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INFORMACION IMPORTANTE PARA RECLAMAR LOS DAÑOS DE LA GOTA FRÍA . ESTIMADOS MURCIANOS: Ante la desgraciada situación que ...
15/09/2019

INFORMACION IMPORTANTE PARA RECLAMAR LOS DAÑOS DE LA GOTA FRÍA .

ESTIMADOS MURCIANOS:

Ante la desgraciada situación que estamos viviendo y los daños que se han producido, pongo a vuestra disposición un protocolo de actuación para que, cuando procedáis a reclamar, veáis el camino más llano.
Hay dos posibles responsables: el seguro y el Consorcio de compensación de seguros. Aunque ya están informando desde el Consorcio
que se tramite todo directamente con ellos, os recomiendo que: 1. Deis parte a vuestra compañía aseguradora para abrir siniestro. Puede ser que ella se encargue de remitir todo al Consorcio, no obstante, yo recomiendo que acto seguido, 2. Deis parte al Consorcio. Con independencia de la llamada telefónica, yo enviaría la reclamación por correo electrónico a fin de que quede constancia de que se ha ejercitado vuestro derecho dentro del plazo de 7 días.

• PLAZO: 7 DIAS DESDE QUE OCURRIO EL SINIESTRO O DESDE QUE TUVISTE CONOCIMIENTO DE LOS DAÑOS los daños pueden aparecer días después del siniestro. Art. 16 LCS
1. Llamar a tu mediador de seguros si lo tienes para dar parte del siniestro. Abrirá un siniestro con un número. Pedirle copia de la póliza.
2. RECOGER PRUEBAS. Hacer fotografías de todos los daños, la inundación. Facturas… Sin pruebas, no os indemnizarán. Buscaremos en la AEMET informe meteorológico que avale nuestra situación climática.
3. Revisar la póliza del seguro de vehículo o de vivienda por si este siniestro está incluido. Ver cláusula de “RIESGOS EXTRAORDINARIOS”.
4. Dar parte a la compañía de seguros. Al dar parte a tu compañía de seguros, esta enviará un perito. Si entiende que ella no es la responsable te dirán que no se hacen cargo y te remitirán al Consorcio. Como damos parte también al Consorcio de Seguros que es quien se hace cargo de estos daños, enviará un perito. Si no estás de acuerdo con su valoración, deberás contratar un perito que valore los daños (art. 36LCS).
5. Si la compañía no atiende a razones pese a deber reparar los daños o el Consorcio se desentiende, PONTE EN CONTACTO CON UN ABOGADO. Deberás reclamar ante el servicio de atención del cliente de la aseguradora, ante la Dirección General de Seguros o, en ultima instancia, ir a un Juzgado a pleitear.
6. DAR PARTE AL CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS (ya se ha declarado zona catastrófica o ha asumido la gestión de los daños). Cuidado porque no todos los daños los cubre el Consorcio, habrá que examinarlos detalladamente. Debes llamar al: 900 222 665 o 952 367 042. También hay una delegación en Murcia con este teléfono: Tel: 968 35 04 50 - Fax 968 35 04 51. Correo electrónico: [email protected]

SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN POR TELÉFONO POR DAÑOS MATERIALES
En el momento de efectuar la llamada telefónica es imprescindible disponer de los datos que se indican a continuación para facilitarlos en el transcurso de la conversación:
o Datos de la póliza de seguro: entidad aseguradora y número de la póliza.
o Datos de quien presenta la solicitud de indemnización por teléfono y del asegurado, si fueran personas distintas: nombre y apellidos o razón social; NIF o CIF; dirección y teléfonos de contacto.
o Datos bancarios para el pago de la indemnización: el Código Internacional de la cuenta bancaria código IBAN (24 dígitos) compuesto por dos caracteres alfabéticos que indican el país y dos dígitos de control, número de la entidad bancaria, número de la sucursal y número de la cuenta corriente.
o En el caso de daños a vehículos a motor: marca, modelo y matrícula del vehículo dañado. Si se encontrase en un taller para ser reparado, es preciso facilitar el nombre, dirección y teléfono del mismo para agilizar la peritación de los daños.
Al finalizar la conversación telefónica se facilitará al comunicante el número de registro que se ha asignado a su solicitud (ese número lo recibirá también por correo electrónico o SMS), que deberá utilizar como identificativo para cualquier información que precise o consulta que desee realizar en relación con la misma.
Posteriormente el perito tasador asignado por el Consorcio para la valoración de las pérdidas se pondrá en contacto con el solicitante para acordar una visita y examinar los daños.
Para facilitar esa peritación y agilizar la tramitación del expediente es preciso seguir las indicaciones que a continuación se señalan:
o Conservar los restos de los bienes dañados a disposición del perito y, si no resultara posible, sacar fotografías antes de la retirada de los mismos.
o Conservar las facturas en caso de que se tuviera que realizar de forma urgente alguna reparación.
o Disponer, en el momento de la visita del perito tasador, de los presupuestos y facturas de reparación de los daños y de dos ejemplares (original y copia) de la póliza y del recibo de pago de prima correspondiente al periodo en que se hubieran producido los daños, para poder entregar al perito la copia de ambos documentos, así como de algún recibo o documento bancario en el que conste, para su verificación, la cuenta bancaria código IBAN (24 dígitos) a la que se hubiera solicitado se abone la indemnización.

SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN POR TELÉFONO POR DAÑOS PERSONALES
o ¿Cómo puede solicitar la indemnización al Consorcio por teléfono, y qué datos tiene que facilitar?
En el caso de que se hubieran producido daños personales (fallecimiento; invalidez permanente parcial, total o absoluta; o incapacidad temporal) el asegurado, tomador, sus respectivos representantes legales, la entidad aseguradora con la que se contrató la póliza o el agente o corredor de seguros que intervino en su contratación, pueden presentar su solicitud de indemnización por daños ocasionados por riesgos extraordinarios llamando a al teléfono 900 222 665 ó 952 367 042 (de 09:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes).
En el momento de efectuar la llamada telefónica es imprescindible disponer de los datos que se indican a continuación para facilitarlos en el transcurso de la conversación:
o Denominación de la entidad aseguradora con la que se suscribió el seguro y número de póliza, o pólizas que dan derecho a la indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros. Estas pólizas pueden ser:
I. Pólizas de seguro de vida que garanticen exclusiva o principalmente el riesgo de fallecimiento, incluidas las que contemplen además garantías complementarias por invalidez permanente parcial, total o absoluta o incapacidad temporal
II. Pólizas de seguro de accidentes individuales o colectivas (aquellas que incluyen como asegurados a todos los trabajadores de una empresa, a los viajeros de un medio de transporte determinado, a los titulares de tarjetas de crédito o a los que tienen domiciliada su nómina...)
III. Pólizas con cobertura de accidentes como puede ser una póliza de seguro de vida, una póliza de las denominadas "multirriesgo" o una póliza de seguro del automóvil que con frecuencia incorporan alguna cobertura adicional de seguro de accidentes (seguro de ocupantes).
o Datos del asegurado afectado y de quien presenta la comunicación, si fueran distintas personas: nombre y apellidos o razón social; NIF o CIF; dirección y teléfonos de contacto.
o En el caso de que el asegurado haya resultado lesionado, datos para el pago de la indemnización: el código internacional de su cuenta bancaria IBAN (24 dígitos), compuesto de dos caracteres alfabéticos que identifican el país y dos dígitos de control; número de la entidad bancaria; número de la sucursal; y número de la cuenta corriente.
Al finalizar la conversación telefónica se facilitará al comunicante el número de registro que se ha asignado a su solicitud (ese número lo recibirá también por correo electrónico o SMS), que deberá utilizar como referencia para cualquier información que precise o consulta que desee realizar en relación con la misma.

SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN ON-LINE POR DAÑOS MATERIALES ¿Cuáles son los pasos a seguir en la solicitud de indemnización por daños materiales?
Puede procederse a solicitar la indemnización electrónicamente a través de este enlace: https://apps.consorseguros.es/ComunicacionDanosPersonalesVI/logon.do
Para utilizar este medio de solicitud de indemnización se requiere disponer de certificado o DNI electrónicos.
En el momento de iniciar la solicitud de indemnización a través de la web del Consorcio es imprescindible disponer de los datos que se indican a continuación para grabarlos en las distintas pantallas:
o Datos de la póliza de seguro: entidad aseguradora y número de la póliza.
o Datos de quien presenta la solicitud de indemnización on line y del asegurado, si fueran personas distintas: nombre y apellidos o razón social; NIF o CIF; dirección y teléfonos de contacto.
o Datos bancarios para el pago de la indemnización: el Código Internacional de la Cuenta Bancaria IBAN (24 dígitos) compuesto por dos caracteres alfabéticos que indican el país y dos dígitos de control, número de la entidad bancaria, número de la sucursal y número de la cuenta corriente.
o En el caso de daños a vehículos a motor: marca, modelo y matrícula del vehículo dañado. Si se encontrase en un taller para ser reparado, es necesario facilitar el nombre, dirección y teléfono del mismo para agilizar la peritación de los daños.
El usuario, una vez identificado mediante sus correspondientes claves, seguirá los pasos que marquen las distintas pantallas que van mostrándose en el proceso, al final del cual aparecerá el número de registro que se ha asignado a su solicitud (número que recibirá también por correo electrónico), y que deberá utilizar como identificativo para cualquier información que precise o consulta que desee realizar en relación con la misma.
También al final del proceso de solicitud de indemnización la web ofrece al usuario la posibilidad de anexar ficheros que contengan la documentación que se describe en el siguiente apartado 11.
Posteriormente el perito tasador asignado por el Consorcio para la valoración de los daños se pondrá en contacto con el solicitante para acordar una visita y examinar los daños. Para facilitar esa peritación y agilizar la tramitación del expediente es preciso seguir las indicaciones que a continuación se señalan:
o Conservar los restos de los bienes dañados a disposición del perito y, si no resultara posible, sacar fotografías antes de la retirada de los mismos.
o Conservar las facturas en caso de que se tuviera que realizar de forma urgente alguna reparación.
o Disponer, en el momento de la visita del perito tasador, de los presupuestos y facturas de reparación de los daños y de dos ejemplares (original y copia) de la póliza y del recibo de pago de prima correspondiente al periodo en que se hubieran producido los daños, para poder entregar al perito la copia de ambos documentos, así como de algún recibo o documento bancario en el que conste, para su verificación, la cuenta bancaria código IBAN (24 dígitos) a la que se hubiera solicitado se abone la indemnización.

