Quota Asesores y Consultores S.L.

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08/08/2012

 NOVEDADES EN LOS IMPUESTOS

l. Desde el 1 de Septiembre de 2012,las facturas de ingresos de actividacles profesionales pasaran a tener una retención del 19% en el Impuesto dela Renta.

Esto afecta a: Roper, lnstituto, Luz Meseguer, Maria Dolor-es Campoy,etc.
Afectará a Antonio JavierLópez-Alemánen Enero de 2013.

2. Desde el 1de Septiembreo tenemosnovedadesen el IVA:

Tipode 4%

Se aplica a la venta de pan, leche, fruta, libros, medicamentos humanos etc.
Se aplica a la venta de viviendas nuevas hasta diciembre 2012"
La venta de material escolar pasa al 21%.


Tipode l0%

Se aplica a la vetrta de alimentos, semillas, agua, medicamentos animales,etc.
Reparaciónde viviendas, para particulares o comunidades, con más de 2 años de antigüedad, los materiales que aporta la empresa no superen el 40% del precio.
Construcción o rehabilitación de viviendas, contratos directos entre promotor y contratista.

Tipode21%

Venta de flores, plantas, objetos de arte, tabaco, bebidas alcohólicas, etc.
Servicios mixtos de hostelería con espectáculos, discotecas, teatros, artistas.
Servicios prestaclos a deportistas, fimerarias, peluquería.

27/06/2012

Hacienda ya estudia elevar el IVA a bienes gravados con tipos reducidos.

El Gobierno está preparando el camino para presentar más ajustes ante el deterioro de la economía. En primer lugar, el presidente del Ejecutivo, Mariano Rajoy, anunció ayer "medidas difíciles" en los próximos meses para fomentar el crecimiento y el empleo. Fuentes de Hacienda reconocieron que estudian elevar el IVA de bienes y servicios, que ahora están gravados con tipos reducidos (8%) o superreducidos (4%).

R. Pascual / J. Viñas (cincodias.com)

Cuando el Gobierno habla de "ensanchar las bases imponibles del IVA" se refiere, por ejemplo, a recortar el listado de bienes y servicios que tributan al tipo superreducido del 4% y al reducido del 8%. Dicho de otra forma, el Ejecutivo baraja ampliar el número de productos que aplican el gravamen general del 18%, lo que equivale a un incremento del tributo. Así lo reconocieron fuentes de Hacienda, que aseguraron que están estudiando "con sentido crítico" las bases imponibles del principal impuesto indirecto.

A diferencia de la mayoría de países de la UE, más de la mitad de los ingresos por IVA que recauda España procede de productos que aplican tipos reducidos y, por este motivo, la Comisión Europea recomendó reformar este impuesto. Incluso Grecia, en términos relativos, recauda más que España. Modificar el listado de productos que aplican tipos menores permitiría al Ejecutivo elevar los ingresos sin subir el tipo general del impuesto, una medida que, en cualquier caso, no puede descartarse.

El sector turístico, que actualmente aplica un IVA del 8%, teme que el Gobierno suba el gravamen al 18%. Los alimentos elaborados, los servicios de peluquería o el transporte de viajeros también tributan al tipo reducido del 8%. Además, las viviendas nuevas, que actualmente pagan un IVA del 4% aplicarán un tipo del 8% a partir de 2013. El presidente del Ejecutivo, Mariano Rajoy, no hizo sin embargo ninguna mención a este incremento impositivo durante la clausura de la asamblea anual de CEOE. Como es habitual en esta cita, no faltó casi nadie de los convocados, y en esta ocasión tenían, además como aliciente, escuchar a Rajoy.

Los empresarios eligieron la sinfonía número 6 de Beethoven, conocida como la Pastoral, para dar la bienvenida al líder del Ejecutivo que, en contra de lo que esperaban algunos de los asistentes, no lanzó ningún anuncio de contenido económico o empresarial. Solo volvió a enumerar las líneas básicas de actuación de su Gobierno que ya explicó públicamente hace unas semanas en la sede del PP: reforzar el equilibrio presupuestario, culminar las reformas estructurales en España y en la Unión Europea y apuntalar la debilitada confianza en el euro, fundamentalmente. Acto seguido, anunció que "pronto, a lo largo de este año, habrá medidas económicas que no tendrán otro objetivo, por difíciles que sean, que crecer y crear empleo". Pero no especificó cuáles serán. Rajoy no quiso dejar pasar la ocasión para agradecer a la sociedad española "los esfuerzos y la solidaridad demostrada durante la crisis, y la entereza con la que están afrontando las adversidades".

