Abellan & Seuberlich Abogados Rechtsanwälte

Abellan & Seuberlich Abogados Rechtsanwälte Abogados alemanes y españoles con dedicación en asuntos internacionales. Deutsche und spanische An

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Somos un Bufete formado por Abogados de nacionalidad española y alemana con especial dedicación en asuntos internacionales. Nos dirigimos tanto a particulares como a pequeñas y medianas empresas ofreciendo un servicio judicial y extrajudicial a nivel global y local. Igualmente colaboramos con otros bufetes y compañías de seguros en asuntos internacionales, especialmente intereur

opeos. Contando con la CONFIANZA de nuestros clientes nos identifican la DEDICACIÓN y la EFICIENCIA en nuestro trabajo, en orden a la orden a la consecución de los mejores RESULTADOS. Als Anwälte deutscher und spanischer Nationalität haben wir uns auf die Bearbeitung internationaler Rechtsangelegenheiten spezialisiert. Zu unseren Mandanten gehörden Privatkunden ebenso wie mittelständische Unternehmen; Anwaltskollegen und Versicherungsgesellschaften kontaktieren uns zur kooperativen Bearbeitung internationaler, meist intereuropäischer Mandate. Um dem entgegengebrachten VERTRAUEN unserer Mandanten gerecht zu werden, erzielen wir durch persönliches ENGAGEMENT und EFFIZIENZ bei der Bearbeitung der übertragenen Mandate die besten RESULTATE.

Nuevo artículo en la sección de actualidad de la web, de nuestra abogada  “Hoy escribo en la sección de actualidad de nu...
01/04/2024

Nuevo artículo en la sección de actualidad de la web, de nuestra abogada

“Hoy escribo en la sección de actualidad de nuestra web un comentario a la reciente Sentencia del Tribunal Constitucional, de 14 de febrero de 2024 por la que se estima el recurso de amparo interpuesto por la madre, contra la sentencia que acordaba conceder al padre el derecho a decidir de cara a matricular a la hija común en un centro religioso concertado.

La sentencia resuelve que en caso de discrepancia resulta más favorable al interés de la menor la opción por un centro educativo laico, capaz de garantizar un ambiente neutral, abierto y plural en el que la menor pueda desarrollar en el futuro, con mayor efectividad, su derecho fundamental a la libertad religiosa.

Comparto los argumentos de la sentencia en cuanto a la valoración de los derechos en juego y al juicio decisorio, si bien creo que la sentencia debería haber permitido la consideración a las circunstancias actuales (ya que el caso que resuelve se inició hace 4 años) para no imponer decisiones automáticas que no hagan una ponderación del interés de la menor en ese concreto momento. “

Pinchando en el perfil

de familia ://as-abogados.com/discrepancia-entre-los-progenitores-en-relacion-con-el-centro-escolar-perspectiva-de-libertad-religiosa/

La Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional, de 14 de febrero de 2024 (Recurso de Amparo 4958-2021) se pronuncia en relación con un recurso de amparo interpuesto por la madre de una menor, frente a un Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona por el que se desestimaba el recurso interpues...

La pasada semana, nuestra socia abogada  mantuvo un encuentro con la Asociación de Familias de Personas cn Discapacidad ...
25/03/2024

La pasada semana, nuestra socia abogada mantuvo un encuentro con la Asociación de Familias de Personas cn Discapacidad Intelectual del Noroeste (APCOM) para ofrecer información sobre el nuevo marco normativo de apoyos previsto en la Ley 8/2021 y que modifica el sistema de incapacitación anterior a tal ley.

Fue un encuentro muy fructífero en el que se evidenció el gran interés de las familias por este cambio, al afectar a intereses superiores como el bienestar de sus familiares.

Desde nuestro despacho agradecemos a .apcom haber contado con nosotras, y nos mostramos a su disposición.

La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con dis...
20/03/2024

La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, supone un cambio radical de paradigma respecto de las tradicionales fórmulas de incapacitación y tutela.

Mañana estaremos en el Aula cultural de la Fundación Cajamurcia de Caravaca de la Cruz exponiendo los aspectos más relevantes de esta nueva regulación, y resolviendo su aplicación práctica en una charla organizada por APCOM

Seit Inkrafttreten des Gesetzes “Ley 15/2015” ist in Spanien die Ehescheidung vor einem Notar möglich.Voraussetzung für ...
26/02/2024

Seit Inkrafttreten des Gesetzes “Ley 15/2015” ist in Spanien die Ehescheidung vor einem Notar möglich.

Voraussetzung für die notarielle Scheidung ist, dass die Ehepartner sich in allen Punkten der Scheidung und Folgesachen einig sind und keine minderjährigen oder geschäftsunfähigen Kinder haben. Sind Kinder vorhanden, kann die Scheidung ausschließlich vor Gericht erfolgen, um die Wahrung des Kindeswohls zu gewährleisten.

Bei der notariellen Scheidung müssen die Eheleute anwaltschaftlich vertreten sein; der Anwalt / die Anwältin legt dem Notar eine Vereinbarung, genannt “Convenio”, über die Ehescheidung und ihre Folgen vor, welcher vorher mit den Eheleuten ausgearbeitet wurde.

