗻𝗼 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲 𝗽𝗲𝗿𝗷𝘂𝗱𝗶𝗰𝗮𝗿 𝗮𝗹 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗮𝗿𝗶𝗼, toda vez que consta en el relato fáctico que, con carácter previo al expediente de incapacidad permanente, estuvo en situación de incapacidad temporal, además prorrogada” ⁣

🛎️𝗣𝗮𝗿𝗮 𝗺𝗮𝘆𝗼𝗿 𝗶𝗻𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻, no dude en contactar con nosotros bien mediante correo electrónico 📬[email protected]📭, rellenando el formulario de consultas al final de la página de inicio de esta web, o bien directamente al ☎️teléfono de consultas 663.47.47.59☎️.⁣

✳️🧏‍♀️🚩𝗠𝗼𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗲𝘅𝗮𝗰𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗲star 𝗮𝗹 𝗰𝗼𝗿𝗿𝗶𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗰𝘂𝗼𝘁𝗮𝘀  #𝗦𝗲𝗴𝘂𝗿𝗶𝗱𝗮𝗱𝗦𝗼𝗰𝗶𝗮𝗹 para 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀  #𝗰𝗼𝘁𝗶𝘇𝗮𝗰𝗶ó𝗻      #𝗥𝗘𝗧𝗔.👩‍🏭⁣🏺(...
15/06/2025

✳️🧏‍♀️🚩𝗠𝗼𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗲𝘅𝗮𝗰𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗲star 𝗮𝗹 𝗰𝗼𝗿𝗿𝗶𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗰𝘂𝗼𝘁𝗮𝘀 #𝗦𝗲𝗴𝘂𝗿𝗶𝗱𝗮𝗱𝗦𝗼𝗰𝗶𝗮𝗹 para 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 #𝗰𝗼𝘁𝗶𝘇𝗮𝗰𝗶ó𝗻 #𝗥𝗘𝗧𝗔.👩‍🏭⁣
🏺(𝗦𝗧𝗦 𝟭𝟳𝟴𝟭/𝟮𝟬𝟮𝟱, C-A, RCUD 24/04/2025, Rec: 909/2022)🏺

🎨𝗩𝗔𝗟𝗜𝗗𝗘𝗭 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗨𝗘𝗕𝗔 𝗗𝗘 📞𝗚𝗥𝗔𝗕𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘 𝗔𝗨𝗗𝗜𝗢 𝗬 📲W𝗛𝗔𝗧𝗦𝗔𝗣𝗣 𝗘𝗡 𝗙𝗨𝗡𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘 𝗦𝗨𝗦 𝗜𝗡𝗧𝗘𝗥𝗩𝗜𝗡𝗜𝗘𝗡𝗧𝗘𝗦.⁣⁣✏️Recientemente, la 𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻...
18/05/2025

🎨𝗩𝗔𝗟𝗜𝗗𝗘𝗭 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗣𝗥𝗨𝗘𝗕𝗔 𝗗𝗘 📞𝗚𝗥𝗔𝗕𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘 𝗔𝗨𝗗𝗜𝗢 𝗬 📲W𝗛𝗔𝗧𝗦𝗔𝗣𝗣 𝗘𝗡 𝗙𝗨𝗡𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘 𝗦𝗨𝗦 𝗜𝗡𝗧𝗘𝗥𝗩𝗜𝗡𝗜𝗘𝗡𝗧𝗘𝗦.⁣



✏️Recientemente, la 𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗦𝗧𝗦𝗝 𝗚𝗔𝗟 𝟮𝟲𝟮𝟯/𝟮𝟬𝟮𝟱, 𝗱𝗲 𝟬𝟰/𝟬𝟰/𝟮𝟬𝟮𝟱 𝗡º 𝗱𝗲 𝗥𝗲𝗰𝘂𝗿𝘀𝗼: 𝟯𝟵𝟰/𝟮𝟬𝟮𝟱, 𝗡º 𝗱𝗲 𝗥𝗲𝘀𝗼𝗹𝘂𝗰𝗶𝗼́𝗻: 𝟭𝟵𝟯𝟯/𝟮𝟬𝟮𝟱, ha dictado, en fase de Recurso de Suplicación, la 🚫𝗻𝘂𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗱𝗲 𝗶𝗻𝘀𝘁𝗮𝗻𝗰𝗶𝗮⛔, al haber sido negada a la trabajadora la prueba de reproducción de grabaciones en reuniones entre la empresa y la trabajadora, porque en las mismas intervenían terceras personas ajenas al litigio. ⁣





