26/04/2026
Si vas a viajar con tu mascota, tienes que planificar el viaje con tiempo, porque desde el 22 de abril de 2026 se aplican nuevas normas en la Unión Europea, el Reglamento Delegado 2026/131, que actualiza los requisitos para los desplazamientos sin fines comerciales de animales de compañía.
Para perros, gatos y hurones se mantiene el esquema esencial, identificación mediante microchip o tatuaje válido, pasaporte europeo en viajes dentro de la UE y vacunación antirrábica obligatoria. Ojo con los plazos, tras la primovacunación de la rabia debe transcurrir un periodo de espera mínimo de 21 días para que sea válida a efectos de viaje, y además hay que revisar que las revacunaciones estén al día y correctamente reflejadas en el pasaporte.
La norma refuerza la trazabilidad y la documentación. Si el animal viaja con una persona distinta del propietario, debe existir autorización escrita firmada y el desplazamiento debe vincularse al del propietario dentro de un margen de cinco días. En identificación, hay transición técnica, los microchips implantados antes del 1 de enero de 2028 siguen considerándose conformes aunque no incorporen el código del país.
Y atención a las consecuencias. Si no cumples, pueden impedir la entrada, ordenar el retorno al país de origen, imponer aislamiento o cuarentena y, en su caso, tramitar sanciones administrativas conforme a la normativa nacional aplicable, con costes y retrasos importantes.
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