Interessant ist dabei, dass auch Ehepaare mit internationalem Bezug diese Möglichkeit der vereinfachten Scheidung in Spanien nutzen können.
Nach Artikel 3 der Verordnung (EU) 2019/1111 können u.a. folgende Ehen vor einem spanischen Notar geschieden werden:

- Ehepartner mit deutscher oder jeder anderen Staatsangehörigkeit, von denen zumindest einer in Spanien “seinen gewöhnlichen Aufenthaltsort” hat.

- Ehepartner mit spanischer Staatsangehörigkeit, die nicht in Spanien leben.

Detaillierte Info auf unserer Web:

https://as-abogados.com/de/internationale-ehescheidung-vor-dem-notar-in-spanien-ist-das-moeglich/

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA resuelve de un modo claro en su Sentencia de 22 de febrero de 2024 que ante ...
22/02/2024

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA resuelve de un modo claro en su Sentencia de 22 de febrero de 2024 que ante la ausencia en el Ordenamiento Jurídico Español de medidas adecuadas para prevenir y sancionar la abusividad en la temporalidad del empleo en la administración pública, la CONVERSIÓN DE LOS CONTRATOS TEMPORALES ABUSIVOS EN FIJOS, puede constituir tal solución.

La esperada sentencia del TJUE responde así a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en Autos de 21 de diciembre de 2021 y de 3 de febrero de 2022.

El TJUE, en una resolución que ofrece mayores certezas que las dictadas hasta la fecha, declara cuestiones tan relevantes como las siguientes:

1) Que el Indefinido no fijo, tradicionalmente utilizada por los tribunales de lo social (incluido el TS) ante el uso abusivo de relaciones de trabajo temporales por la administración pública, sigue siendo un trabajador temporal en los términos de la directiva 99/70 de 28 de junio, por lo que las medidas protectoras previstas en su acuerdo marco, le son plenamente de aplicación.

2) Que también estamos ante el concepto de sucesivas realaciones de trabajo temporales en el caso de un único contrato, por ejemplo, indefinido no fijo, que se entiende porrogado automáticamente.

3) Que no puede entenderse como medida adecuada de sanción, en los términos de la directiva comunitaria ni la concesión de una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con el límite de una anualidad reconocida al personal indefinido no fijo cuando ve extinguida su relación de empleo por la cobertura definitiva de la plaza; ni la convocatoria pública de procesos de consolidación, en tanto estos no tienen en consideración en modo alguno la abusividad en la temporalidad sufrida por el trabajador.

4) Tampoco constituye medida equivalente de sanción en los términos de la Directiva, las supuestas responsabilidades a exigir a los órganos y responsables de RRHH de las administraciones públicas conforme a las Leyes de Presupuestos Generales de 2017 o 2018 (que no se han demostrado en absoluto efectivas).

5) Que si el órgano judicial nacional verifica que no existen en el derecho interno medidas sancionadoras adecuadas y proporcionadas para lograr el objetivo de la Directiva, la conversión de la relación laboral en indefinida (fija) puede constituir tal medida.

6) El principio de interpretación conforme del TFUE obliga a los tribunales nacionales a interpretar su ordenamiento jurídico interno de manea que resulte compatible con el cumplimiento de los objetivos y el efecto útil de la norma comunitaria, incluso si ello obliga a modificar una interpretación judicial consolidada, también respecto de normas constitucionales.

Cuando se produce la crisis del matrimonio, uno de los aspectos que suele generar mayor conflicto es la decisión sobre q...
07/02/2024

Cuando se produce la crisis del matrimonio, uno de los aspectos que suele generar mayor conflicto es la decisión sobre quién debe quedar en el uso de la vivienda familiar.

En nuestra sección de actualidad nos detenemos en un breve análisis sobre esta cuestión.

La atribución del uso de la vivienda familiar ante una separación o divorcio.
07/02/2024

La atribución del uso de la vivienda familiar ante una separación o divorcio.

Cuando se produce la crisis del matrimonio, uno de los aspectos que suele generar mayor conflicto es la decisión sobre quién debe quedar en el uso de la vivienda familiar. Vamos a detenernos en un análisis breve de esta cuestión, excluyendo los territorios en los que, con motivo de los derechos ...

Desde el equipo ABELLÁN & SEUBERLICH ABOGADOS RECHTSANWÄLTE os deseamos un próspero y felicísimo año 2024 cargado de éxi...
03/01/2024

Desde el equipo ABELLÁN & SEUBERLICH ABOGADOS RECHTSANWÄLTE os deseamos un próspero y felicísimo año 2024 cargado de éxitos y alegrías!!

Un padre resulta sancionado con 10.000,00 Euros como responsable de los hechos cometidos por su hijo, de 13 años. El men...
07/12/2023

Un padre resulta sancionado con 10.000,00 Euros como responsable de los hechos cometidos por su hijo, de 13 años. El menor creó un perfil en la red social Instagram utilizando, sin consentimiento, la foto de otro menor. Al entrar en dicho perfil se podía ver, «en abierto» un vídeo publicado en el que aparecía un hombre, cuya cara no era visible, masturbándose.
Los hechos fueron denunciados por la madre del menor cuya imagen se había usado.

En la sección de actualidad de nuestra web analizamos los fundamentos de la resolución dictada por la AEPD. Pinchando en el perfil.

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