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CONTALIA, SL Asesoría fiscal, laboral, contable, jurídica y mercantil.

Una comparecencia ante la Inspección de Trabajo puede parecer un trámite sencillo, pero una mala gestión puede agravar c...
08/04/2026

Una comparecencia ante la Inspección de Trabajo puede parecer un trámite sencillo, pero una mala gestión puede agravar considerablemente la situación de la empresa.

Cuando se recibe una citación, muchas empresas acuden sin asesoramiento para evitar costes. Sin embargo, estas actuaciones suelen iniciarse a partir de indicios previos como denuncias, cruces de datos o actuaciones policiales que no siempre acreditan todos los hechos. En estos casos, las propias declaraciones del empresario pueden convertirse en la principal prueba utilizada por la Inspección.

En la práctica, es habitual que durante la comparecencia se reconozcan situaciones que la Inspección no tenía acreditadas: jornadas superiores a las registradas, colaboraciones puntuales de trabajadores sin alta, irregularidades prolongadas en el tiempo o prácticas no investigadas inicialmente. Estas manifestaciones pueden ampliar los periodos de regularización y aumentar las sanciones.

Aunque la empresa tiene la obligación de colaborar, no está obligada a aportar más información de la necesaria ni a realizar declaraciones que vayan más allá de los hechos acreditados. Por ello, resulta recomendable revisar previamente la documentación, limitar la información a lo solicitado y acudir acompañado de un asesor que pueda responder adecuadamente a las cuestiones planteadas.

Más información en nuestra noticia:
https://contalia.es/noticias/?buco=change-language/es-es/1/31322

📢 Nuevas medidas fiscales por la crisis en Oriente MedioEl Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de mar...
25/03/2026

📢 Nuevas medidas fiscales por la crisis en Oriente Medio

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, con un paquete de medidas fiscales y energéticas destinadas a mitigar el impacto económico de la crisis en Oriente Medio. Las medidas entraron en vigor el 22 de marzo de 2026 y afectan tanto a particulares como a empresas.

Entre las principales novedades destacan:

Se reducen temporalmente los impuestos sobre la energía. Hasta el 30 de junio de 2026 baja el IVA de la electricidad, gas, carburantes y biomasa del 21% al 10%. Además, el Impuesto Especial sobre la Electricidad se reduce de forma excepcional al 0,5% y también se rebajan los tipos del Impuesto sobre Hidrocarburos.

Se amplían las deducciones fiscales en IRPF para fomentar la eficiencia energética. Se prorrogan las deducciones por obras de mejora energética de viviendas, con porcentajes del 20%, 40% y 60% según el nivel de mejora alcanzado. También se amplían las deducciones por instalación de energías renovables, compra de vehículos eléctricos y puntos de recarga.

Las empresas también se benefician de incentivos fiscales. Se mantiene la libertad de amortización para inversiones en energías renovables, instalaciones de autoconsumo, vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga realizadas entre 2024 y 2026.

Se introducen además medidas en impuestos locales y otros tributos. Los ayuntamientos podrán aprobar bonificaciones de hasta el 50% en el IBI y hasta el 95% en el ICIO para instalaciones de energías renovables. También se crea una nueva exención en ITP y AJD para operaciones relacionadas con ahorro energético.

Estas medidas buscan reducir el impacto del aumento de los costes energéticos y fomentar la transición hacia energías más eficientes y sostenibles.

Desde el punto de vista fiscal, se trata de una norma relevante tanto para particulares que estén pensando en realizar mejoras energéticas como para empresas que tengan previstas inversiones en eficiencia energética o movilidad eléctrica.




















18/03/2026

¿Estás dotando correctamente la reserva legal en tu empresa… o estás pagando más impuestos de los necesarios?

Muchas empresas, cuando tienen beneficios, optan por acelerar la dotación de la reserva legal para alcanzar cuanto antes el 20% del capital social. Sin embargo, esta decisión puede tener un impacto fiscal negativo si no se planifica correctamente.

La forma en que distribuyes los beneficios influye directamente en la reducción por reserva de capitalización del Impuesto sobre Sociedades. Si destinas más del 10% a la reserva legal, podrías estar reduciendo el ahorro fiscal que podrías aplicar en el ejercicio siguiente.

Una planificación adecuada puede marcar la diferencia entre pagar más… o optimizar tu tributación de forma totalmente legal.

En el vídeo te lo explicamos de forma clara y directa.

Puedes ampliar la información aquí:
https://contalia.es/noticias/?buco=change-language/es-es/1/20699

Pactar un falso despido para que el empleado cobre el paro es una infracción sancionable con una multa de al menos 7.501...
17/12/2025

Pactar un falso despido para que el empleado cobre el paro es una infracción sancionable con una multa de al menos 7.501 euros y el reintegro de prestaciones.

