13/04/2021
El Juzgado de lo Social nº 1 de Avilés, estima la demanda interpuesta por este despacho AMC ASESORES Y LABORALISTAS DEL PRINCIPADO en la persona y Graduada Social Alma María Alonso Fernández, y declara el derecho de nuestro representado a que se le abone el complemento de maternidad con efectos económicos desde la fecha en que devengo la pensión de jubilación, es decir diciembre de 2018.
Frente a la demanda de este despacho se opuso el Instituto Nacional de la Seguridad Social, al considerar que no era de aplicación la sentencia del Tribunal de Justicia de la Único Europea, sentencia, que declara el complemento contrario a la Directiva 79/7/CEE “de igualdad de hombres y mujeres”. Así mismo se opone a la fecha de efectos solicitada por este despacho, considerando que debe ser aplicado el complemento desde la publicación de la sentencia Europea (febrero de 2020).
La juzgadora indica “ debe decirse que la Directiva ya tenía efectos jurídicamente vinculantes que se desconocieron en la legislación nacional, de forma que la sentencia tiene como efectos la eliminación de la restricción del ordenamiento del Estado con efectos retroactivos, como si nunca hubiera existido, por lo que no existe fundamento para limitar los efectos desde el momento solicitado en la demanda…” por tanto estima la petición integra de este despacho y reconoce el abono el complemento de maternidad con efectos económicos desde la fecha en que devengo la pensión de jubilación y no con efectos a febrero de 2020, ni tres meses antes de su solicitud
El juzgado de lo social número 3 de Avilés ha dictado una sentencia pionera en Asturias por la que un...