Egio y Asociados Consultores

Egio y Asociados Consultores Asesoría Fiscal, Laboral y Contable Fundada en 1988 la profesionalidad, la seriedad y el servicio a los clientes ha sido nuestro objetivo.

Nuestros pilares para un buen servicio son la formación de nuestros profesionales (titulados, expertos y altamente cualificados en sus respectivas materias), así como una constante adecuación a los servicios solicitados por nuestros clientes. Actualmente prestamos un asesoramiento integral de asesoría fiscal, contable, laboral, mercantil, financiera y auditoría financiera a las empresas y autón

omos; para conseguir en el menor tiempo y con el mejor resultado, la excelencia profesional que su empresa requiere.

Egio y Asociados Consultancy Service S. L. ha sido subvencionado por el programa ECOVUL 2022 para el fomento de la contr...
16/01/2023

Egio y Asociados Consultancy Service S. L. ha sido subvencionado por el programa ECOVUL 2022 para el fomento de la contratación indefinida!

Egio y Asociados Consultancy Service S. L. ha sido subvencionado por el programa ECOVUL 2022 para el fomento de la contr...
13/01/2023

Egio y Asociados Consultancy Service S. L. ha sido subvencionado por el programa ECOVUL 2022 para el fomento de la contratación indefinida.

29/03/2019

Justificación de dietas

¿Quién debe hacerlo: la empresa o el trabajador?
Cuando Hacienda quiere verificar si las dietas recibidas por un trabajador están exentas del IRPF, suele solicitar la justificación al beneficiario cuando en realidad es la empresa la que tiene más medios para aportarlos. Por ejemplo:
Si se perciben rendimientos del trabajo de más de una entidad y la suma de las rentas procedentes del segundo y restantes pagadores (en cuantía) supera los 1.500 euros.
Si se han percibido rentas sujetas un tipo fijo de retención, o cuando el pagador no está obligado a retener (administradores, empleados de hogar, pensiones del extranjero, etc.).
En estos casos, el límite ha aumentado. En concreto, para 2018 el límite se fija en 12.643 euros (aunque para personas fallecidas antes del 5 de julio de 2018 –fecha en la entró en vigor este cambio- el límite es de 12.00 euros). A partir de 2019 dicho límite será de 14.000 euros en todos los casos.

25/03/2019

Cambios en la obligación de declarar
Se han modificado los límites para presentar la declaración del IRPF.
En general, cuando la principal fuente de ingresos de una persona son las rentas del trabajo y éstas no superan los 22.000 euros, no existe obligación de presentar IRPF. No obstante, en ciertos casos este límite es más bajo. Por ejemplo:
Si se perciben rendimientos del trabajo de más de una entidad y la suma de las rentas procedentes del segundo y restantes pagadores (en cuantía) supera los 1.500 euros.
Si se han percibido rentas sujetas a un tipo fijo de retención, o cuando el pagador no está obligado a retener (administradores, empleador de hogar, pensiones del extranjero, etc.).
En estos casos, el límite ha aumentado. En concreto, para 2018 el límite se fija en 12.643 euros (aunque para personas fallecidas antes del 5 de julio de 2018 –fecha en la que entro en vigor este cambio- el límite es de 12.000 euros). A partir de 2019 dicho límite será de 14.000 euros en todos los casos.

18/03/2019

Jubilación y plan de pensiones
Planificar correctamente los cobros puede reducir la factura del IRPF…
Las prestaciones derivadas de un plan de pensiones tributan en el IRPF como rendimientos del trabajo. Y las que procedan de aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006 y se retiren en forma de capital disfrutan de una reducción del 40%.
Pues bien, escoger el momento exacto en que se cobran las prestaciones puede reducir la factura fiscal derivada de éstas. Por ejemplo:
Si el beneficiario tiene un buen sueldo y se jubila en el último tercio del año, recibiendo sus prestaciones a partir de ese momento, seguramente tributará a un tipo más alta que si demora el cobro hasta el ejercicio siguiente.
Si es titular de más de un plan con derecho a la reducción del 40%, deberá planificar correctamente los cobros, ya que dicha reducción sólo es aplicable en un único ejercicio.
Planificación de cobro
Nuestros profesionales analizaran sus planes de pensiones y le propondrán el plan de cobro más adecuado para reducir su factura del IRPF.

08/03/2019

Inmuebles de titularidad compartida
Disolver el condominio saldrá más barato.
Cuando varias personas son propietarias de un inmueble (por ejemplo, cuatro hermanos que heredan unas y que, por tanto, son propietarios de un 25% cada uno), es habitual que una de ellas quiera adquirir a los restantes su parte.
Para ello suele firmarse una disolución de condominio, en la que el propietario que se queda el inmueble compensa a los otros con una cantidad equivalente al valor de su parte. Pues bien:
Hasta ahora Hacienda consideraba que el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (de aplicación en estos casos) debía calcularse sobre el valor total del inmueble.
Sin embargo, el Tribunal Supremo ha dictaminado que dicho impuesto debe calcularse sólo sobre la parte del inmueble que pertenecía al copropietario que deja de serlo.

