María Martínez Magro

María Martínez Magro Presto a mis clientes un asesoramiento jurídico a medida, y orientado a prevenir o, en su caso, defender sus derechos si han sido vulnerados.

Se ha terminado la Feria, sí, pero también han podido terminar muchos matrimonios tras ella.Si es su caso, lo primero qu...
12/05/2025

Se ha terminado la Feria, sí, pero también han podido terminar muchos matrimonios tras ella.

Si es su caso, lo primero que debe hacer es asesorarse jurídicamente con un abogado de familia para evitar en la medida de lo posible que esa ruptura acabe en los Juzgados.

M&M Estudio Jurídico y Fiscal está especializado en asuntos de familia como son los divorcios, establecimientos de medidas, liquidaciones del régimen económico del matrimonio, etc.

Pídanos una consulta a través de nuestro perfil profesional de Facebook o en nuestra página web www.martinezmagro.com

La semana pasada lancé una encuesta con motivo del   en mi perfil de instagram  donde hice la siguiente pregunta: ¿En qu...
13/03/2025

La semana pasada lancé una encuesta con motivo del en mi perfil de instagram donde hice la siguiente pregunta: ¿En qué ámbito sigue existiendo más desigualdad entre hombres y mujeres? y daba las siguientes opciones: promoción profesional, brecha salaria, conciliación y violencia de género. Muchos participantes marcaron conciliación, pero lo que me sorprendió es que, sin dar la opción, otros participantes me enviaron un mensaje diciéndome que ellos creían que todas las opciones eran correctas.

En este sentido existe un interesante artículo publicado por el Poder Judicial en su página web en el que se refiere a la evolución de nuestra jurisprudencia en temas como la , la , la y la , entre otros. A continuación resumo lo más relevante de cada uno de los mencionados:

👉 En cuanto a la promoción profesional ya en el año 2010 el Tribunal Supremo apreciaba discriminación indirecta por razón de s**o en la promoción profesional.

👉 Por su parte, el Tribunal Supremo también ha analizado situaciones de discriminación, con incremento de la brecha salarial, a través de los pluses. En 2024, resolvió que ciertos pluses salariales pueden generar discriminación indirecta y reconoció el derecho a la pensión de viudedad para una mujer víctima de violencia de género.

👉 En relación a la conciliación, la reciente sentencia de 13 de enero de 2025 del Tribunal Constitucional reconoce el derecho de las madres monoparentales a disfrutar del permiso de paternidad acumulado. Hasta ahora, las trabajadoras sin pareja solo podían acogerse al permiso de maternidad.

Antes, en 2023 fue el Tribunal Supremo quien reconoció el derecho de una trabajadora al permiso de lactancia, incluso cuando el padre está desempleado, destacando que restringirlo solo a la madre perpetuaría roles de género tradicionales y sería contrario a la igualdad de oportunidades. Además, en 2024, el Tribunal Supremo resolvió positivamente sobre la acumulación del permiso de lactancia y su compatibilidad con otros permisos de conciliación laboral.

👉 Finalmente, en cuanto a violencia de género, el Tribunal Supremo también ha perfilado en los últimos años determinados tipos penales y líneas jurisprudenciales para proteger debidamente a las mujeres cuando son víctimas de determinados delitos. Por ejemplo, en relación con el delito de violencia o maltrato habitual, lo relevante no es el número concreto de actos violentos sino la relación entre el autor y la víctima y la frecuencia con que ocurre el clima de violencia y dominación, es decir, la permanencia del trato violento.

📌 En definitiva, no se puede negar lo evidente: cualquier restricción injustificada al ejercicio de estos derechos genera discriminación por razón de género y, en consecuencia, desigualdad. Por tanto, debemos seguir luchando desde todos los ámbitos por la igualdad real entre hombres y mujeres.

Hoy hace 8 años que me colegié en el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla✨.Quiero compartir esta significativa foto en...
03/03/2025

Hoy hace 8 años que me colegié en el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla✨.

Quiero compartir esta significativa foto en la que salgo junto con Enrique, mi mentor, el día de la jura, porque todo lo que hoy sé (y lo que me queda por saber) empezó unos años antes, pero se materializó en ese instante👩‍🎓.

