26/02/2018
EL TRABAJO DE UN GRADUADO SOCIAL
Para ejercer la profesión de Graduado Social es imprescindible haber cursado el grado universitario en Relaciones Laborales que garantiza una preparación completa en materia jurídica laboral, siendo los únicos profesionales verdaderamente especialistas en esos temas.
A la hora de ejercer profesionalmente existen diversas formas: pueden formar parte de despachos, consultorías o asesorías de distinta envergadura, en el departamento de recursos humanos o jurídico de una empresa, trabajar para sindicatos y diferentes organizaciones sociales o para la Administración Pública.
También algunos se decantan por ejercer como autónomos, para ello es obligatorio estar colegiado en el correspondiente Colegio de Graduados Sociales de la provincia donde ejerza, ésta última fue la que yo elegí, esto me da mucha independencia a la hora de decidir “de la forma” que ejerzo mi profesión, siempre dentro de la deontología indicada por el Colegio.
Como conocedor del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, puedo afirmar que éste se funda en la defensa de la simetría de las relaciones entre empresario y trabajador y entre éstos y las administraciones públicas, principalmente la Seguridad Social aunque sin olvidar a las demás AA PP.
Defiendo un principio protector hacia el trabajador, pudiendo asistirle en multitud de cuestiones como:
– Asesoramiento en todo lo concerniente a la Seguridad Social.
– La orientación en casos de despidos, sanciones y convenios colectivos.
– El apoyo, al trabajador, en reestructuraciones empresariales como EREs, variaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, Procedimientos concursales...........
– La defensa jurídica en procedimientos judiciales ante el Juzgado de lo Social.
– La tramitación y la representación ante cualquier AAPP………………………….
(Entre otros temas).
Un principio trascendental que seguimos los laboralistas, porque es de obligado cumplimiento por Ley, es el de la irrenunciabilidad de derechos, mediante el cual no puedes prescindir de los derechos y garantías que te otorga la legislación laboral como trabajador. Es decir que, en este caso, no se puede aplicar la voluntad de las partes porque los derechos laborales son irrenunciables y cualquier pacto en contrario es nulo.