Pactar un despido falso para que el trabajador pueda cobrar el paro constituye un fraude laboral y puede acarrear sanciones muy graves para la empresa. La Inspección de Trabajo detecta fácilmente estas situaciones, especialmente cuando coinciden factores como la cercanía de la jubilación, cartas de despido poco elaboradas o versiones contradictorias entre empresa y trabajador.

Este tipo de prácticas pueden implicar multas desde 7.501 euros y la obligación de devolver íntegramente las prestaciones indebidamente percibidas.

En Contalia asesoramos a nuestros clientes para prevenir riesgos y actuar siempre conforme a la normativa laboral vigente.


📢 ÚLTIMA HORA | Hacienda retrasa la entrada en vigor del sistema VERIFACTUEl Gobierno ha aprobado aplazar un año la entr...
02/12/2025

📢 ÚLTIMA HORA | Hacienda retrasa la entrada en vigor del sistema VERIFACTU

El Gobierno ha aprobado aplazar un año la entrada en vigor del sistema de facturación Verifactu, que debía comenzar en 2026.

📆 Nuevo calendario:

1 julio 2026: adaptación voluntaria de software.

1 enero 2027: obligatorio para empresas.

1 julio 2027: obligatorio para autónomos.

Este cambio busca dar más tiempo a empresas y profesionales para adaptar sus sistemas de facturación al nuevo modelo antifraude.

En Contalia ajustaremos el calendario de implantación y contactaremos con cada cliente entre febrero y marzo de 2026 para planificar la transición de forma ordenada y segura.

📢 Recuerde: durante el mes de noviembre debe presentarse el Modelo 232Las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año ...
04/11/2025

📢 Recuerde: durante el mes de noviembre debe presentarse el Modelo 232

Las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural deben presentar este mes la Declaración informativa de operaciones vinculadas y operaciones con paraísos fiscales.

El Modelo 232 incluye, entre otras, las siguientes operaciones:
✅ Operaciones con una misma entidad que superen 250.000 €.
✅ Operaciones “específicas” (como ventas de inmuebles o participaciones) por importe superior a 100.000 €.
✅ Operaciones del mismo tipo y método de valoración que, en conjunto, excedan del 50 % de la cifra de negocios.
✅ Detalle de operaciones con territorios calificados como paraísos fiscales.
✅ Operaciones vinculadas en las que se haya aplicado la reducción por Patent Box.

📊 En CONTALIA revisamos si su empresa está obligada a presentar esta declaración y le asesoramos para cumplir correctamente con la normativa.

💼 Evite errores y sanciones. Confíe en nuestros profesionales para la correcta gestión de sus obligaciones fiscales.

04/11/2025

🧭 Guía práctica: Cómo acceder al programa de facturación de la Agencia Tributaria (VERI*FACTU)

A partir del 1 de enero de 2026, las sociedades que tributen en el Impuesto sobre Sociedades estarán obligadas a utilizar sistemas informáticos de facturación que cumplan con el Real Decreto 1007/2023.

Las personas físicas que desarrollen actividades económicas deberán hacerlo a partir del 1 de julio de 2026.

1. Acceso al sistema VERI*FACTU

Entra en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria:
👉 https://sede.agenciatributaria.gob.es

Accede a la sección:

IVA → Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VERI*FACTU.

Dentro encontrarás:

Información general sobre el sistema.

Acceso al programa de facturación gratuito desarrollado por la AEAT.

2. Funcionalidades

El programa genera registros de facturación inalterables, firmados electrónicamente.

Cada factura incorpora un código QR tributario y una huella digital (hash) que garantiza su autenticidad.

3. Qué necesitas

Certificado digital válido (recuerda que Contalia es Autoridad de Registro lo que permite expedir un certificado válido de forma inmediata).

Conexión a internet estable.

Datos fiscales de la empresa o autónomo.

4. Soporte y ayuda

Asistencia telefónica: 91 554 87 70 (de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00).

Cita previa o consultas online:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/TOCP-MUTE/internet/identificacion

24/09/2025

📣 Nueva ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor

El Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, introduce cambios relevantes en la regulación del permiso por nacimiento y cuidado del menor en España:
✅ Duración del permiso:
• Para la madre biológica y el otro progenitor: 19 semanas de suspensión del contrato.
• En casos de familias monoparentales, el permiso se amplía hasta 32 semanas.
✅ Retroactividad y nuevos derechos:
• Se reconoce la aplicación retroactiva desde el 2 de agosto de 2024 de dos semanas adicionales de permiso parental (cuatro semanas en casos de monoparentalidad).
• Estas nuevas semanas podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026, y no será necesario un nuevo reconocimiento del derecho.
✅ Requisitos y distribución:
• Se mantienen las premisas de cotización, alta en la Seguridad Social y comunicación previa a la empresa.
• El permiso es individual e intransferible, y su distribución puede ser continua o discontinua, adaptándose a la planificación del progenitor.
• En situación de adopción, acogimiento o discapacidad del menor, también se contemplan aumentos del plazo de suspensión.
✅ Motivo y respaldo jurídico:
• La normativa persigue fortalecer la conciliación de la vida profesional y familiar, promoviendo la corresponsabilidad entre progenitores.
• Además, responde a sentencias constitucionales que declararon inconstitucionales restricciones previas al permiso en familias monoparentales.