🌱Desde ese día he celebrado ya unos cuantos juicios, algunos los he ganado y otros no; muchas personas me han confiado el futuro de su familia encargándome la tramitación de sus divorcios; muchas empresas han confiando en mis servicios para conseguir que les paguen sus deudas; personas asfixiadas en deudas me han confiado su situación financiera para conseguir mejorarla rebajando o incluso extinguiendo sus deudas; personas que han sido denunciadas han confiado en mi trabajo para defenderles en sus procedimientos (agresiones sexuales, robos, lesiones, etc...). A todas esas personas, mis clientes, y a mi mentor que me acompañó durante los primeros años de mi andadura, les debo en parte lo que hoy sé y les estoy por ello muy agradecida😊.

🍀Miro al futuro con muchas ganas de seguir participando y ayudando a las personas en sus asuntos legales.

📅Pronto estaré nuevamente de celebración. En mayo hará 3 años que fundé mi despacho ⚖❤️ y en esa publicación os compartiré algunas de mis claves para mantenerme ilusionada sin desfallecer ante las adversidades que me encuentro por el camino, seguro que algunas os servirán 😉.

19/02/2025

Continuando con la publicación de ayer, en este vídeo os explico qué ocurre con los menores de edad en caso de condena de los progenitores por delito de malos tratos hacia sus hijos.

Aunque no sólo la podemos perder por cometer ese tipo de delitos sino también por:

1. El abandono voluntario del menor por parte de su familia.

2. Ausencia de escolarización habitual del menor.

3. La inducción a la mendicidad, delincuencia o prostitución, o cualquier otra explotación económica del menor de análoga naturaleza.

4. La drogadicción o el alcoholismo habitual del menor con el consentimiento o la tolerancia de los padres o guardadores.

5. El trastorno mental grave de los padres o guardadores que impida el normal ejercicio de la patria potestad o la guarda.

6. Drogadicción habitual en las personas que integran la unidad familiar y, en especial, de los padres, tutores o guardadores del menor, siempre que incida gravemente en el desarrollo y bienestar del menor.

7. La convivencia en un entorno socio-familiar que deteriore gravemente la integridad moral del menor o perjudique el desarrollo de su personalidad.

8. La falta de las personas a las cuales corresponde ejercer las funciones de guarda o cuando estas personas estén imposibilitadas para ejercerlas o en situación de ejercerlas con peligro grave para el menor.

¿Cómo se protegen en España a los menores en situación de desamparo por violencia familiar?🔎 En primer lugar, la OMS def...
17/02/2025

¿Cómo se protegen en España a los menores en situación de desamparo por violencia familiar?

🔎 En primer lugar, la OMS define el concepto violencia familiar como: “los malos tratos o agresiones físicas, psicológicas, sexuales o de otra índole, infligidas por personas del medio familiar y dirigida generalmente a los miembros más vulnerables de la misma: niños, mujeres y ancianos".

Así, la violencia familiar puede ser física cuando se provocan intencionalmente lesiones corporales mediante golpes, quemaduras, agresiones con armas, etc; psicológica a través de humillaciones, desvalorizaciones, críticas exageradas y públicas, lenguaje soez y humillante, insultos, amenazas, culpabilizaciones, aislamiento social, control del dinero, no permitir tomar decisiones; y sexual, mediante actos que atentan contra la libertad sexual de la persona y lesionan su dignidad (relaciones sexuales forzadas, abuso, violación).

🏛️ Actuaciones en situación de desprotección social del menor e instituciones de protección de menores:

Según nuestra Ley de Protección del menor todos tenemos la obligación de prestar auxilio y comunicar a la autoridad o sus agentes una situación de riesgo o posible desamparo de una persona menor de edad. Especialmente aquéllos que por su profesión, oficio o actividad detecten dicha situación de riesgo.

Además, existen otras leyes que protegen a estos menores:

🚸 Código Penal:

En España la violencia doméstica sobre menores es un delito que se encuentra castigado penalmente en los artículos 153 y 173.2 del Código Penal. Su autor o autores (normalmente los progenitores) son castigados con p***s de prisión y cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, con la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento.

