AGES Estudio Jurídico SLP

AGES Estudio Jurídico SLP Formamos este equipo: Juan Agra, Adriana Espiño, y Yolanda García.

Despacho multidisciplinar cuyos principios son la cercanía, el trato personalizado y el trabajo en equipo para resolver todas las cuestiones que nos planteen los clientes.

El equipo de Ages Estudio Jurídico os desea unas felices fiestas y un próspero año nuevo
23/12/2021

El equipo de Ages Estudio Jurídico os desea unas felices fiestas y un próspero año nuevo

¡Que tengáis unas Felices Fiestas! ¡Con sentidiño!
23/12/2020

¡Que tengáis unas Felices Fiestas! ¡Con sentidiño!

CARTEL DO LEITEA Comisión Nacional dos Mercados e da Competencia sancionou a varias industrias lácteas por intercambiar ...
20/05/2020

CARTEL DO LEITE

A Comisión Nacional dos Mercados e da Competencia sancionou a varias industrias lácteas por intercambiar información sobre os precios do leite, sobre os gandeiros e sobre os excedentes.

Estes intercambios de información permitían que as empresas lácteas controlasen o mercado do leite e garantizaban non ter que negociar cos gandeiros.

Todos os titulares de explotacións gandeiras que venderon leite durante os anos 2000 e 2013 teñen dereito a ser indemnizados polos danos que se lle causaron por ese intercambio de información.

Se tes dúbidas sobre:
1. ¿A canto ascende a indemnización?
2. ¿ A quén teño que reclamar?
3. ¿Qué plazo teño para facelo?
4. ¿Qué documentación preciso?
5. ¿Que pasos debo seguir?

Ponte en contacto con nós e resolveremos todas as túas dúbidas e asesorarémoste tanto no proceso extraxudicial como xudicial.

Buenos días, este lunes hemos empezado a atenderos en nuestros despachos de forma presencial, siempre con cita previa. N...
15/05/2020

Buenos días,

este lunes hemos empezado a atenderos en nuestros despachos de forma presencial, siempre con cita previa.
Nos hemos estado preparando para poder atenderos con total seguridad.

Recordad pedir cita previa, ser puntuales para poder guardar la distancia y respetar el aforo, acudir con mascarilla y utilizar al entrar el gel desinfectante que ponemos a vuestra disposición.

¡Agradecemos vuestra paciencia y confianza!

Seguro que muchos de vosotros por causa de la situación excepcional que nos está tocando vivir os planteáis cuestiones t...
16/03/2020

Seguro que muchos de vosotros por causa de la situación excepcional que nos está tocando vivir os planteáis cuestiones tales y como: “¿La próxima semana tendré que personarme en el juzgado al haber sido citado como testigo, o como parte?”, “El plazo para presentar demanda por causa del accidente de tráfico que he sufrido finaliza el próximo lunes”, “Me han despedido”, “En mi empresa me han comunicado que van a iniciar un ERTE, y no tengo ni idea de lo que es eso”
Situación judicial y procesal actual.
“El CGPJ acuerda la suspensión de las actuaciones judiciales y de los plazos procesales en todo el territorio nacional, garantizando los servicios esenciales”
1.- SUSPENSIÓN DE TODAS LAS ACTUACIONES JUDICIALES PROGRAMADAS Y DE LOS PLAZOS PROCESALES, con efectos desde el 14 DE MARZO DE 2020 y mientras dure el Estado de Alarma.
2.- SUSPENSIÓN DE LOS PLAZOS ADMINISTRATIVOS desde el 14 de marzo y mientras dure el Estado de Alarma.
3.- Quedan SUSPENDIDOS EN TODO EL PAÍS LOS PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD DE CUALESQUIERA ACCIONES Y DERECHOS durante el plazo de vigencia del estado de alarma
4.- Se mantendrán sólo las siguientes actuaciones:
• Internamientos urgentes del artículo 763 de la LEC.

• Actuaciones con personas detenidas o presas y actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria.

• Adopción de medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables, como las medidas de protección de menores, levantamientos de cadáveres, o entradas y registros.

• Servicios de guardia en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y las medidas cautelares de su competencia.

• El Registro Civil seguirá expidiendo licencias de enterramiento, las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio y la celebración de matrimonios en su horario ordinario.

• Actuaciones contencioso-administrativas relativas a medidas que las autoridades sanitarias consideren urgentes y necesarias para frenar esta crisis e impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental.

• Juicios en el orden social declarados urgentes por ley, de tutela de derechos fundamentales, medidas cautelares urgentes y preferentes y los procesos de conflicto colectivo, EREs y ERTEs.

• En general, los procesos en los que se alegue vulneración de derechos fundamentales y que sean urgentes y preferentes.

• Cualquier otra decisión judicial inaplazable, aunque no citan ejemplos ni criterios para esta consideración.
5.– Los plazos ante el Tribunal Constitucional se suspenden mientras dure el Estado de Alarma.
6.– Las visitas a Centros Penitenciarios siguen de manera ordinaria pero exclusivamente a través de los locutorios.
7.- Es también importante que se conozca lo siguiente:
• Las salas y dependencias colegiales destinadas a reunirse con los clientes permanecerán cerradas.

• El Servicio de Orientación Jurídica y de atención a los solicitantes de justicia gratuita queda suspendido de forma presencial, pasando a prestarse de forma telefónica. Excepcionalmente, se atenderán de forma presencial aquellos casos de urgencia que requieran la solicitud de suspensión de plazos procesales siempre tras la solicitud de cita previa.

