19/05/2026
🚨 ¿Te han denegado el subsidio para mayores de 52 años tras cobrar la RAI? ¡El Tribunal Supremo te da la razón! 🚨
Una reciente e importantísima sentencia del Tribunal Supremo ha resuelto a favor de las personas trabajadoras una práctica muy restrictiva del SEPE: denegar el subsidio para mayores de 52 años exigiendo que la inscripción ininterrumpida como demandante de empleo se mantuviera desde el fin de contratos antiguos, ignorando el cobro reciente de la Renta Activa de Inserción (RAI).
En un caso reciente, a una trabajadora se le denegó esta ayuda porque el SEPE consideró que hubo un corte en su demanda de empleo tras finalizar su trabajo años atrás. Sin embargo, la afectada había percibido posteriormente la RAI y se mantuvo inscrita ininterrumpidamente como demandante de empleo desde que agotó esta última ayuda hasta la fecha de su solicitud.
⚖️ ¿Qué ha dictaminado el Tribunal Supremo? El Alto Tribunal ha sido tajante: el agotamiento de la Renta Activa de Inserción (RAI) se equipara al del subsidio por desempleo. Por lo tanto, agotar la RAI sigue siendo una vía de acceso totalmente válida para solicitar el subsidio de mayores de 52 años.
El requisito legal de "permanecer ininterrumpidamente como demandante de empleo" debe contabilizarse únicamente desde el periodo que va tras el agotamiento de la RAI hasta el cumplimiento de la edad o la solicitud, y no desde ceses laborales de años anteriores. ¡Una gran victoria judicial que anula la resolución del SEPE y reconoce el derecho a percibir el subsidio!.
Si el SEPE te ha denegado tu subsidio de mayores de 52 años por este u otros motivos, no te conformes. Te recomendamos la contratación de FC ABOGADOS. Auditaremos tu vida laboral, tus periodos de demanda de empleo y la resolución del SEPE para interponer la reclamación pertinente y conseguir la prestación que te corresponde.
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