Por tanto, en caso de que los progenitores pierdan la patria potestad de sus hijos, la Entidad Pública correspondiente puede declararlos en situación de desamparo asumiendo ésta su tutela hasta que cesen las causas que provocaron dicha privación y, por tanto, la situación de desamparo del menor.

👩‍⚖️ Código Civil:

Según el artículo 172 del Código Civil, la situación de desamparo es la que se produce de hecho a causa del incumplimiento o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia moral o material.

🧐 En definitiva ¿Cómo se protegen a los menores en estas situaciones?

En estos casos extremos, la protección de los menores queda asegurada por los poderes públicos mediante el acogimiento familiar y, no siendo éste posible o conveniente para el interés del menor, mediante el acogimiento residencial o, en su caso, mediante la adopción.

¡Cómo ha empezado mi 2025!Siguiendo mi propósito divulgativo voy a contaros lo que me pasó el martes en un juicio penal ...
16/01/2025

¡Cómo ha empezado mi 2025!

Siguiendo mi propósito divulgativo voy a contaros lo que me pasó el martes en un juicio penal para que saquéis vuestras propias conclusiones.

💔Este asunto viene de una guardia de violencia de género en la que asistí a una mujer que había denunciado a su pareja por supuestos malos tratos y por ello solicitaba también una orden de alejamiento.

📌En otra publicación os explicaré qué hacemos los letrados en estas guardias.

📝Volviendo al caso concreto, tras entrevistarme con la mujer quien aseguraba que su ya expareja le había maltratado físicamente, incluso contaba con un parte de lesiones, tuvo lugar la comparecencia en la que la Juez no le concedió la orden de alejamiento, pero sí decidió continuar con el procedimiento señalando el juicio penal correspondiente.

👨‍⚖️Durante la celebración del juicio, para mi absoluta sorpresa, la mujer decidió que era el momento de decirnos la verdad al Ministerio Fiscal, al letrado de la defensa, al Juez y a mí (os podéis imaginar mi cara), resultando que lo que había denunciado no era del todo así y que lo que realmente había ocurrido fue que ese día le dio un ataque de celos, le soltó un tortazo a su expareja y él para defenderse la apartó de su camino sujetándole de las muñecas y cayendo ésta a la cama, y que le había denunciado antes de que él la denunciara (que no lo hizo, por cierto).

😢Si pensáis como yo que el espectáculo fue dantesco, estaréis en lo cierto, no porque decidiera contar la verdad, sino porque denunció a su pareja por si él la denunciaba a ella antes.

🤥Al salir del juicio, ella me pidió perdón por no haberme contado toda la verdad a lo que le dije que aceptaba sus disculpas, pero a mí no me tenía que pedir perdón, que le debía pedir disculpas a las mujeres que de verdad necesitan estos recursos públicos para defenderse de sus agresores.

🙏En resumen, como acaba de empezar el año me parece interesante compartir esta experiencia con el objetivo de concienciar a la sociedad de que el derecho penal no se debe utilizar como argucias para conseguir intereses personales.

"No consigo relajarme ni estando con amigos, no paro de pensar en lo que tengo pendiente por hacer”; “Hago muchas cosas ...
23/12/2024

"No consigo relajarme ni estando con amigos, no paro de pensar en lo que tengo pendiente por hacer”; “Hago muchas cosas a la vez y no logro terminar ninguna…”; “Intento hacerlo todo perfecto, me preocupo tanto que a veces no me concentro y olvido detalles importantes…”

¿Te has identificado con alguna de estas amargas frases? Pues quédate a leer las diez interesantísimas medidas para abordar el impacto del estrés laboral en nuestro bienestar que propone el psicólogo Miguel Fernández Galán.

1ª Relativizar el perfeccionismo: “Lo mejor es enemigo de lo bueno”. Voltaire.

Debemos enfocarnos en hacerlo lo mejor posible dentro de nuestras posibilidades, completando cada tarea y pasando a la siguiente.