El presidente del Ejecutivo sí fue más explícito al recordar la necesidad de recortar un 20% el sector público empresarial. El presidente del Gobierno tampoco atendió a la petición de acometer nuevas reformas en ámbito laboral, que le había formulado minutos antes Juan Rosell. El presidente de CEOE reclamó más medidas para convertir el mercado laboral español "en uno de los más flexibles de Europa".

18/06/2012

QUOTA ASESORES Y GRUPO CONVERSIA COLABORAN EN
MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS.

El objetivo de dicha colaboración es facilitar a nuestros asociados el
cumplimiento de lo establecido en la “ley orgánica de protección de datos
15/1999” (LOPD). Esta ley establece una serie de obligaciones para las empresas
y profesionales que cuenten con bases de datos de carácter personal. Baste pensar
por ejemplo, que una relación de clientes, o la relación de trabajadores de la
empresa, son ficheros afectados íntegramente por la normativa citada, las
sanciones en caso de incumplimiento pueden llegar a ser hasta de 600.000,00€
cuando se produce un uso indebido.
¿Por qué Conversia Protección de Datos, SL.?
Su actividad se centra en la Consultoría, Auditoria y Formación en el
ámbito de la Ley Orgánica de Protección de Datos
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mediante la cual el cliente tiene el obsequio de un servicio en Protección de
Datos para su empresa. Este servicio incluye:
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servicios entre todos nuestros colegiados y sus clientes.
Teniendo en cuenta que es una cuestión de gran interés, os informamos que
próximamente os llamará Conversia Protección de Datos Sl, para ampliarles esta
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compromiso alguno, para disponer de información más detallada, vía teléfono en el
635456984 y correo electrónico [email protected]
Atentamente, QUOTA ASESORES.

15/06/2012

El rescate traerá una reestructuración profunda de la banca: podría haber hasta 35.000 despidos

Las condiciones que se impondrán a la banca a cambio de los 100.000 millones de euros de ayuda van a ser muy duras. No solo puede haber consecuencias para los clientes e inversores (Ojo a las acciones, peligro en las preferentes y seguridad en los depósitos), si no que habrá una reestructuración profunda del sector que incluirá fusiones de entidades, despidos y cierres de oficinas.

Según publica hoy el diario El País, algunos ejecutivos no descartan tampoco que vaya a haber directamente liquidaciones de entidades, además de la más que probable aceleración de los procesos de fusión de entidades.

Pero no se va a quedar ahí, Bruselas ha advertido hoy que España necesita reestructurar el sector de forma "profunda" y que el proceso va a estar vigilado de cerca por la troika, es decir, técnicos del BCE, el FMI y la Unión Europea. El portavoz de Asuntos Económicos de la CE, Amadeu Altafaj, ha subrayado que serán "condiciones muy rigurosas, que se ceñirán a todo el sector financiero, no sólo a los bancos afectados".

Además de todo lo anterior, se espera que haya cierre de oficinas, despidos, venta de participaciones industriales y filiales y venta de de unidades de negocio como seguros o banca de inversión.

El servicio de estudios de BBVA estimaba recientemente que el sector financiero español aún tiene pendiente cerrar unas 8.000 oficinas, alrededor de un 26% del total, lo que implicaría recortar las plantillas en unos 35.000 empleados. Santander estimaba que podría haber que cerrar más todavía, entre 10.000 y 12.000 oficinas, mientras que Bankinter advertía que se iban "a cerrar muchas oficinas y van a sobar muchos empleos".

Estos movimientos no sorprenderían dados los antecedentes de Bruselas, que obligó a que los bancos que han acudido a la subasta de entidades nacionalizadas o los que piensan hacerlo en el futuro tendrán que cerrar todas las oficinas que ganen en el territorio afectado.