🛂El juzgador de instancia negó la 𝗹𝗲𝗴𝗮𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗴𝗿𝗮𝗯𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗮 𝘁𝗲𝗿𝗰𝗲𝗿𝗮𝘀 𝗽𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮𝘀, pese a que queda por demostrar por la trabajadora si la misma intervenía en ellas.⁣





🔝Recordemos la 𝘃𝗮𝗹𝗶𝗱𝗲𝘇 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗽𝗿𝘂𝗲𝗯𝗮𝘀 𝗱𝗲 𝗴𝗿𝗮𝗯𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗰𝗼𝗻𝘃𝗲𝗿𝘀𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝘁𝗲𝗹𝗲𝗳𝗼́𝗻𝗶𝗰𝗮 𝘆 𝗰𝗮𝗽𝘁𝘂𝗿𝗮𝘀 𝗱𝗲 𝗽𝗮𝗻𝘁𝗮𝗹𝗹𝗮 𝗱𝗲 𝘄𝗵𝗮𝘁𝘀𝗮𝗽𝗽⁣



1️⃣ 𝗚𝗿𝗮𝗯𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗱𝗲 𝗮𝘂𝗱𝗶𝗼 𝗖𝗢𝗡 𝗶𝗺𝗽𝗹𝗶𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗽𝗮𝗿𝘁𝗲 𝗹𝗲𝗴𝗶𝘁𝗶𝗺𝗮𝗱𝗮: ⁣



a. No implica contravención alguna del secreto de las comunicaciones (art.18.3 CE), ⁣

b. Doctrina constitucional (Tribunal Constitucional 114/1984)⁣

c. Jurisdicción ordinaria (TSJ Madrid 17-10-07; TS 10-3-90; TSJ Las Palmas 21-12-98; TSJ Extremadura 3-4-00; TSJ Galicia 26-10-02; TSJ Valladolid 14-10-03; TSJ Madrid 8-7-11). ⁣



2️⃣ 𝗚𝗿𝗮𝗯𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗮𝘂𝗱𝗶𝗼 𝗦𝗜𝗡 𝗶𝗺𝗽𝗹𝗶𝗰𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗽𝗮𝗿𝘁𝗲 𝗹𝗲𝗴𝗶𝘁𝗶𝗺𝗮𝗱𝗮: ⁣



a. Sí existe intromisión ilegítima en el secreto de las comunicaciones que determina la ilicitud de la prueba (TSJ Madrid 22-10-02).⁣



3️⃣ W𝗵𝗮𝘁𝘀𝗮𝗽𝗽𝘀 𝗲𝗻𝘁𝗿𝗲𝗴𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗮 𝗹𝗮 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮 𝗽𝗼𝗿 𝗽𝗮𝗿𝘁𝗲 𝗹𝗲𝗴𝗶𝘁𝗶𝗺𝗮𝗱𝗮, 𝗿𝗲𝗰𝗲𝗽𝘁𝗼𝗿𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗼𝘀 𝗺𝗶𝘀𝗺𝗼𝘀:⁣



a. No implica contravención alguna del secreto de las comunicaciones (art.18.3 CE), ⁣

b. Jurisdicción ordinaria (TSJ AND, Sevilla 22-11-17; TSJ La Rioja 22-1-16; TSJ Cataluña 11-7-14). ⁣





❎𝗖𝗼𝗻𝗰𝗹𝘂𝘀𝗶𝗼́𝗻: la STC nº 114/1984, de 29 de noviembre, "...Quien graba una conversación de otros atenta contra el artículo 18.3 CE; por el contrario quien graba una conversación con otro no incurre, por el solo hecho, en conducta contraria a dicho precepto constitucional ” ⁣



🅰️“…. si se impusiera un genérico deber de secreto a cada uno de los interlocutores o de los corresponsables "ex artículo 18.3 CE, se terminaría vaciando de sentido la protección de la esfera íntima personal ex artículo 18.1 CE ….” ⁣



