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PastorAdvocats Abogado/Lawyer

02/05/2016

UN NUEVO AUTO QUE DECLARA LA NULIDAD DE LA CLAUSULA DE VENCIMIENTO ANTICIPADO Y SOBRESEE LA EJECUCIÓN, ESTA VEZ EN BASE A UN TÍTULO NO JUDICIAL Y NO HIPOTECARIO. CONDENA EN COSTAS.
ENHORABUENA A NUESTRO COMPAÑERO DIEGO SALVADOR SAEZ.
"... DEBO DECLARAR Y DECLARO la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado, y en consecuencia DEBO ACORDAR Y ACUERDO EL SOBRESEIMIENTO del presente procedimiento de ejecución incoada a instancias de la Procuradora Dª .... en nombre y representación de bank SA, acordando alzar los embargos y dejar sin efecto las medidas de garantía adoptadas, librándose los despachos necesarios, con imposición de costas al ejecutante."

10/02/2016

Sentencia condenatoria al Banco de Sabadell por cuotas participativas CAM. SENTENCIA nº 19/2016 del Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Sueca

Por cierto, esta Sentencia es pionera en los partidos judiciales de Sueca y Gandia, lo que sienta precedente y será objeto de réplica en las próximas resoluciones de estos Juzgados.
No te conformes con la copia y acude al original! 962837273

09/02/2016

"El Banco de Sabadell condenado a abonar a un cliente las aportaciones hechas en concepto de cuotas participativas CAM"

Hemos recibido esta misma tarde la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Sueca, estimando la nulidad, del contrato de suscripción de cuotas participativas de la CAM. Gran trabajo de nuestra compañera Estefania Palomares. ENHORABUENA!!!!

SI ERES AFECTADO NO DUDES EN CONSULTARNOS AL Tf. 962837273.

02/02/2016

Si todavía tienes en tu hipoteca la CLAUSULA SUELO, puedes eliminarla y recuperar el dinero que has pagado de más. Consúltanos sin compromiso.

28/01/2016

CASO BANKIA-ACCIONES. No hay que confiarse con el plazo de prescripción (en puridad, caducidad), ya que, siendo de 4 años, y si se considera que el dies a quo es el contrasplit de mayo del 2013, el plazo de 4 años vencería el próximo abril de 2017. Si eres accionista, inicia los trámites de reclamación cuanto antes.

05/01/2016

Con la llegada del año nuevo también entra en vigor un Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Rafael Catalá, por el que se regula la realización de pericias por parte de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) a petición de particulares en los casos de reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a tráfico.

Aquellos que vayan a hacer uso de este servicio, pueden solicitar la emisión de un informe pericial de valoración del daño corporal sufrido con ocasión de un accidente de circulación los perjudicados, entre los que se incluyen la víctima del accidente y, en caso de fallecimiento, el cónyuge viudo, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados; así como las entidades aseguradoras, que deberán realizar una oferta motivada al perjudicado.

La solicitud pericial la podrán realizar la entidad aseguradora y el perjudicado de común acuerdo y a falta del mismo, podrá ser instada por la víctima. En ambos casos el precio público que se fije como contraprestación de la pericia será a cargo de la entidad aseguradora y, por tanto, gratuito para el perjudicado al que se le permite optar entre el IMLCF de su domicilio o bien el del lugar donde ocurrió el accidente.

En todo caso, se solicitará el consentimiento informado y expreso de la víctima lesionada para cada prueba que se acuerde realizar, así como para el acceso a la historia clínica y para la cesión de datos a las entidades aseguradoras.

Dirección

Calle Vergeret, 1-4/20
Tabernes De Valldigna
46760

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 20:00
Martes 09:00 - 20:00
Miércoles 09:00 - 20:00
Jueves 09:00 - 20:00
Viernes 09:00 - 20:00

Teléfono

96 283 72 73

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