Fdez Criado Abogados

Fdez Criado Abogados Bienvenid@s a FC Abogados somos una Asesoría Jurídica que presta Servicios Jurídicos en materia d

Web: http://www.fdezcriado-abogados.es Asesoría Jurídica que presta Servicios Profesionales a Empresas-Autónomos y Particulares. Contamos con Abogados, y Técnicos en diferentes áreas de Gestión que velarán por el cumplimiento normativo en cada momento. Nuestro campo de especialización cubre tres materias: Protección de Datos Personales (RGPD / LOPDGDD / LSSICE), Prevención de Riesgos Penales y Blanqueo de Capitales.

19/05/2026

🚨 ¿Te han denegado el subsidio para mayores de 52 años tras cobrar la RAI? ¡El Tribunal Supremo te da la razón! 🚨

Una reciente e importantísima sentencia del Tribunal Supremo ha resuelto a favor de las personas trabajadoras una práctica muy restrictiva del SEPE: denegar el subsidio para mayores de 52 años exigiendo que la inscripción ininterrumpida como demandante de empleo se mantuviera desde el fin de contratos antiguos, ignorando el cobro reciente de la Renta Activa de Inserción (RAI).

En un caso reciente, a una trabajadora se le denegó esta ayuda porque el SEPE consideró que hubo un corte en su demanda de empleo tras finalizar su trabajo años atrás. Sin embargo, la afectada había percibido posteriormente la RAI y se mantuvo inscrita ininterrumpidamente como demandante de empleo desde que agotó esta última ayuda hasta la fecha de su solicitud.

⚖️ ¿Qué ha dictaminado el Tribunal Supremo? El Alto Tribunal ha sido tajante: el agotamiento de la Renta Activa de Inserción (RAI) se equipara al del subsidio por desempleo. Por lo tanto, agotar la RAI sigue siendo una vía de acceso totalmente válida para solicitar el subsidio de mayores de 52 años.

El requisito legal de "permanecer ininterrumpidamente como demandante de empleo" debe contabilizarse únicamente desde el periodo que va tras el agotamiento de la RAI hasta el cumplimiento de la edad o la solicitud, y no desde ceses laborales de años anteriores. ¡Una gran victoria judicial que anula la resolución del SEPE y reconoce el derecho a percibir el subsidio!.

Si el SEPE te ha denegado tu subsidio de mayores de 52 años por este u otros motivos, no te conformes. Te recomendamos la contratación de FC ABOGADOS. Auditaremos tu vida laboral, tus periodos de demanda de empleo y la resolución del SEPE para interponer la reclamación pertinente y conseguir la prestación que te corresponde.

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10/05/2026

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25/04/2026

🚨 ¿Eres "autónomo" pero trabajas bajo las órdenes exclusivas de una empresa y, de repente, te dejan sin encargos para que te vayas? 🚨

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia muy importante que protege a los trabajadores frente a este tipo de abusos empresariales.

En el caso analizado, un trabajador prestaba servicios de transporte sanitario firmando un "contrato mercantil" como autónomo, pero la realidad era muy distinta: acudía cada día a fichar al almacén, la empresa le asignaba su ruta diaria, le daba las herramientas y le obligaba a usar ropa con el logo corporativo. Tras varios años, la empresa comenzó a vaciarle de trabajo, reduciendo drásticamente sus servicios y provocando que sus ingresos cayeran de unos 5.500€ a apenas 400€ al mes, excusándose en que habían perdido una contrata pública.

El Tribunal ha sido tajante:

1️⃣ Era un "falso autónomo": La justicia determinó que existía una relación laboral encubierta, ya que el trabajador carecía de autonomía real y estaba bajo la dependencia y ajenidad de la empresa.

2️⃣ El "vaciamiento" de funciones es ilegal: Se condenó a la empresa porque dejar al trabajador sin carga de trabajo (falta de ocupación efectiva) de forma continuada constituye un incumplimiento empresarial grave y culpable.

⚖️ ¿El resultado? El juez dictaminó la extinción del contrato por voluntad del trabajador (Art. 50.1.c ET), obligando a la empresa a pagarle una indemnización por despido de más de 43.000 euros.

Si te encuentras en una situación similar, te están dejando sin tareas para forzar tu renuncia, o crees que eres un falso autónomo, no regales tus derechos. Te recomendamos la contratación de nuestro Informe Jurídico de Estudio de Documentación Laboral por solo 36,30 €. Con este informe, un abogado especialista auditará tus contratos, facturas y pruebas para indicarte exactamente qué puedes reclamar y cómo blindar tu indemnización.