🅱️“… , garantía esta que, a contrario, no universaliza el deber de secreto, permitiendo reconocerlo sólo al objeto de preservar dicha intimidad”. ⁣



🆑𝘝𝘦𝘳. 𝘚𝘦𝘯𝘵𝘦𝘯𝘤𝘪𝘢 𝘚𝘛𝘚𝘑 𝘎𝘈𝘓 2623/2025, 𝘥𝘦 04/04/2025 𝘕. 𝘥𝘦 𝘙𝘦𝘤𝘶𝘳𝘴𝘰: 394/2025, 𝘕. 𝘥𝘦 𝘙𝘦𝘴𝘰𝘭𝘶𝘤𝘪𝘰́𝘯: 1933/2025. ⁣

🆘𝘸𝘸𝘸.𝘷𝘪𝘯𝘤𝘪𝘵.𝘦𝘴

Inconcreción de la causa de la contratación temporal, existencia de fraude y conversión de relación laboral indefinida (...
11/05/2025

Inconcreción de la causa de la contratación temporal, existencia de fraude y conversión de relación laboral indefinida (STS 1565/2025, 02/04/2025)

Pese a su claridad y asentamiento legal y jurisprudencial, conviene no olvidarlo, sobre todo para trabajadores temporales en Grandes Almacenes:

1) --> La consideración acerca de que la inconcreción de la causa que justifica la contratación temporal puede determinar la existencia de un fraude en la contratación, que conlleva la conversión en indefinida de la relación laboral, de conformidad con lo dispuesto en el art. 15.3 del ET.

2) --> Ahora bien, la insuficiencia en la concreción de la causa en el contrato no determina automáticamente la existencia de fraude en la contratación y la condición indefinida del/la trabajador/a, pues cabe su probanza por la empresa.

Referencia doctrinal:

Sentencia del Tribunal Supremo. Sala de lo Social, 02/04/2025 Nº de Recurso: 2696/2024 Nº de Resolución: 280/2025 - STS 1565/2025 - ECLI:ES:TS:2025:1565 – (Enlace: https://goo.su/X3Sqaxr)

🎓𝗙𝗘𝗖𝗛𝗔 𝗗𝗘 𝗖𝗢𝗕𝗘𝗥𝗧𝗨𝗥𝗔 𝗔𝗦𝗘𝗚𝗨𝗥𝗔𝗗𝗔 𝗘𝗡 𝗖𝗔𝗦𝗢 𝗗𝗘 𝗠𝗘𝗝𝗢𝗥𝗔 𝗩𝗢𝗟𝗨𝗡𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔 𝗣𝗢𝗥 𝗗𝗘𝗖𝗟𝗔𝗥𝗔𝗖𝗜𝗢𝗡 𝗗𝗘 𝗜𝗡𝗖𝗔𝗣𝗔𝗖𝗜𝗗𝗔𝗗 𝗣𝗘𝗥𝗠𝗔𝗡𝗘𝗡𝗧𝗘.⁣⁣📳𝗖𝗨𝗘𝗦𝗧𝗜𝗢́𝗡: Deter...
04/05/2025

🎓𝗙𝗘𝗖𝗛𝗔 𝗗𝗘 𝗖𝗢𝗕𝗘𝗥𝗧𝗨𝗥𝗔 𝗔𝗦𝗘𝗚𝗨𝗥𝗔𝗗𝗔 𝗘𝗡 𝗖𝗔𝗦𝗢 𝗗𝗘 𝗠𝗘𝗝𝗢𝗥𝗔 𝗩𝗢𝗟𝗨𝗡𝗧𝗔𝗥𝗜𝗔 𝗣𝗢𝗥 𝗗𝗘𝗖𝗟𝗔𝗥𝗔𝗖𝗜𝗢𝗡 𝗗𝗘 𝗜𝗡𝗖𝗔𝗣𝗔𝗖𝗜𝗗𝗔𝗗 𝗣𝗘𝗥𝗠𝗔𝗡𝗘𝗡𝗧𝗘.⁣

📳𝗖𝗨𝗘𝗦𝗧𝗜𝗢́𝗡: Determinación de la fecha de referencia en caso de cobertura de responsabilidad de la entidad aseguradora en caso de Accidente de Trabajo, y declaración de Incapacidad Permanente objeto de cobertura: ⁣