SOLICITUD DE INDEMNIZACIÓN ON-LINE POR DAÑOS PERSONALES
¿Cuáles son los pasos a seguir en la solicitud de indemnización por daños personales?
Puede procederse a solicitar la indemnización electrónicamente a través de este enlace: https://apps.consorseguros.es/ComunicacionDanosPersonalesVI/logon.do
Para utilizar este medio de solicitud de indemnización se requiere disponer de certificado o DNI electrónicos.
En el momento de iniciar la solicitud de indemnización a través de la web del Consorcio es imprescindible disponer de los datos que se indican a continuación para grabarlos en las distintas pantallas:
Denominación de la entidad aseguradora con la que se suscribió el seguro y número de póliza, o pólizas que dan derecho a la indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros. Estas pólizas pueden ser:
Pólizas de seguro de vida que garanticen exclusiva o principalmente el riesgo de fallecimiento, incluidas las que contemplen además garantías complementarias por invalidez permanente parcial, total o absoluta o incapacidad temporal
Pólizas de seguro de accidentes individuales o colectivas (aquellas que incluyen como asegurados a todos los trabajadores de una empresa, a los viajeros de un medio de transporte determinado, a los titulares de tarjetas de crédito o a los que tienen domiciliada su nómina...)
Pólizas con cobertura de accidentes como puede ser una póliza de seguro de vida, una póliza de las denominadas "multirriesgo" o una póliza de seguro del automóvil que con frecuencia incorporan alguna cobertura adicional de seguro de accidentes (seguro de ocupantes).
Datos del asegurado afectado y de quien presenta la comunicación, si fueran distintas personas: nombre y apellidos o razón social; NIF o CIF; dirección y teléfonos de contacto.
En el caso de que el asegurado haya resultado lesionado, datos para el pago de la indemnización: el código internacional de su cuenta bancaria IBAN (24 dígitos), compuesto de dos caracteres alfabéticos que identifican el país y dos dígitos de control; número de la entidad bancaria; número de la sucursal; y número de la cuenta corriente.
El usuario, una vez identificado mediante sus correspondientes claves, seguirá los pasos que marquen las distintas pantallas que van mostrándose en el proceso, al final del cual aparecerá el número de registro que se ha asignado a su solicitud (número que recibirá también por correo electrónico), y que deberá utilizar como identificativo para cualquier información que precise o consulta que desee realizar en relación con la misma.
¿Cómo puede solicitar la indemnización por escrito, y qué documentación tiene que facilitar?
La solicitud de indemnización se puede realizar directamente por el afectado remitiendo la Hoja de Comunicación de Daños disponible en el fichero descargable desde la web del Consorcio, o a través de la entidad aseguradora con la que se contrató la póliza, o del agente o corredor de seguros que intervino en su contratación a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected], o a través de correo ordinario en la siguiente dirección postal:
Consorcio de Compensación de Seguros
Departamento de Siniestros
Paseo de la Castellana, 32.
28046 Madrid
A la Hoja de Comunicación de Daños se adjuntará la siguiente documentación:
o Fotocopia de la póliza de seguro: condiciones generales y particulares, así como los suplementos y apéndices si los hubiere.
o Fotocopia del recibo de pago de prima del seguro y acreditación de su pago, que justifiquen que la cobertura del seguro estaba vigente en la fecha en que se produjeron los daños.
o Documentación acreditativa de la causa del siniestro y de los daños personales producidos por éste.
o Además, en caso de muerte habrá de adjuntarse: libro de familia; liquidación del impuesto de sucesiones, y, si no se hubieran designado beneficiarios en la póliza, testamento o, de no existir éste, declaración de herederos o acta de notoriedad.

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