12/07/2021
Nuestros clientes se enteraron en noviembre de 2019 de que les iban a desahuciar de su vivienda, ubicada en La Laguna. Lo supieron porque les llegó una demanda donde eran tratados como okupas de la casa por la que se habían hipotecado trece años antes. Lo que desconocían es que el inmueble ya había sido subastado a raíz de un procedimiento de ejecución hipotecaria promovido por la entidad financiera (entonces Banca Cívica, hoy Caixabank) en 2012. En esos siete años no recibieron personalmente ninguna notificación sobre el litigio principal y, por lo tanto, no pudieron ser oídos. Ahora, el Tribunal Constitucional les ha concedido el amparo que habían solicitado, ha frenado el desahucio y ha ordenado retrotraer las actuaciones para darles la posibilidad de defenderse.
El alto tribunal español ha estimado el recurso interpuesto por la pareja, representada por la abogada María Yumar Martín, al entender que ha sido vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión. El procedimiento de ejecución hipotecaria se sustanció en el Juzgado de Primera Instancia 2 de San Cristóbal de La Laguna. Se inició en 2012 por el impago de las cuotas del préstamo. La sentencia recientemente publicada señala que solo hubo un intento de notificación personal y fue por parte de la procuradora de la entidad financiera, que en la diligencia hizo constar que primero acudió a una vivienda donde le dijeron que la numeración de la calle había cambiado y que, al personarse en la ubicación correcta, fue recibida por "la señora de la limpieza", que "se negó a firmar, a identificarse y a recoger ninguna documentación", supuestamente siguiendo órdenes de los propietarios.
"Eso en ningún momento sucedió. Si no podían pagar la hipoteca, menos podían tener una persona de la limpieza", precisa la abogada de la pareja.
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