⏭️𝙊𝙥𝙘𝙞𝙤́𝙣 𝘼): fecha de efectos económicos del reconocimiento por la Resolución del INSS que reconoce la Incapacidad Permanente. (criterio de la sentencia recurrida: STSJ del País Vasco 2666/2022, sala 4ª, de 15 de diciembre (rec. 1935/2022))⁣

⏭️𝙊𝙥𝙘𝙞𝙤́𝙣 𝘽): fecha de acaecimiento del accidente laboral que dio origen a la Incapacidad Permanente. (criterio de la sentencia referencial: STSJ de Extremadura, sala 4ª, de 27 de octubre de 2015, rec. 412/2015, con apoyo en la STS 658/2017, de 20 de julio (rcud 3748/2015)⁣

🔛𝗖𝗢𝗡𝗦𝗘𝗖𝗨𝗘𝗡𝗖𝗜𝗔𝗦 𝗣𝗥𝗔́𝗖𝗧𝗜𝗖𝗔𝗦: En el caso de autos, se discute cuál es la aseguradora responsable, pero la cuestión práctica va mucho más allá, como lo es el pago de los intereses moratorios del art. 20.8 LCS a favor del trabajador accidentado, entre otras cuestiones. ⁣

🎯𝗗𝗢𝗖𝗧𝗥𝗜𝗡𝗔 𝗩𝗜𝗚𝗘𝗡𝗧𝗘 𝗬 𝗔𝗣𝗟𝗜𝗖𝗔𝗕𝗟𝗘: Se mantiene la doctrina de la ♦️STS 658/2017, de 20 de julio (rcud 3748/2015), y ♣️STS de 1 de febrero de 2000 (rcud 200/1999): ✅la fecha a considerar es la fecha del accidente (OPCION B anterior), ⛔y no la fecha de los efectos del reconocimiento de la situación de Incapacidad Permanente.⁣

🙋‍♂️𝗣𝗘𝗥𝗢 𝗔𝗧𝗘𝗡𝗖𝗜𝗢𝗡, 𝗣𝗨𝗘𝗦 𝗖𝗔𝗕𝗘 𝗣𝗔𝗖𝗧𝗔𝗥 𝗙𝗘𝗖𝗛𝗔 𝗗𝗜𝗦𝗧𝗜𝗡𝗧𝗔: La doctrina de la STS del Pleno 67/2019, de 29 de enero (rcud 3326/2016) 🧏‍♂️acepta que se puede pactar en la póliza de aseguramiento que la fecha a considerar sea otra distinta de la del accidente🧏, pudiendo ser la de la declaración de la incapacidad permanente, siempre que en la póliza conste así de forma expresa, clara e indubitada, de manera que la póliza «no ofrece duda alguna de su contenido.⁣

📌𝘚𝘦𝘯𝘵𝘦𝘯𝘤𝘪𝘢 𝘥𝘦𝘭 𝘛𝘳𝘪𝘣𝘶𝘯𝘢𝘭 𝘚𝘶𝑝𝘳𝘦𝘮𝘰, 𝘚𝘢𝘭𝘢 𝘥𝘦 𝘭𝘰 𝘚𝘰𝘤𝘪𝘢𝘭, 𝘦𝘯 𝘴𝘶 𝘴𝘦𝘯𝘵𝘦𝘯𝘤𝘪𝘢 𝘤𝘰𝘯 𝘕. 𝘥𝘦 𝘳𝘦𝘴𝘰𝘭𝘶𝘤𝘪𝘰́𝘯 260/2025, 𝘥𝘦 01/04/2025, 𝘙𝘦𝘤𝘶𝘳𝘴𝘰 𝘕. 713/2023 (𝘚𝘛𝘚 1631/2025 - 𝘌𝘊𝘓𝘐:𝘌𝘚:𝘛𝘚:2025:1631).📌⁣

