05/09/2026
Mi hijo no me habla desde hace ocho años, pero no puedo desheredarle.
Es la frase que más he escuchado este año en el despacho. Y casi siempre viene de alguien que ya ha firmado un testamento que su hijo va a tumbar.
En el Código Civil las causas para desheredar están tasadas y el silencio no es una de ellas. El Supremo admite el maltrato psicológico desde 2014, pero exige que la ruptura sea culpa exclusiva del hijo y que te haya causado un daño real. Si hubo un divorcio de por medio, se cae. Este año lo ha vuelto a decir.
En Cataluña el panorama es otro. El artículo 451-17 del Código Civil catalán recoge expresamente la ausencia manifiesta y continuada de relación familiar como causa de desheredación, siempre que sea imputable solo al legitimario. Y la legítima catalana es la cuarta parte de la herencia entre todos los hijos, pagadera en dinero.
Ahora bien, lo que decide qué ley se te aplica no es dónde vives ni dónde está el piso. Es tu vecindad civil. Y mucha gente que lleva media vida en Cataluña sigue teniendo vecindad civil común sin saberlo.
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