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22/04/2026

⚖️ ¿Conoces tus derechos fundamentales ante una detención policial? El Artículo 17 de la Constitución Española es tu principal escudo para proteger tu libertad frente a privaciones o detenciones arbitrarias.

Aquí te explicamos las claves que debes conocer:

🔹 Libertad y Seguridad: Nadie puede encerrarte o retenerte de forma caprichosa sin que la ley lo permita expresamente.

🔹 Límites de tiempo: La policía no puede retenerte indefinidamente. La detención preventiva solo debe durar el tiempo estrictamente necesario para investigar los hechos, con un límite máximo de 72 horas.

🔹 Derechos inmediatos: Si te detienen, tienes derecho a saber inmediatamente por qué, a no declarar si no quieres, y a contar con la asistencia de un abogado durante los interrogatorios.

🔹 Habeas Corpus: Si crees que tu detención es ilegal o se han superado los plazos, tú o tu abogado podéis solicitar un "Habeas Corpus" para ser llevados inmediatamente ante un juez.

🚨 La privación de libertad es uno de los momentos más delicados a los que te puedes enfrentar. Si tus derechos fundamentales han sido vulnerados o necesitas asistencia legal inmediata en comisaría o juzgados, te recomendamos sin duda la contratación de FC ABOGADOS.

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22/04/2026

📢 ¡NUEVA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE NEGLIGENCIA NOTARIAL! 🏛️📜

¿Sabías que puedes reclamar si un Notario no actúa con la diligencia debida al firmar tu escritura de compraventa o hipoteca?

El Tribunal Supremo acaba de resolver un caso muy relevante en el que una compradora perdió su vivienda y su dinero por la falta de diligencia de la notaría autorizante. Al firmar la compra con subrogación de hipoteca, la notaría no comprobó con el banco cuál era la deuda real, limitándose a dar por buena la palabra de la empresa promotora vendedora, la cual ocultó la realidad de las cargas.

⚖️ La clave de la Sentencia (STS 506/2026):
El Alto Tribunal ha dictaminado a favor de los afectados, declarando que la acción para reclamar a un notario por responsabilidad contractual NO estaba prescrita. El Supremo establece que, al ser la regulación notarial una competencia exclusiva del Estado, los plazos para demandarles se rigen siempre por la ley estatal (Código Civil) en todo el territorio nacional, impidiendo que se apliquen plazos autonómicos más cortos que perjudiquen al consumidor.

Si has sufrido un perjuicio económico por una mala praxis notarial, falta de asesoramiento o errores en tus escrituras, defiende tus derechos.

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20/04/2026

¿Te han despedido alegando que no has superado el "periodo de prueba" pero nunca llegaste a firmar un contrato? 🛑⚖️

Una reciente sentencia judicial demuestra que este tipo de abusos empresariales tienen consecuencias. En un caso reciente, una trabajadora fue cesada por su empresa bajo la excusa de "no superar el periodo de prueba". Sin embargo, la empresa jamás le entregó un contrato de trabajo firmado, por lo que la justicia dictaminó que esa cláusula de prueba no tenía ninguna validez.

¿El resultado? El juzgado declaró el cese como un DESPIDO IMPROCEDENTE. La empresa infractora ha sido condenada a elegir entre readmitir a la empleada (abonando los salarios de tramitación generados) o pagarle su indemnización correspondiente, además de ser obligada a desembolsar más de 1.000 euros que le adeudaban en concepto de finiquito y salarios atrasados.

¡No dejes que vulneren tus derechos con despidos injustificados o contratos en fraude! Si te encuentras en una situación similar, te recomendamos encarecidamente la contratación de FC ABOGADOS. Su equipo especialista auditará tu caso para exigir todo lo que te corresponde por ley.

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19/04/2026

¡Gran victoria judicial para los conductores de transporte de viajeros! 🚌⚖️

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha confirmado que las empresas de transporte están obligadas a entregar a sus conductores un registro detallado de sus servicios.

Muchas compañías intentan evadir esta obligación alegando que ya disponen de tacógrafos instalados en la flota. Sin embargo, la justicia ha dejado claro que la instalación de aparatos de control como los tacógrafos no exime en absoluto a la empresa de su deber legal de facilitar este registro horario a la plantilla.

