Ana Lemus Abogados

Despacho de abogados multidisciplinar que abarca las materias civil, familia, bancario, además de las materias de derecho penal, laboral y contencioso administrativo.

06/07/2026

- LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD!!!!!
- Abogada experta en cancelar deudas con la Ley de Segunda Oportunidad
- Cancelamos tus deudas con la Ley de Segunda Oportunidad para que puedas liberarte y empezar de cero.
- Presupuesto cerrado.

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06/07/2026

POR FAVOR, SEGUID LAS INSTRUCCIONES PARA LA INSCRIPCIÓN AL PIE DE LA LETRA, PARA QUE NO HAYA PROBLEMA CON LAS MISMAS. QUÉ es A.C.U.S.A. ??? Vamos a desarrollar una serie de preguntas y respuestas, con el fin de que todo el mundo pueda tener claro, que es A.C.U.S.A. y que ventajas ofrece formar par...

06/07/2026

Homologación e inscripción de divorcios acordados por países extranjeros en España.
Presupuestos cerrado.

06/07/2026

Divorcios de mutuo acuerdo. Procedimientos de guarda y custodia de mutuo acuerdo.
- Formalización de convenios y ratificación ante el Juzgado cuando hay bienes e hijos y cuando no hay bienes e hijos.
- Formalización de convenios de divorcio y ratificación ante la Notaría cuando no hay hijos.
Prespuestos cerrados.

06/07/2026

Ley de Segunda Oportunidad:

Mediante el Consurso Voluntario de Personas Físicas se te da la oportunidad de solicitar ante el Juzgado de lo Mercantíl la cancelación de las deudas contraídas debido a insolvencia de buena fe, por lo tanto es una solicitud que el Juez de lo Mercantíl valora.

Para interponer la solicitud se deben aportar al Juzgado los siguientes datos y documentos:

1. Datos del deudor:
- Nombre y apellidos.
- Fecha de nacimiento.
- D.N.I.
- Dirección.
- Estado civil.

2. Documentos:
- Copia del DNI.
- Certificado de nacimiento.
- Certificado de matrimonio en su caso.
- Certificado de empadronamiento.
- Certificado negativo de antecedentes penales.
- Informe de titularidad vehículos.
- Certificado Registro de la Propiedad.
- Certificado de Catastro.
- Renta IRPF dos años anteriores.
- Documentos que acredite ingresos. Nóminas, pensiones no contributivas, etc.
- Informe de la vida laboral.
- Deudas contraídas y acreedores. Contratos bancarios, procedimientos judiciales, etc.
- Gastos mensuales de agua, luz, alquiler.

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16/06/2026
15/04/2026

📣 Las personas que opten a la regularización podrán contar con el apoyo de los abogados expertos en extranjería.

📰 Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: “Los profesionales de la abogacía especializados en materia de extranjería desempeñan un papel esencial en el asesoramiento jurídico y en la correcta tramitación de los expedientes”, tras la aprobación del del RD de regularización extraordinaria de personas migrantes en España.

🤝 Abogacía y ministerio impartirán sesiones informativas para reforzar la coordinación y el rigor jurídico en la aplicación de este procedimiento.

https://www.abogacia.es/actualidad/noticias/las-personas-que-opten-a-la-regularizacion-podran-contar-con-el-apoyo-de-los-abogados-expertos-en-extranjeria/

13/04/2026

Regularización Especial (2026) EXTRANJERÍA.

La regularización extraordinaria de inmigrantes en España, prevista para entrar en vigor en abril de 2026, busca legalizar a personas que ya se encuentran en el país. El proceso se basa en la acreditación de la permanencia y la ausencia de antecedentes.

Papeles y Requisitos Necesarios (Provisional)

Para solicitar esta regularización, generalmente será necesario aportar la siguiente documentación:

Pasaporte completo en vigor: Es indispensable para acreditar la identidad.
Certificado de empadronamiento: Documento que demuestre que estabas en España antes del 31 de diciembre de 2025 o 31 de julio de 2025 según el borrador final.

Pruebas de permanencia ininterrumpida:
Documentos que acrediten que has permanecido en España al menos 5 meses sin salir del país (ej. empadronamiento histórico, contratos de alquiler, envíos de dinero, registros médicos).
Certificado de antecedentes penales: Expedido por las autoridades de tu país de origen, debidamente apostillado o legalizado, y traducido.
Certificado de antecedentes penales en España: Generalmente gestionado por la propia oficina de extranjería, pero es buena práctica tenerlo previsto.
Oferta de empleo (si aplica): Aunque algunas regularizaciones extraordinarias no lo exigen estrictamente, una oferta de trabajo puede facilitar el arraigo.
Documentación de asilo (si aplica): Si has solicitado protección internacional y está en trámite o denegada.

Requisitos Clave para Acceder
Presencia: Haber llegado a España antes del 1 de enero de 2026 (algunas fuentes indican fecha de corte de 31 de julio de 2025 para ciertos supuestos).
Permanencia: Acreditar al menos 5 meses de estancia ininterrumpida antes de la solicitud.
Conducta: Carecer de antecedentes penales graves en España y en el país de origen.

¿Cómo solicitarla?
La solicitud se presentará ante las Oficinas de Extranjería de tu provincia de residencia. Se recomienda comenzar a reunir documentación desde ya, especialmente los antecedentes penales de tu país, ya que suelen tardar más en tramitarse.

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Dirección

Crta. Gral. Las Galletas N98
San Miguel
38639

Horario de Apertura

Lunes 10:00 - 17:00
Martes 10:00 - 17:00
Miércoles 10:00 - 17:00
Jueves 10:00 - 17:00
Viernes 10:00 - 17:00

Teléfono

+34647957758

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