25/02/2019

Que le canjeen los tiques
Con ello conseguirá deducir el IVA soportado.
Muchas empresas no prestan atención a pequeños gastos documentados con tiques (restauración, peajes, aparcamientos) y los contabilizan íntegramente como gasto, sin deducir el IVA soportado. Sin embargo, transcurridos unos años, ese IVA no deducido puede ser considerable.
Pues bien, diríjase al proveedor correspondiente y solicítele que le canjee los tiques de los últimos cuatro años por una factura completa, denominada “de canje” (no puede negarse a hacerlo). Al disponer del IVA desglosado en factura y no haber transcurrido el plazo de cuatro años que su empresa tiene para deducir el impuesto, podrá recuperarlo en la siguiente declaración.
Recuerde, por último, que en dicha factura deberá añadirse el resto de facturas de ese mismo año a efectos de ser declaradas en el modelo 347.

18/02/2019

Incorporación de becarios
Una buena alternativa para seleccionar futuros empleados.
Su empresa puede incorporar estudiantes universitarios como becarios a través de acuerdos con los centros educativos. No estará obligado a pagarles nada (aunque es habitual hacerlo, en cuyo caso deberá cotizar por ellos, pero podrá aplicarse una bonificación del 100%).
Además de los acuerdos con los centros educativos, también puede firmar un convenio con los Servicios Públicos de Empleo (SEPE), con el fin de incorporar personas ya tituladas para realizar prácticas no laborales:
El titulado (que también puede ser de FP) debe tener entre 18 y 25 años y estar inscrito como demandante de empleo.
En este caso deberá satisfacer al afectado al menos el 80% del IPREM.
En ambos casos, un tutor deberá satisfaces al afectado y emitir un informe sobre el seguimiento de las prácticas.

08/02/2019

Anticipos y préstamos al personal
En algunos casos podrá exigir intereses y en otros no.
Recuerde que los anticipos se refieren a cantidades ya devengadas y todavía no cobradas (los días trabajados del mes en curso, o la parte de paga extra ya devengada), y que deben devolverse en el momento en el que la cantidad anticipada debería haberse cobrado.
Cualquier otra entrega que se separe de este concepto (porque excede de la cantidad ya devengada o porque, sin exceder, se va a devolver más allá de la fecha en que se hubiese cobrado) se considera un préstamo.
Partiendo de esta diferencia entre una y otra figura, recuerde cómo debe actuar su empresa:
Si un trabajador solicita un anticipo de los días trabajados del mes en curso, la empresa queda obligada a realizarlo y no podrá cobrar intereses.
En cambio, si el anticipo corresponde a la paga extra ya devengada, no existe obligación de otorgarlo, salvo que el convenio colectivo establezca la obligatoriedad. Si el convenio establece esta obligación, tampoco podrán exigirse intereses (sí podrán exigirse, en cambio, si la concesión es voluntaria).
Préstamo y anticipo a la vez
Si un empleado solicita un préstamo a su empresa y ésta lo concede, vea su una parte de lo prestado puede considerarse anticipo (por los importes y las condiciones de devolución).
De esta forma, si no cobra intereses, reducirá el importe que deberá imputar al trabajador como retribución en especie.
En los préstamos, en cambio, si podrá cobrar intereses. Y si no los cobra –porque no desea hacerlo o porque el convenio así lo establece-, el trabajador estará recibiendo una retribución en especie por la diferencia entre el interés cobrado y el interés legal del dinero.

01/02/2019

Cambios en la jubilación parcial
Se favorece a los trabajadores que realizan esfuerzo físico.
En el año 2013 se endurecieron las condiciones para acceder a la jubilación. No obstante, y respecto a la jubilación parcial anticipada, una nueva norma permite aplicar la legislación anterior hasta el 31 de diciembre de 2022 en determinados supuestos.
En concreto, se permitirá acceder a la jubilación parcial anticipada a los trabajadores que tengan 61 o más años siempre que se cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:
El trabajador deberá haber cotizado al menos 33 años y deberá realizar funciones que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención.
La empresa deber ser una industria manufacturera y tener con contrato indefinido a un 70% de su plantilla.
La reducción de jornada del jubilado parcial debe ser de entre el 25% y el 67%, o hasta el 80% si el relevista es contratado a jornada completa y con contrato indefinido.

25/01/2019

Información durante el mes de enero

Recuerde que no sólo debe presentar resúmenes anuales…
Durante el mes de enero suelen presentarse los resúmenes anuales en materia de IVA y retenciones. No obstante, según qué operaciones se hayan realizado durante el año, también deben presentarse algunas declaraciones informativas. Por ejemplo:
El modelo 165, que deben presentar las empresas de nueva creación en las que alguno de los socios pueda tener derecho a las deducciones aplicables en el IRPF a los Business Angels.
O el modelo 198, que deben presentar las empresas que han realizado reducciones de capital con devolución de aportaciones, o que han repartido la reserva por prima de emisión entre sus socios.
Tenga en cuenta este tipo de declaraciones. Aunque son excepcionales, no presentarlas puede ser objeto de sanción.

18/01/2019

Solicite las bonificaciones del IAE
En general, debe hacerlo durante el presente mes de enero.
Si su empresa tributa por el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), verifique en las ordenanzas fiscales de su municipio si tiene derecho a alguna bonificación. Muchos ayuntamientos establecen bonificaciones rogadas (que deben ser solicitadas), cuyo plazo de solicitud para su aplicación en 2019 finaliza el próximo 31 de enero. Por ejemplo:
Bonificaciones por aumento de plantilla. Normalmente los ayuntamientos exigen un incremento mínimo referido a los centros de trabajo de la localidad.
Medio ambiente. También suele haber bonificaciones para empresas que reducen el consumo de energía y la contaminación.
Por pérdidas. Por último, hay localidades con bonificaciones para las empresas que hayan incurrido en pérdidas.

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03181

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