2ª Evitar trabajo innecesario: No todos los clientes u oportunidades serán adecuados para nuestro proyecto. Lo conveniente es aceptar aquellos casos que encajen con los objetivos del despacho. Si aceptamos todos a largo plazo no serán más que distracciones de aquellas oportunidades relevantes para nuestro proyecto.

3ª Rodearse de un equipo en el que se pueda confiar: Papel esencial a la hora de contribuir a nuestro bienestar. Un equipo bien organizado contribuye significativamente al éxito y sostenibilidad de nuestro despacho.

Asociaciones profesionales y grupos de networking como espacio donde entablar contactos, compartir experiencias profesionales y pedir consejo. Bien trabajados son una fuente de nuevas oportunidades laborales.

4ª Dejar ir a los pequeños problemas: Dos claves para diferenciar una pequeña molestia de un problema real: ¿Nos acordaremos de este evento de aquí a un año? ¿Hay algo que podamos hacer al respecto? Si respondemos que sí dirigir nuestras energías a resolverlo. Si respondemos que no dejar que la molestia pase.

No debemos permitir que aquellos asuntos molestos pero irrelevantes nos distraigan de todo lo que hemos logrado hasta la fecha.

5ª Establecer momentos para desconectar: Todos necesitamos invertir tiempo en nuestro bienestar, especialmente si deseamos permanecer sanos, descansados y listos para un día más de trabajo.

6ª Priorizar el descanso nocturno: Dormir menos horas para adelantar trabajo puede suponer un beneficio a corto plazo, pero al día siguiente nos sentiremos menos capaces de asumir los retos de la jornada.

7ª Acercarse a amigos, familiares y compañeros.

8ª Tomar vacaciones y disfrutarlas.

9ª El estrés no es siempre el problema: ¿Nos sentimos estresados por aquello en lo que estamos trabajando, o más bien esto se debe a nuestra manera de afrontarlo?

El estrés es peligroso cuando alcanza niveles excesivos mantenidos en el tiempo.

10ª Aprender a gestionar el impacto emocional del trabajo: Reducir el impacto emocional no solo protege nuestro bienestar psicológico, sino que también mejora nuestro desempeño profesional.

Espero que os haya resultado tan interesante como a mí.

Aprovecho para desearos Feliz Navidad y Próspero Año Nuevo.

04/12/2024

📢 Hoy entra en vigor la Ley Orgánica del Derecho de Defensa, una norma muy esperada por la Abogacía. Esta ley recoge aspectos clave como el secreto profesional, el amparo colegial, la defensa frente al intrusismo y los criterios orientadores de honorarios para calcular las costas. ⚖️

👩‍⚖️👨‍⚖️ Esta norma establece el derecho inquebrantable de todo ciudadano a contar con un abogado para ejercer su defensa cuando se ve inmerso en un proceso judicial. Asimismo, recoge los derechos y deberes de los profesionales de la abogacía, empezando por la “reserva de actividad”, que supone un paso importante en la defensa contra el intrusismo.

https://www.abogacia.es/conocenos/consejo-general/normativa-profesional/la-ley-organica-del-derecho-de-defensa-entra-en-vigor-hoy/

¿Queréis conocer los tres siguientes mandamientos de los abogados? Eduardo Couture dice en su decálogo que los abogados ...
04/12/2024

¿Queréis conocer los tres siguientes mandamientos de los abogados?

Eduardo Couture dice en su decálogo que los abogados debemos estudiar, pensar y trabajar. Este decálogo que si bien es para abogados, también, como he insistido sobre él en mis anteriores posts, son reglas que puede aplicar cualquier persona en el ámbito de su vida que desee, pues no dejan de ser valores nucleares para avanzar firmemente hacia nuestros objetivos.

Como digo, los siguientes integrantes forman un triángulo, digamos, “amoroso”: pensar, sentir y actuar. Ya que todo aquello que regula nuestra existencia se basa en pensamientos, sentimientos y acciones ¿o no?

Aplicado al Derecho, Couture nos advierte que debemos estudiar puesto que el Derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado. También debemos pensar, puesto que, el derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando. Finalmente, nos dice que debemos trabajar duro ya que la abogacía es una dura fatiga pues está al servicio de la Justicia.