También habrá cambios a niveles más altos: los directivos de entidades que reciban ayudas verán reducir sus salarios en línea con los que han sido nacionalizados y es probable que, siguiendo la recomendación del FMI, haya cambios importantes en la organización de las entidades, ya que apelaba a la profesionalización del sector. Cambios que pueden afectar especialmente a las cajas de ahorros.

23/05/2012

La ministra de Empleo, Fátima Báñez, ha insistido en que el Gobierno aprobará "muy pronto" la Ley de Emprendedores, y ha concretado que afectará a los ámbitos de la financiación y la fiscalidad e incidirá en la reducción de cargas administrativas.

22/05/2012

La morosidad subió al 8,36% en el primer trimestre de 2012

La morosidad del crédito concedido por bancos, cajas, cooperativas y establecimientos financieros de crédito a familias y empresas españolas cerró el primer trimestre del año en el 8,36%, con lo que se situó en marzo en su máximo nivel de los últimos dieciocho años por segundo mes consecutivo.

Así se desprende de los datos provisionales publicados hoy por el Banco de España, según los cuales el sector financiero español cerró el primer trimestre del año con una cartera de créditos dudosos de 147.968 millones de euros, 1.578 millones más que en el mes anterior.

De esta forma, el ratio de mora del sector financiero español creció dos décimas en marzo con respecto al 8,15% marcado en febrero, cuando también se había elevado dos décimas respecto al mes anterior.

Este nuevo incremento sitúa ya la morosidad a ocho décimas de su máximo histórico, que fue del 9,15% y se alcanzó en febrero de 1994, aunque no hay que olvidar que entonces la cartera crediticia era muy inferior, ya que sumaba 260.581 millones de euros.

Por su parte, los establecimientos financieros de crédito (EFC), que conceden básicamente préstamos para la compra de automóviles, muebles o televisores, también vieron subir su morosidad hasta el 8,62 %, tras permanecer tres meses consecutivos en el 8,39 %, según estos datos.

El crédito dudoso de estas entidades se situó en marzo en 3.574 millones de euros, 13 millones menos que el mes anterior, en tanto que el crédito total que tenían concedido cayó de nuevo a 41.466 millones frente a los 41.532 millones de febrero.

En comparación con los datos de marzo de 2011, el ratio de créditos impagados se elevó en más de dos puntos, ya que entonces se situaba en el 6,11%.

La cartera de dudosos, por su parte, creció en 36.457 millones de euros en doce meses, ya que en marzo del año pasado la cifra era de 111.511 millones de euros impagados.

15/05/2012

Los escolares de Cartagena desarrollan su espíritu emprendedor creando sus propias miniempresas

La alcaldesa Pilar Barreiro, junto al director general de Planificación y Ordenación Educativa, Carlos Romero, visitarán este martes el colegio Nuestra Señora de Los Dolores con motivo de su participación en el proyecto EMe, cuyo objetivo es incentivar las habilidades emprendedoras de los niños.

El proyecto viene impulsado por la consejería de Empresa, a través del Instituto de Fomento junto con la consejería de Educación y se encuentra enmarcado dentro del Plan Emprendemos en un eje de actuación llamado Fomento de la Cultura Emprendedora en Edades Tempranas.

Durante el curso escolar los alumnos constituyen en el aula su propia miniempresa, en forma de cooperativa, donde realizan tareas como la elección del consejo rector, la redacción de estatutos y diseño de la imagen corporativa. Su actividad consiste en la fabricación de productos, elaborados por ellos mismos en clase, previo estudio de mercado.

03/05/2012

El Anteproyecto de Ley integral de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social, aprobado el pasado viernes, pretende ser un instrumento para intensificar la lucha contra la situaciones irregulares en el marco laboral que generan una merma de derechos sociales y laborales de los trabajadores, provoca competencia desleal contra las empresas que sí cumplen con sus obligaciones y, evidentemente, repercuten en la pérdida de ingresos de la Seguridad Social.

Se perseguirán los supuestos de aplicación y obtención indebidas de bonificaciones y reducciones de cotizaciones a la Seguridad Social. Se investigarán posibles situaciones fraudulentas en la percepción de otras prestaciones de la Seguridad Social y la obtención de prestaciones mediante fraude de ley a través de empresas ficticias creadas para disfrutar de éstas.

