14/05/2026
- La Audiencia Provincial de Madrid ha mantenido la pensión de alimentos fijada en primera instancia a un padre tras el divorcio. Una decisión con la que el tribunal, del mismo modo, también ha confirmado el límite de edad para percibir esta pensión, hasta los 24 años de sus dos hijos.
- En este caso, los padres ponían fin a su relación en noviembre de 2018 divorciándose en un Juzgado, donde el padre, en concepto de pensión alimenticia a favor de sus dos hijos comunes, debía abonar 1.000 euros y el juzgado indicaba además que la pensión «se devengará desde la fecha de interposición de la demanda, hasta que los hijos comunes accedan al mercado laboral y, en todo caso, hasta los 24 años de edad, en que quedará extinguida automáticamente su pensión de alimentos«.
- Sentencia en la que, igualmente, se estipulaba que el padre abonara el importe íntegro de la formación académica, así como el 80% de los gastos extraordinarios, y una pensión compensatoria de 500 euros para su ex mujer.
- El padre apeló la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid que acordó que “No procede rebajar la pensión de alimentos en su cuantía, debiendo mantenerse en 1.000 euros mensuales para ambos hijos”.
- También indicaba que los gastos de formación y los gastos extraordinarios de ambos hijos deberán sufragarse por mitades iguales entre los dos progenitores.
- Sin embargo la Audiencia Provincial eliminó la obligación del padre de abonar una pensión compensatoria a su expareja, al considerar que esta “tiene atribuido el uso de la vivienda familiar y, además, se encuentra integrada en el mercado laboral”.
- Por tanto la Audiencia Provincial de Madrid dio en parte la razón al padre pero no modificó la cuantía de la pensión de alimentos que deberá abonar el progenitor, pero que sí confirma la sentencia de instancia en cuanto a la fecha límite para su percepción: la obligación cesará automáticamente cuando los hijos cumplan 24 años.
- Si bien esta sentencia no sienta jurisprudencia, también es cierto que lo importante es que la audiencia provincial de Madrid se atreve a poner fecha limite a la pensión de alimentos: 24 años de edad. En cualquier caso el debate sobre si poner limite o no a la pensión de alimentos ya está abierto.