18/03/2025
📌 DELITO DE IMPAGO DE ALIMENTOS: ¿QUÉ DICE LA LEY? ⚖️
El impago de la pensión de alimentos establecida en sentencia judicial no es solo un incumplimiento civil, ¡puede ser un delito! 🚨
🔹 ¿Qué dice el Código Penal?
El artículo 227 del Código Penal establece que quien deje de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos la pensión de alimentos a sus hijos o excónyuge puede enfrentarse a una pena de prisión de 3 meses a 1 año o una multa de 6 a 24 meses.
🔹 ¿Qué se necesita para denunciar?
✔️ Una sentencia firme que establezca la obligación de pago.
✔️ Demostrar el impago reiterado de la pensión.
✔️ No es necesario demostrar intención de perjudicar, pero sí que el deudor tenía capacidad de pago o no hizo esfuerzos por cumplir.
🔹 Consecuencias legales
❌ Prisión o multa.
❌ Inscripción en el Registro de Deudores de Pensiones.
❌ Posibles embargos de bienes y cuentas bancarias.
Si enfrentas una situación de impago de alimentos, consulta con un abogado para conocer tus derechos y opciones legales. 💼⚖️
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