Más poder para los órganos de inspección

Estas medidas concederán un mayor poder a los órganos de inspección laboral, que se reforzarán 53 nuevos Inspectores y 60 Subinspectores y que llevarán a cabo nuevas campañas de inspección. Además se ampliará de nueve a dieciocho meses el período de comprobación por parte de la Inspección, previo al procedimiento sancionador, para los casos de fraude complejos.

Se llevará a cabo un especial seguimiento de los casos de empleo irregular descubierto para evitar que se repitan las mismas situaciones y se intensificará la vigilancia y control sobre la percepción indebida de prestación en los casos de despido colectivo.

Además se modificará el Código Penal para ampliar el periodo de prescripción de los delitos contra la Seguridad Social, que pasará de 5 a 10 años.

También se exigirá el pago de las cuotas defraudadas para la evitar la responsabilidad penal y se tipificará como delito el empleo simultáneo de varios trabajadores en situación irregular.
Resto de medidas

Se aumenta de uno a tres años el plazo para exigir la responsabilidad solidaria por incumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social en los supuestos de subcontratación y se elimina el límite de 187.515 euros para las sanciones por impago de la cuotas de la Seguridad Social.

Se amplía el número de empresas obligadas a contribuir a las prestaciones que recibirán los trabajadores de más de cincuenta años cuyo contrato sea extinguido en el marco de un despido colectivo de empresas con beneficios y se rebaja de 501 a 101 el número de trabajadores mínimo de las empresas sometidas a esta obligación.

Con esto se pretende limitar los incentivos al despido de trabajadores de más edad y contribuir a la prolongación de la vida activa de los trabajadores, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social.

Se establece la supresión de las jubilaciones obligatorias pactadas en convenio colectivo, para evitar que se imponga la jubilación a estos trabajadores si desean continuar en su puesto de trabajo.

17/04/2012

¿Qué hago con mi asistenta? Guía para regularizar la situación laboral.


Quedan poco más de dos meses para que termine el plazo obligatorio para regularizar a las empleadas de hogar, pero todavía hay muchas dudas. ¿Cuánto tengo que pagarle? ¿Tiene que cotizar todas las horas? ¿Si come en casa debo descontárselo del sueldo? ¿Puede entrar un inspector de trabajo en mi casa? Son solo algunas de las preguntas que asaltan a los empleadores.

Ramón García (invertia.com)

Desde el pasado 1 de enero es obligatorio dar de alta en la Seguridad Social a toda persona que se tenga trabajando en el hogar. El plazo termina el próximo 30 de junio pero todavía hay numerosas dudas sobre cuál es el procedimiento, cuánto se tiene que pagar, qué derechos supone para el trabajador, cómo hacer en caso de retribución en especie, etc. Una avalancha de preguntas que la siguiente guía espera despejar.

¿A quién afecta la nueva regulación?

A todas las personas que presten “servicios retribuidos en el ámbito del hogar”. Estos incluyen:

- Tareas domésticas.

- Cuidado o atención de los miembros de la familia.

- Otros trabajos tales como guardería, jardinería, conducción de vehículos, cuando formen parte del conjunto de tareas domésticas.

Esta definición incluye a todos los empleados de hogar en régimen interno o externo o por hora, en uno o varios hogares, siempre que el trabajo se extienda durante cuatro o más semana (aunque sea una hora a la semana).

¿Qué documentos tengo que presentar?

- Documentos identificativos de ambas partes (DNI, pasaporte, etc).

- Contrato de trabajo, puede ser privado pero el Ministerio de Empleo ofrece un contrato modelo.

- Los impresos de la Seguridad Social para dar de alta a un empleado, que se pueden obtener en la Tesorería de la Seguridad Social o por Internet (hay que tener el certificado digital que lo expende la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre).

- Número de cuenta en la que se domiciliarán los pagos de las cotizaciones.

¿Cómo beneficia al trabajador?

Este pasa a tener los mismos derechos que se tienen en el Régimen General de la Seguridad Social, como son la asistencia sanitaria, indemnización por despido, dos pagas extra, derecho a festivos y 30 días naturales de vacaciones.