Y es cierto, es una profesión maravillosa, pero muy sacrificada y con numerosos sinsabores diarios. Por ejemplo, un día de trabajo normal de un abogado, que puede durar unas 12 horas perfectamente, puede comenzar dando una buenísima noticia a su cliente, continuar recibiendo una notificación que descuadra la estrategia que pensó para otro asunto que le obliga a estudiar de nuevo el expediente y la jurisprudencia, y terminar con una llamada de un nuevo cliente, y, en medio de todo, imprevistos muy variopintos para que no se aburra (si es que nos da tiempo de eso).

Fuera del Derecho (dejemos descansar a Couture), ponerlos en práctica es muy útil, ya que, ante cualquier decisión importante o problema, antes de actuar debemos pensar, estudiar. La intuición está bien, pero hay que estrujarse el cerebro. Y cuando hayamos sopesado el asunto es cuando debemos actuar. Es cierto que no siempre contamos con mucho tiempo para estudiar, algunas veces hay, además, que ser ágiles y pensar rápido.

Para finalizar este post, comparto con vosotros algo que me repetía mucho mi padre cuando buscaba su experiencia y ayuda, en este caso, ante una preocupación. Él siempre me decía con mucho acierto: María ¿este problema tiene solución? Si la tiene (es decir, ya la has encontrado, pensado o estudiado) ¿por qué te preocupas tanto? Y si no la tiene (es decir, si por mucho que te has estrujado el cerebro, no hay como salvar la situación) ¿de qué te preocupas?

Reconozco que soy de las personas que se preocupa mucho cuando tiene algún problema y me lleva mi tiempo encontrar la solución. No me gusta decidir a la ligera, aunque lo hago cuando no me queda más remedio. Y vosotros, ¿tenéis alguna estrategia diferente para solucionar vuestros problemas o para tomar decisiones importantes?

Esta semana quiero hacer mi publicación sobre la tolerancia como un integrante más del decálogo de abogados de Couture, ...
26/11/2024

Esta semana quiero hacer mi publicación sobre la tolerancia como un integrante más del decálogo de abogados de Couture, pero, sobre todo, para concienciar de que quien carece de ella puede ser un asesino en potencia. Y no exagero.

Un ejemplo de falta total de tolerancia es el macabro as*****to homófobo de Samuel Luiz (q.e.p.d.) que se produjo, lamentablemente, el 3 de julio de 2021 y del que por fin hemos conocido el veredicto condenatorio del Jurado. Además de condenar a sus autores, el Jurado ha considerado probado que el motivo de su comisión ha sido, precisamente, la incapacidad de los asesinos de respetar y aceptar la orientación sexual de su víctima.

Que el Jurado haya considerado este as*****to como homófobo (recordemos que uno de ellos gritó "ma***ón de mi**da" antes de golpearle hasta la muerte) no es baladí, ni responde a motivos políticos, ni de otra índole. Este hecho, se ha acreditado con pruebas contundentes y, además, nuestro Código Penal lo recoge expresamente como una circunstancia agravante de la responsabilidad penal que debe aplicarse cuando se comete el delito por discriminación referente a la orientación o identidad sexual o de género de la víctima.

Quiero aprovechar esta publicación para expresar mis condolencias a la familia de Samuel Luiz y para apelar a la educación en valores y al respeto de las ideas, creencias o prácticas de los demás cuando son diferentes o contrarias a las propias, para que podamos vivir en una sociedad en la que nadie más tenga que morir a manos de otros salvajes.

Para finalizar, Couture dice sobre la tolerancia: “Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya”.

Los abogados, con independencia del lugar que ocupemos, debemos tolerar los hechos narrados por el adversario que en la mayoría de los casos, lógicamente, son contrarios a los nuestros o a nuestra versión de ellos. Nuestra misión, siempre con el debido respeto, es rebatirlos y desacreditarlos con las pruebas pertinentes.

Y tú ¿Cómo afrontas las ideas, creencias o prácticas de los demás cuando son diferentes o contrarias a las tuyas?

