Cristina Pérez Asencio

Cristina Pérez Asencio Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Cristina Pérez Asencio, Abogado y bufete de abogados, Avenida República Dominicana nº 19, Palma del Río.

Asuntos de familia, procedimientos judiciales para la reclamación de daños personales y materiales ocasionados por accidentes de tráfico, herencias, procedimientos penales, laborales, cláusulas suelo y reclamaciones de gastos hipotecarios...

¿Sabías que el 91% de las personas físicas o jurídicas que compraron un vehículo entre 2006 y 2013 fueron afectadas por ...
17/02/2022

¿Sabías que el 91% de las personas físicas o jurídicas que compraron un vehículo entre 2006 y 2013 fueron afectadas por el Cárteles de vehículos?

Reclama tu indemnización por haber sido afectado por estas conductas colusorias y consigue la devolución de entre el 10%-15 % del valor de la compra.

Informate de forma gratuita en nuestro despacho y estudiamos la viabilidad de tu reclamación.

10/05/2020

📌Queridos amigos! A partir de mañana 11 de Mayo estamos un pasito más cerca de volver a la nueva normalidad, entramos en la Fase 1 prevista por el Gobierno para iniciar los planes de desescalada.

Ahora más que nunca es muy importante que seamos responsables para que el esfuerzo de todos siga dando sus frutos.

⌛Aunque los plazos procesales y administrativos siguen suspendidos y el acceso a los Juzgados esta restringido para abogados y procuradores, podemos darle asesoramiento sobre cualquier asunto que necesite y ponernos manos a la obra en el estudio de su asunto para tratar de agilizar los procedimientos.

📍Si necesita venir a vernos, estaremos encantados de atenderle y para hacerlo de forma ordenada le proponemos que conocerte una cita en el teléfono 608758170 y que por su seguridad y la nuestra no se olvide su mascarilla!

UNPASITOMASCERCA!💪🏼

06/04/2020

📌 CUSTODIA COMPARTIDA Y RÉGIMEN DE VISITAS ¿COMO DEBE DESARROLLARSE DURANTE EL ESTADO DE ALARMA? 📌

Para l@s que me habéis preguntado sobre este tema y para aquell@s a los que os pueda surgir la duda; NO SE HA PREVISTO MEDIDA ESPECIAL y por tanto NO EXISTE REGULACIÓN AL RESPECTO, ni en el Real Decreto por el que se declaró el Estado de Alarma y ni en los sucesivos publicados desde que se decretó la situación que hasta la fecha mantenemos.

Por ello ante esta situación tan excepcional deberán ser los progenitores los que apelando al sentido común y en el beneficio de los menores se pongan de acuerdo sobre la forma en que van a desarrollarse la visitas

No obstante y para el caso de que las partes no consigan ponerse de acuerdo, deberá regir lo establecido en el Convenio Regulador o Sentencia, llevando a cabo dichas visitas y las alternancias del régimen de custodia compartida con sometimiento a las normas que el Gobierno ha establecido con el fin de frenar la pandemia.

01/04/2020

📌🔍LA MORATORIA DE LA DEUDA HIPOTECARIA SE EXTIENDE A LOS AUTÓNOMOS.

NOVEDADES CON MOTIVO DEL REAL DECRETO 11/2020 DE 31 DE MARZO por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

➡️La moratoria de la deuda hipotecaria del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, inicialmente prevista para la vivienda habitual de las personas físicas se extiende ahora a dos nuevos colectivos: el de los autónomos, empresarios y profesionales respecto de los inmuebles afectos a su actividad económica, de un lado, y a las personas físicas que tengan arrendados inmuebles por los que no perciban la renta arrendaticia en aplicación de las medidas en favor de los arrendatarios como consecuencia del estado de alarma.

25/03/2020

📌 MORATORIA EN EL PAGO DE HIPOTECAS📌.

Una de las medidas previstas en el Real Decreto de medias urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 ha sido la MORATORIA en el pago de hipoteca PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL aplicable para los deudores de préstamo hipotecario cuando se encuentren en los supuestos de vulnerabilidad que regula el artículo 9 del citado Real Decreto.

➡️CUALQUIER PERSONA QUE POR SUS CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS DERIVADAS DE ESTA CRISIS SANITARIA NECESITE ACOGERSE A DICHA MEDIDA, QUE CONTACTE CONMIGO POR PRIVADO PARA INFORMARLE DE FORMA DESINTERESADA DE LAS CONDICIONES QUE DEBE CUMPLIR E INDICARLE LA DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ADJUNTAR CON LA SOLICITUD, CON EL FIN DE FACILITARLE EN LO QUE ESTE EN MIS MANOS DICHA GESTIÓN.

COMPARTE POR SI ALGUNA PERSONA LO NECESITA! GRACIAS!

📍�https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf

Con motivo del Estado de Alarma nacional decretado por el Gobierno el pasado 14 de marzo de 2020 (en virtud del Real Dec...
25/03/2020

Con motivo del Estado de Alarma nacional decretado por el Gobierno el pasado 14 de marzo de 2020 (en virtud del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo) a causa de la gran crisis sanitaria que estamos atravesando ocasionada por el virus COVID-19, me veo en la necesidad de crear la página que les presento con el fin de poder estar más cerca de cada uno de ustedes y poder informarles por este medio de las novedades que vayan teniendo lugar, ya que las visitas presenciales en la oficina no podemos llevarlas a cabo como medida de prevención ante dicha crisis.

Así las cosas y hasta que dicha situación se mantenga, para cualquier cosa que puedan necesitar les atenderé vía telefónica (608.758.170) o vía Email ([email protected]).

Por la seguridad de todos y hasta que dicha situación sea controlada...quedémonos en casa!

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ABOGADA

Abogada en ejercicio activo desde 2014.

Asuntos de familia, procedimientos judiciales para la reclamación de daños personales y materiales ocasionados por accidentes de tráfico, herencias, procedimientos penales, laborales, procedimientos de nulidad de cláusulas abusivas ( gastos hipotecarios, cláusulas suelo...)

Gestiones ante administraciones públicas.