La única diferencia existente en los trabajadores que cotizan en este régimen es que no generan derecho a la prestación por desempleo. Es decir, una vez despedidos o cesada la actividad no se tendrá derecho a cobrar el paro.

¿Quién paga las cotizaciones, el trabajador o el empleador?

La cuota la debe ingresar íntegramente el empleador, la persona que contrata. Pero deberá descontarle al empleado la parte que le toque de su nómina.

¿Cuánto hay que pagar?

El tipo de cotización es del 22% en 2012, se irá incrementando progresivamente hasta 2019 cuando se equiparará al Régimen General . A cargo del empleador correrá el 18,3% y el 3,7% a cargo del empleado (lo abonará el empleador en su conjunto, pero ese 3,7% se le descontará del sueldo al empleado).


A cada tramo le corresponde una base de cotización, sobre la que se aplica el tipo de cotización correspondiente al empleador (el 18,3% en 2012). Sobre esta cifra se aplica y durante los años 2012, 2013 y 2014 se aplicará una rebaja del 20% (del 45% si el empleador es familia numeroso y el empleado trabaja en exclusividad). Además, hay que sumar el 1,1% por contingencias profesionales, que deberán también salir del bolsillo del empleador. Pero también, la Seguridad Social incluirá en la cotización la parte que corre por parte del empleado (un 3,7% en 2012) y que debe descontársele del salario.

Los tipos de cotización irán aumentando progresivamente, a razón de un 0,9% cada año del 2013 al 2018.

¿Qué pasa si trabaja por horas?

Se habla de trabajo por horas, cuando el empleado presta sus servicios en el domicilio del empleador como mucho 120 días al año. En ese caso, el precio mínimo de la hora trabajada es de 5,02 euros en 2012 y en esa cifra ya va incluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias completas a las que ahora tiene derecho el empleado del hogar y las vacaciones. Es decir, llegadas las vacaciones o los meses en los que se cobra la paga extraordinaria, el empleador no tiene que pagar nada aparte.

¿Tengo que pagarle el sueldo mínimo?

Cuando el empleado presta sus servicios más de 120 días al año en el domicilio del empleador, su retribución debe ser como mínimo igual al SMI o salario mínimo interprofesional (si la jornada es completa, es decir, de 40 horas semanales) o a la parte proporcional del SMI que corresponda al tiempo trabajado (si no trabaja a jornada completa). El SMI mensual en 2012 es de 641,40 euros. Además, el empleado tiene derecho a dos pagas extraordinarias de importe suficiente para garantizar el pago en metálico del SMI anual, que es de 8.979,60 euros (641,40 euros x catorce pagas). Si el salario pactado total de los doce meses ya alcanza la cifra del SMI anual indicado, no hay obligación de dar pagas extras.

¿El trabajador es interno, tengo que descontarle los gastos de vivir en casa?

Con la nueva ley se garantiza, como mínimo, el pago en metálico del Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual, dicho salario se entiende referido a la jornada de trabajo completa (40 horas semanales). Si se realiza una jornada inferior el sueldo se prorratea según las horas trabajadas. Por debajo del Salario Mínimo no será posible realizar descuento alguno por salario en especie, por manutención o alojamiento. Además, cuando exista salario en especie éste no podrá superar el 30 por ciento de las percepciones salariales.

¿Debo darle los festivos a mi asistenta?

Sí, la ley así lo recoge: “el trabajador tendrá derecho al disfrute de las fiestas y permisos previstos para el resto de los trabajadores”.

¿Tienen derecho a vacaciones los trabajadores del hogar?

El período de vacaciones anuales será de treinta días naturales que podrán fraccionarse en dos o más periodos, si bien al menos uno de ellos será como mínimo de quince días consecutivos. En defecto de pacto sobre el o los periodos de vacaciones, quince días podrán fijarse por el empleador, de acuerdo con las necesidades familiares y el resto se elegirá libremente por el empleado. Estas fechas deberán ser conocidas con dos meses de antelación al inicio de su disfrute.

Además, durante el periodo o periodos de vacaciones, el empleado de hogar no estará obligado a residir en el domicilio familiar o en el lugar al que se desplace la familia o alguno de sus miembros.

