05/01/2016
Con la llegada del año nuevo también entra en vigor un Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Rafael Catalá, por el que se regula la realización de pericias por parte de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) a petición de particulares en los casos de reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a tráfico.
Aquellos que vayan a hacer uso de este servicio, pueden solicitar la emisión de un informe pericial de valoración del daño corporal sufrido con ocasión de un accidente de circulación los perjudicados, entre los que se incluyen la víctima del accidente y, en caso de fallecimiento, el cónyuge viudo, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados; así como las entidades aseguradoras, que deberán realizar una oferta motivada al perjudicado.
La solicitud pericial la podrán realizar la entidad aseguradora y el perjudicado de común acuerdo y a falta del mismo, podrá ser instada por la víctima. En ambos casos el precio público que se fije como contraprestación de la pericia será a cargo de la entidad aseguradora y, por tanto, gratuito para el perjudicado al que se le permite optar entre el IMLCF de su domicilio o bien el del lugar donde ocurrió el accidente.
En todo caso, se solicitará el consentimiento informado y expreso de la víctima lesionada para cada prueba que se acuerde realizar, así como para el acceso a la historia clínica y para la cesión de datos a las entidades aseguradoras.