¿Qué significa esto para ti? Como profesional al volante, tienes el derecho innegable a recibir un documento de registro firmado que cubra, al menos, tres semanas (la semana en curso, la anterior y la siguiente). Además, la empresa debe proporcionarte obligatoriamente un extracto de este registro de servicio y una copia de tu horario en un formato que te permita conservarlo para tu propio control.

Si tu empresa se niega a entregarte tus horarios, te oculta información vital para el cálculo de tu jornada o vulnera tus descansos, no te resignes ante estas prácticas abusivas. Te recomendamos encarecidamente la contratación de FC ABOGADOS para proteger tus derechos y reclamar lo que te corresponde.

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19/04/2026

¿Eres conductor profesional y tu empresa te prohíbe registrar correctamente tu jornada en el tacógrafo? 🚛⚠️

Ocultar tu jornada real (como el tiempo de trabajo efectivo o de presencia) es una infracción muy grave. Si te obligan a anotar incorrectamente tus tareas para alargar la jornada sin pagártela, ¡no estás indefenso!

Tu historial de ubicaciones o cronología de Google Maps de tu teléfono móvil es una prueba documental plenamente válida en los juzgados. Con ella puedes demostrar de forma irrefutable tu tiempo de presencia, las horas de espera inmovilizado y tus excesos de jornada. Gracias a estas pruebas, tienes derecho a denunciar ante la Inspección de Trabajo y a reclamar todo el dinero que te deben por esas horas encubiertas (con un año de retroactividad).

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13/04/2026

🚛 ¿Eres conductor profesional y tienes dudas sobre tu jornada laboral? ¡No regales tu tiempo! 🛑

En el sector del transporte por carretera, es fundamental conocer la diferencia entre el "tiempo de trabajo efectivo" (conducción y trabajos auxiliares) y el "tiempo de presencia" (esperas, acompañamiento de vehículos, averías).

Debes saber que la ley establece límites muy estrictos para proteger tu salud, tu descanso y tu salario: ⏱️ Tiempo de presencia: No puede superar las 20 horas semanales de promedio al mes y debe pagarse, como mínimo, al precio de la hora ordinaria. 🛑 Tope diario: Tu jornada diaria total nunca puede superar las 12 horas. 📅 Tope semanal: El máximo legal es de 60 horas de trabajo efectivo en una sola semana, manteniendo una media de 48 horas en un periodo de 4 meses.

Lamentablemente, este sector está muy expuesto a irregularidades, como el impago de las horas de presencia o la ocultación de kilómetros bajo pluses ficticios, lo cual perjudica gravemente tus ingresos y tu futura pensión.

⚖️ Si crees que tu empresa no está cumpliendo con la normativa, te recomendamos encarecidamente la contratación de FC ABOGADOS. Un abogado especialista auditará al detalle tus nóminas y los registros de tu tacógrafo para diseñar la estrategia legal exacta y reclamar las diferencias salariales que te correspondan.

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07/04/2026

🚨 **¿Trabajas como instalador o técnico, te desplazas constantemente y no te da tiempo a comer en casa? ¡Tienes derecho a cobrar dietas!** 🚨

Una reciente e importante sentencia del Tribunal Supremo ha dictaminado que los trabajadores itinerantes (como el personal de empresas de instalaciones o montajes) con jornada partida tienen derecho a percibir la **media dieta** si sus desplazamientos a los lugares de trabajo asignados les impiden regresar a su domicilio para la hora de la comida.

Hasta ahora, muchas empresas se negaban a pagarlas alegando que el cobro de dietas era algo estrictamente excepcional y que solo aplicaba cuando se tenía que "salir de viaje" de forma esporádica. Sin embargo, el Alto Tribunal ha dejado claro que, si la propia forma en la que se efectúan y organizan los trabajos te obliga a comer fuera de casa habitualmente, la empresa tiene la obligación legal de abonarte esta compensación.

No regales tu dinero por exigencias de tu ruta de trabajo. Si estás en esta situación, trabajas fuera de tu centro y no te abonan las medias dietas, es el momento de revisar tu caso.

🛡️ **Te recomendamos la contratación de nuestro Informe Jurídico de Estudio de Documentación Laboral**. En **FC ABOGADOS** analizaremos al detalle tus nóminas, cuadrantes y tu convenio colectivo para trazar la mejor estrategia legal y reclamar las cantidades que te correspondan.

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