El empleado interno dispondrá al menos de dos horas diarias para las comidas principales. Este tiempo no computa como tiempo de trabajo, sino de descanso.

¿Puedo desgravarme las cotizaciones?

Aunque el empleador se comporta como una empresa, no puede desgravarse el salario que abona al empleado.

¿Pueden venir a mi casa una inspección de trabajo?

En la ley no queda claro este punto. Un empleado de hogar, como su nombre indica, trabaja en una casa. Un espacio privado al que no se puede entrar sin una orden judicial, por lo que una inspección de trabajo no podría violar el hogar. Así, que hasta que la jurisprudencia diga lo contrario y según los expertos consultados es complicado que vayan a poder hacer investigaciones en las casas.

¿Si la asistenta trabaja en varios lugares quién paga?

Cada empleador debe pagar la parte que le corresponda según las horas trabajadas y de acuerdo a la tabla de más arriba. El trabajador deberá pagar por su cuenta la parte que le corresponde, el 3,7% de las cotizaciones.

¿Qué sucede con las bajas?

En caso de baja laboral las condiciones serán las mismas que en el Régimen General. La duda está en el caso de trabajadores que lo hacen a tiempo partido; es decir, por horas. Si la asistenta sufre el accidente en una de las casas en las que trabaja ¿ese empleador debería pagar la baja o tienen que hacer todos los empleadores que la tienen contratada? Éste es otro punto sin resolver y uno de los más complicados, habrá que esperar a ver qué dice el Ministerio o los juzgados.

¿Cuánto puede durar el contrato?

El contrato podrá celebrarse por tiempo indefinido o por una duración determinada en los casos legalmente previstos.

Podrá concertarse por escrito un periodo de prueba que no podrá exceder de dos meses y durante el cual el empleador y el empleado de hogar estarán obligados a cumplir con sus respectivas prestaciones, con posibilidad de resolución de la relación laboral por cualquiera de las partes con un periodo máximo de preaviso de siete días.

Quiero despedir a mi trabajador del hogar ¿cómo lo hago?

La relación laboral podrá extinguirse por:

1 Despido disciplinario, mediante notificación escrita, por las causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores. Si el despido se declara improcedente por la jurisdicción competente, las indemnizaciones, que se abonarán íntegramente en metálico, serán equivalentes al salario correspondiente a veinte días naturales multiplicados por el número de años de servicio, con el límite de doce mensualidades.

2 Desistimiento del empleador, que deberá ser comunicado por escrito al empleado de hogar. En el caso de que la prestación de servicio hubiera sido superior a un año el empleador deberá conceder un plazo de preaviso de veinte días, siendo en los demás casos de siete días. Simultáneamente, deberá poner a disposición del trabajador una indemnización, íntegramente en metálico, en cuantía equivalente a doce días naturales por año de servicio, con el límite de seis mensualidades. La cuantía de la indemnización de doce días se aplica únicamente a los contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2012. El empleador podrá sustituir el preaviso por una indemnización equivalente a los salarios de dicho período.

10/04/2012

Las 7 novedades de la campaña de Renta 2011.

Habrá mayores deducciones por compra y rehabilitación de vivienda, se suprime el cheque-bebé y vuelve el impuesto del patrimonio.

La campaña de la renta comienza este martes 10 de abril con una mayor deducción para quienes hayan comprado vivienda y más posibles beneficiarios de deducciones por obras de rehabilitación, según destacan los Técnicos de Hacienda (Gestha).

Aunque la campaña se inicia oficialmente en mayo, ya desde esta semana se puede consultar y confirmar online el borrador de la declaración de la renta. Antes de revisar el borrador, conviene tener en cuenta las novedades introducidas en esta campaña con respecto a la de 2010 .

1. Deducción por vivienda para todos

Desaparece el límite de renta que existía para deducirse la compra de vivienda habitual. Quienes hayan comprado, construido, ampliado o rehabilitado su vivienda podrán deducirse anualmente hasta 9.040 euros , una base máxima que aumenta a 12.080 euros si la obra se ha hecho para adecuar el hogar a personas con discapacidad.