❌𝗡𝘂𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 ❌𝗽𝗼𝗿 𝗘𝗦𝗣𝗜𝗚𝗨𝗘𝗢 𝗱𝗲 〰️𝗛𝗘𝗖𝗛𝗢𝗦 𝗗𝗘𝗖𝗟𝗔𝗥𝗔𝗗𝗢𝗦 𝗣𝗥𝗢𝗕𝗔𝗗𝗢𝗦 〰️𝗾𝘂𝗲 𝗺𝗼𝘁𝗶𝘃𝗮𝗻 𝗲𝗹 𝗳𝗮𝗹𝗹𝗼, 𝘆 𝗻𝗼 𝘁𝗼𝗱𝗼𝘀 𝗹𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗲́𝘀 ...
21/04/2025

❌𝗡𝘂𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 ❌𝗽𝗼𝗿 𝗘𝗦𝗣𝗜𝗚𝗨𝗘𝗢 𝗱𝗲 〰️𝗛𝗘𝗖𝗛𝗢𝗦 𝗗𝗘𝗖𝗟𝗔𝗥𝗔𝗗𝗢𝗦 𝗣𝗥𝗢𝗕𝗔𝗗𝗢𝗦 〰️𝗾𝘂𝗲 𝗺𝗼𝘁𝗶𝘃𝗮𝗻 𝗲𝗹 𝗳𝗮𝗹𝗹𝗼, 𝘆 𝗻𝗼 𝘁𝗼𝗱𝗼𝘀 𝗹𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗲́𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝗰𝗮𝘀𝗼

(𝗦𝗧𝗦𝗝 𝗚𝗔𝗟 𝟭𝟴𝟭𝟬/𝟮𝟬𝟮𝟱, 𝗱𝗲 𝟭𝟯/𝟬𝟯/𝟮𝟬𝟮𝟱)

➡️⛲𝗜𝗴𝘂𝗮𝗹𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝘁𝗿𝗮𝘁𝗼 𝗿𝗲𝘁𝗿𝗶𝗯𝘂𝘁𝗶𝘃𝗼: 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗲𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗽𝗿𝗲𝘀𝘁𝗮𝗻 𝘀𝗲𝗿𝘃𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗲𝘅𝗰𝗹𝘂𝘀𝗶𝘃𝗮𝗺𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗹𝗼𝘀 🧑‍🚒𝘀𝗮́𝗯𝗮𝗱𝗼𝘀, 👩‍🌾𝗱𝗼𝗺𝗶𝗻𝗴𝗼𝘀 𝘆 👩‍🏭𝗳𝗲...
13/04/2025

➡️⛲𝗜𝗴𝘂𝗮𝗹𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝘁𝗿𝗮𝘁𝗼 𝗿𝗲𝘁𝗿𝗶𝗯𝘂𝘁𝗶𝘃𝗼: 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗲𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗽𝗿𝗲𝘀𝘁𝗮𝗻 𝘀𝗲𝗿𝘃𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗲𝘅𝗰𝗹𝘂𝘀𝗶𝘃𝗮𝗺𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗹𝗼𝘀 🧑‍🚒𝘀𝗮́𝗯𝗮𝗱𝗼𝘀, 👩‍🌾𝗱𝗼𝗺𝗶𝗻𝗴𝗼𝘀 𝘆 👩‍🏭𝗳𝗲𝘀𝘁𝗶𝘃𝗼𝘀, y 🚀𝗽𝗼𝘀𝗶𝗯𝗶𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗿𝗲𝗰𝗹𝗮𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗱𝗮ñ𝗼𝘀 𝘆 𝗽𝗲𝗿𝗷𝘂𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝘆 𝗹𝘂𝗰𝗿𝗼 𝗰𝗲𝘀𝗮𝗻𝘁𝗲.⁣

✴️𝗡𝗼𝘁𝗶𝗰𝗶𝗮: reciente Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, 𝗦𝗧𝗦 𝟭𝟬𝟭𝟯/𝟮𝟬𝟮𝟱, 𝗡º 𝟭𝟲𝟱/𝟮𝟬𝟮𝟱, 𝗱𝗲 𝟬𝟰/𝟬𝟯/𝟮𝟬𝟮𝟱, 𝗥𝗲𝗰. 𝗡º 𝟯𝟮𝟮𝟮/𝟮𝟬𝟮𝟯⁣