• La atención a los abogados también se realizará preferiblemente de forma telefónica o telemática, evitando en lo posible acudir a la sede del colegio presencialmente.

• Se suspenden todos los actos y jornadas colegiales.

• Las actuaciones urgentes de los Juzgados de Menores se harán por el Juzgado de guardia.

• Queda prohibido el acceso a dependencias judiciales de toda persona que no deba acudir a ellas en razón a trámite judicial o administrativo para el que haya sido citado, a excepción de la Apostilla de La Haya.

En conclusión, únicamente se mantiene la actividad judicial urgente, las causas con presos y las que afectan a derechos fundamentales. Si usted tiene dudas sobre cómo afecta la declaración del estado de alarma a su actividad profesional, a la relación laboral con su empresa o si las causas judiciales o procedimientos administrativos que tiene en curso se van a seguir tramitando, póngase en contacto con nosotros en los en los emails [email protected], [email protected] y [email protected]

En atención a las circunstancias en las que nos encontramos por causa del Covid-19, y tras haber sido decretado el estad...
15/03/2020

En atención a las circunstancias en las que nos encontramos por causa del Covid-19, y tras haber sido decretado el estado de alarma os facilitamos el texto del "Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19".
Asimismo haremos una breve explicación de cómo se va a desarrollar la actividad judicial.

Documento BOE-A-2020-3692

Un juzgado de Pontevedra estima nuestros argumentos y reconoce una incapacidad absoluta a nuestro cliente. En este caso,...
17/01/2020

Un juzgado de Pontevedra estima nuestros argumentos y reconoce una incapacidad absoluta a nuestro cliente. En este caso, el cliente presentaba una importante patología renal y la medicación precisa para tratarla le provocaba mareos, vértigos y diarreas crónicas. La sentecia fundamenta, tal y como defendíamos, que nuestro cliente no puede desarrollar ningún trabajo en condiciones de rendimiento normal.
Esta sentencia es recurrible pero por el momento nuestro cliente cobrará el 100% de la base de su pensión.

Os deseamos una Feliz Noche y una muy buena entrada en el año 2020!!
31/12/2019

Os deseamos una Feliz Noche y una muy buena entrada en el año 2020!!

Todo o equipo de Ages deséxavos un bo nadal e que o 2020 veña cargado de saúde, éxito e felicidade!!!
24/12/2019

Todo o equipo de Ages deséxavos un bo nadal e que o 2020 veña cargado de saúde, éxito e felicidade!!!

Desgraciadamente hoy, 25 de noviembre, son ya 52 las voces apagadas y  43 niños a los que  impunemente han arrebatado a ...
25/11/2019

Desgraciadamente hoy, 25 de noviembre, son ya 52 las voces apagadas y 43 niños a los que impunemente han arrebatado a sus madres.
No podemos negar, ni que con fines meramente partidistas se niegue lo evidente, que la violencia de género es una lacra de nuestra sociedad frente a la que debemos seguir luchando día a día hasta conseguir su total desaparición sin dar un solo paso atrás.
Debemos trabajar para que no se lleve a cabo ningún tipo de discriminación ni violencia frente a una mujer por el hecho de serlo, y proteger derechos fundamentales como la igualdad, la libertad, y la dignidad recogidos en nuestra Constitución. Combatir desde la educación y los valores, los roles que vienen impuestos por la sociedad. Es responsabilidad de todos, es una lucha compartida.

Desde nuestro despacho queremos mostrar nuestro total compromiso y lucha frente a todo tipo de violencia ejercida sobre la mujer, que atente frente a su integridad física, psíquica y moral, ofreciendo el asesoramiento necesario y sobre todo apoyo directo durante todo el proceso.

El TSJ de Galicia confirma la sentencia dictada por un Juzgado de lo Social de Pontevedra que reconocía a nuestro client...
11/11/2019

El TSJ de Galicia confirma la sentencia dictada por un Juzgado de lo Social de Pontevedra que reconocía a nuestro cliente, marinero de pesca en altura, una incapacidad permanente total.

La sentencia estima los argumentos expuestos en nuestro escrito de impugnación al recurso presentado por la mutua y considera que nuestro cliente está incapacitado porque fue declarado no apto para su profesión por sus dolencias lumbares.

Igualmente considera que esas lesiones derivan de un accidente de trabajo que el trabajador había sufrido casi dos años antes porque el período de baja previo a la incapacidad fue declarado derivado de accidente de trabajo.

Si esta sentencia deviene firme nuestro cliente podrá cobrar un seguro que tenía suscrito que daba cobertura a las incapacidades derivadas de accidente de trabajo e incluso podrá compatibilizar el cobro de la pensión con un trabajo remunerado que no requiera esfuerzos físicos.

Un juzgado de Vigo estima la demanda presentada por este despacho y reconoce una pensión de incapacidad permanente total...
04/09/2019

Un juzgado de Vigo estima la demanda presentada por este despacho y reconoce una pensión de incapacidad permanente total a nuestra clienta que presentaba dolores generalizados bajo el diagnóstico de FIBROMIALGIA Y DEPRESIÓN. Y ello pese a que los resultados de las pruebas médicas eran normales.

Contra esta sentencia cabe recurso, pero la primera batalla la hemos ganado.

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