2. Más beneficiados por hacer obras en casa

Se amplía el límite de renta máximo por obras en viviendas ­-salvo las dedicadas a actividades económicas- hasta los 71.007 euros, un 33% más que el pasado año. Además, el porcentaje de deducción aumenta del 10% al 20% y el límite máximo de deducción anual por cada contribuyente pasa de los 4.000 a los 6.750 euros. El tope de incentivos para varios ejercicios, por su parte, se incrementa desde los 12.000 a los 20.000 euros.

3. Mejoras para caseros e inquilinos

Quienes vivan de alquiler podrán deducirse hasta un 10,05% de la cantidad que hayan pagado, siempre y cuando su renta sea inferior a 24.107 euros (unos 90 euros más que la pasada campaña). La base máxima de deducción crece ligeramente, aunque varía en función de los ingresos del inquilino.

Los propietarios verán libre de impuestos hasta el 60% de lo que hayan ingresado por el alquiler. El porcentaje aumentará incluso al 100% para quienes hayan alquilado su casa a jóvenes de entre 18 y 30 años (ó 35 años si el contrato se firmó antes de este año).

4. Pagan más los que más ganan

Se añaden dos nuevos tramos , de manera que a quienes cobraron el pasado año más de 120.000 euros se les elevará el tramo estatal de su IRPF un punto, hasta el 22,5%, y los que ganaron más de 175.000 anuales, hasta el 23,5%.

Los ahorros también se han gravado en mayor medida en el último ejercicio, ya que aquellas cuantías que van hasta los 6.000 euros tuvieron que tributar al 19%, mientras que a partir de esa cantidad el tipo se elevó hasta el 21%.

5. Vuelve el impuesto de patrimonio

La recuperación temporal del Impuesto de Patrimonio para los ejercicios 2011 y 2012 afectará este año a unas 160.000 personas . Sólo estarán obligados a declarar por este impuesto quienes tengan un patrimonio global de más de un millón de euros . Tendrán que hacerlo si el valor de su vivienda habitual supera los 300.000 euros y si la suma de sus ahorros, vehículos, acciones, joyas u otros bienes tiene un valor por encima de los 700.000 euros, cifra que varía en algunas comunidades autónomas.

6. Adiós al cheque-bebé

Desaparece la deducción de 2.500 euros por nacimiento o adopción que se aprobó en el ejercicio 2007 y benefició a 1,5 millones de familias durante los casi tres años que estuvo en vigor. El incentivo costó casi 4.000 millones de euros al Estado.

7. Menos impuestos para prejubilaciones y bonus

Las rentas irregulares, aquellas ganadas de forma excepcional a raíz de la actividad laboral (bonus, opciones sobre acciones, indemnizaciones, premios de jubilación, etc.) quedan libres de impuestos por el 40% de la cuantía hasta los 300.000 euros a partir de ahora.

Los técnicos de Hacienda recuerdan además determinadas acciones e inversiones que pueden desgravar y a menudo pasan desapercibidas. Quienes durante el pasado año realizaran aportaciones a su plan de pensiones o dieran donativos a ciertas entidades (ONGs, fundaciones, partidos políticos...) podrán ahorrar hasta 2.700 euros en el IRPF de este año.

La declaración de la renta es obligatoria para todos aquellos contribuyentes que ingresen más de 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador, cifra que se rebaja a los 11.500 euros en caso de tener varios pagadores, y que la aportación de al menos dos de ellos supere los 1.500 euros.

Las comunidades autónomas tienen transferida la capacidad de aprobar sus propias deducciones en materias como el alquiler de vivienda habitual y de realizar cambios en los tipos del IRPF, por lo que conviene estar al tanto de las peculiaridades de cada región.

Calendario

A partir del martes 10 de abril y hasta el 2 de julio de 2012 se puede solicitar y confirmar el borrador o los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2011. El borrador se podrá obtener y confirmar por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria . Hacienda enviará por correo ordinario el borrador a los contribuyentes que no hayan recurrido a esta vía a partir del 3 de mayo , el día que arranca oficialmente la Campaña de Renta 2011. Si el resultado del borrador arroja una cantidad a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación no podrá realizarse más tarde del 27 de junio , salvo si se domicilia solo el segundo pago

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San Javier
30730

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