No, definitivamente un menor de 16 años cuya guarda y custodia es compartida no puede decidir vivir con un progenitor si...
14/11/2024

No, definitivamente un menor de 16 años cuya guarda y custodia es compartida no puede decidir vivir con un progenitor si no cuenta expresamente con el consentimiento del otro, salvo que se acredite que el cambio pretendido le beneficie.

🏆 En este nuevo caso de éxito la madre pretendía modificar el convenio regulador que firmaron en 2018, donde acordaron la custodia compartida de sus hijos de 10 y 6 años de edad (ahora 16 años y 12 años), porque su hijo mayor había decidido trasladarse a vivir con ella de forma permanente.

🤦‍♂️ El padre, a quien nosotros defendimos, no consintió dicho traslado y así lo acreditamos en el acto de juicio. También logramos convencer al juez de que dicho cambio no beneficiaba a los menores de ninguna manera.

⚖ Por tanto, el juez dictó sentencia en la que no sólo nos daba la razón sino que, además, concluía que: “el menor mostró un discurso absolutamente artificioso y aprendido, carente de la más mínima credibilidad, habiéndose trasladado a vivir con su madre con la colaboración de ésta, dejando de convivir con su hermano, y sin que conste el consentimiento del padre”. Además, logramos convencerle con nuestras pruebas de que el menor indudablemente se encontraba manipulado por la voluntad e interés de la madre.

📢 Para finalizar, no debe olvidarse nunca que lo verdaderamente relevante no es la voluntad del menor, sino su interés superior, por cuanto no debe confundirse el derecho del menor a ser oído, cuando tiene suficiente juicio, con la idea, contraria a Derecho, de que el menor puede decidir cómo y con quién va a vivir, pues ello es contrario al artículo 154 del Código civil, que lo somete a la patria potestad de sus progenitores, quienes deciden el lugar de residencia habitual del menor de edad, que solo podrá ser modificado con el consentimiento de ambos progenitores o, en su defecto, por autorización judicial; es decir, nunca por la voluntad del menor.

🤚 Por tanto, no se puede ni se debe dejar a la mera voluntad de un menor, carente de plena capacidad jurídica y de plena personalidad, la toma de decisiones relevantes, que pueden causarle perjuicios en su desarrollo. Una cosa es que los padres, recapacitando en interés del menor, y no por mero capricho o interés propio, decidan ambos unánimemente atender la voluntad o manifestaciones del menor -lo que no precisaría de ningún procedimiento judicial-, y otra muy distinta que el correcto ejercicio de la patria potestad consista en hacer “lo que el hijo quiera” o diga querer.

Si tienes un caso parecido, te podemos ayudar. Llámanos.

La paciencia y la fe: dos de los elementos necesarios para transitar por la vida y dos componentes más del decálogo de a...
13/11/2024

La paciencia y la fe: dos de los elementos necesarios para transitar por la vida y dos componentes más del decálogo de abogados de Eduardo Couture.

Cuando sientas que la vida te está diciendo "¡Corre, Forrest, corre!" y ni siquiera te has atado las zapatillas, lo mejor es tener paciencia🌱.

Particularmente, siempre he comparado el tiempo con ese amigo sabio que te da consejos que no entiendes hasta que es demasiado tarde. En los momentos de premura que todos tenemos diariamente, siempre pienso en ese brillante adagio: "Vísteme despacio que tengo prisa", porque, seamos honestos, las cosas hechas sin dejarlas reposar suelen acabar mal en el mundo del Derecho y fuera de él. Además, tal y como decía el abogado y profesor "El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración".

Aparte de la infinita paciencia también hay que tener fe en el sentido de confianza o buen concepto que se tiene de alguien o de algo. Couture en su decálogo manifiesta que hay que tener fe en el Derecho pues es el mejor instrumento para la convivencia humana; en la Justicia, como destino normal del Derecho; en la Paz, como sustituto bondadoso de la justicia, pero lo más esencial es la fe en la Libertad, sin la cual no hay Derecho, Justicia, ni Paz.

¿Y tú? ¿Cómo cultivas la paciencia y la fe en tu vida diaria? 🤔

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