𝗗𝗼𝗰𝘁𝗿𝗶𝗻𝗮 𝗷𝘂𝗿𝗶𝘀𝗽𝗿𝘂𝗱𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝗹 𝗰𝗼𝗻𝘀𝗼𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱𝗮: (STS 862/2022, de 26 de octubre, rec. 28/2021).⁣

▶️1.- Existencia de situaciones que pueden considerarse iguales; ⁣

▶️2.- Justificación objetiva y razonable en dicho tratamiento desigual;⁣

▶️3.- Juicio de proporcionalidad adecuado, y proporcionad entre los medios utilizados y las consecuencias jurídicas.⁣

✳️𝗘𝗹 𝗰𝗮𝘀𝗼: Obligada mejora retributiva en trabajadores que prestan servicios exclusivamente los sábados, domingos y festivos.⁣

❇️𝗡𝗼𝘃𝗲𝗱𝗮𝗱: La sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, STS 1013/2025, Nº 165/2025, de 04/03/2025, Rec. Nº 3222/2023, considera que es contrario a la legalidad el no reconocimiento de cobro de los correspondientes pluses de domingos y festivos, pese a ser contratados para ello, por no existir una justificación especial.⁣

*️⃣𝗥𝗮𝘇𝗼𝗻𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼: Comporta una diferencia de trato injustificada de este personal la no existencia de ninguna condición especial con esa finalidad y específicamente dirigida a compensar de forma suficiente el carácter más gravoso del trabajo en festivo.⁣

✔️𝗖𝗼𝗻𝗰𝗹𝘂𝘀𝗶𝗼́𝗻: Por tanto, las empresas no pueden negar el “Plus Festivo” cuando la retribución que perciben los trabajadores contratados para trabajar exclusivamente en festivos resulte ser la misma que el convenio contempla para el trabajo ordinario en días laborables.⁣

✅𝗖𝗼𝗻𝘀𝗲𝗰𝘂𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀: Las empresas deben regular un sistema de compensación que reconozca o amortigüe el carácter más gravoso del trabajo en festivo para los trabajadores contratados específicamente con esa finalidad.⁣

☑️𝗕𝗮𝘀𝗲 𝗱𝗼𝗰𝘁𝗿𝗶𝗻𝗮𝗹 𝗰𝗼𝗻𝘀𝗼𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱𝗮: Se reitera la doctrina de esa misma Sala IV, en la STS 9 de junio de 2009, rec. 102/2008.⁣

🚨🚧𝗗𝗮ñ𝗼𝘀 𝘆 𝗣𝗲𝗿𝗷𝘂𝗶𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗿𝗲𝗰𝗹𝗮𝗺𝗮𝗯𝗹𝗲𝘀: recordemos que, de declararse vulnerado el derecho a la igualdad retributiva, pueden ser reclamado el reconocimiento del abono de indemnización correspondiente por 🥇lucro cesante y 🥈otra por daños morales (entre otras, la reciente STS 391/2025 de 04/02/2025, N. de Recurso: 5597/2022)

⛔𝗘𝗠𝗣𝗟𝗘𝗔𝗗𝗔𝗦 𝗗𝗘  #𝗛𝗢𝗚𝗔𝗥 e  #𝗜𝗻𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗣𝗲𝗿𝗺𝗮𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲 ⁣➡️𝗣𝗮𝗿𝗮 𝗺𝗮́𝘀 𝗶𝗻𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗮𝗾𝘂í:  ➕🏛️https://lc.cx/QgeP4W ➕ https://lc.c...
30/03/2025

⛔𝗘𝗠𝗣𝗟𝗘𝗔𝗗𝗔𝗦 𝗗𝗘 #𝗛𝗢𝗚𝗔𝗥 e #𝗜𝗻𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗣𝗲𝗿𝗺𝗮𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲 ⁣

➡️𝗣𝗮𝗿𝗮 𝗺𝗮́𝘀 𝗶𝗻𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗮𝗾𝘂í: ➕🏛️https://lc.cx/QgeP4Whttps://lc.cx/71Dla5https://lc.cx/f-Qfzt ⁣⁣
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