📌 Si tienes dudas sobre cómo afecta este cambio a tu situación laboral o necesitas asesoramiento profesional para tramitar tu permiso, estamos listos para ayudarte.
👉 Comparte esta noticia para que más personas conozcan sus derechos.

📌 El artículo 18.6 no es una barra libre para recaudarEsta semana he firmado, por primera vez en 25 años, un acta de dis...
14/07/2025

📌 El artículo 18.6 no es una barra libre para recaudar

Esta semana he firmado, por primera vez en 25 años, un acta de disconformidad sin que se me permitiera defender técnicamente la postura del contribuyente. En solo dos comparecencias de veinte minutos, un actuario cerró una inspección con una propuesta de regularización basada en el artículo 18.6 de la LIS. ¿Su argumento? "Porque sí".

Este artículo está pensado para regular operaciones entre socios profesionales y sus sociedades profesionales. Pero se está usando de forma extensiva y arbitraria para aplicar ajustes incluso en sociedades con actividades claramente mercantiles y técnicas. Montar un ascensor no convierte a nadie en abogado ni médico.

No se encontraron ingresos ocultos, ni estructuras artificiales, ni irregularidades contables. Solo una interpretación forzada que ignora la normativa, la doctrina y el sentido común. Y mientras tanto, los despachos dedicamos decenas de horas a defender casos así, además de sobrevivir al día a día habitual.

Esto no es control tributario. Es presión recaudatoria mal disfrazada de legalidad.

Giuseppe Severino

📢 ¡Ya disponibles los servicios VERI*FACTU de la Agencia Tributaria!Desde el pasado 23 de abril de 2025, y con tres mese...
26/05/2025

📢 ¡Ya disponibles los servicios VERI*FACTU de la Agencia Tributaria!

Desde el pasado 23 de abril de 2025, y con tres meses de antelación sobre la fecha prevista, la Agencia Tributaria ha activado en su Sede Electrónica los nuevos servicios previstos en el Real Decreto 1007/2023, que regula los requisitos de los sistemas informáticos de facturación utilizados por empresarios y profesionales.

📌 Estos servicios forman parte del marco VERI*FACTU, una iniciativa que garantiza la trazabilidad y verificación de las facturas emitidas a través de sistemas informáticos homologados.

🔹 Para expedidores de facturas:

Servicio web de remisión de registros de facturación (art. 15).

Servicio web para enviar registros de facturas verificables (art. 16.1) – exclusivo VERIFACTU*.

Servicio de consulta de registros enviados.

Portal de descarga y revisión de registros propios.

🔹 Para destinatarios de facturas:

Servicio de cotejo de facturas mediante QR (art. 17.1) – válido solo si la factura procede de un sistema VERIFACTU*.

Portal de descarga y revisión de registros recibidos a través de sistemas homologados.

👉 Puedes acceder a toda la información en el siguiente enlace oficial:
📄 Nota completa de la AEAT

⚙️ ¿Quieres comenzar con las gestiones?
Accede aquí: Trámites VERI*FACTU

¿Te han notificado un embargo a un proveedor? Esto es lo que debe hacer tu empresa:Cuando Hacienda embarga un crédito pe...
20/05/2025

¿Te han notificado un embargo a un proveedor? Esto es lo que debe hacer tu empresa:

Cuando Hacienda embarga un crédito pendiente a favor de un proveedor, la empresa debe actuar con cautela para evitar sanciones o responsabilidades solidarias.

💡 Si ya has recibido la notificación de la diligencia de embargo:
✅ Solo debes pagar a Hacienda los importes vencidos hasta la fecha de notificación.
🚫 No estás obligado a retener pagos futuros, salvo que se trate de contratos de tracto sucesivo (como un alquiler), en cuyo caso sí deberás ingresar los pagos futuros en Hacienda hasta cubrir la deuda.

📅 Si el crédito aún no ha vencido, podrás esperar hasta la fecha del vencimiento para realizar el pago.

⚠️ ¡Ojo! Hay situaciones que generan dudas:

- Créditos cedidos previamente a un banco (factoring, descuento de pagarés).
- Servicios sujetos a retención.
-Facturas con IVA.

En todos estos casos, es esencial contar con asesoramiento especializado.

📞 En Contalia te ayudamos a identificar las cantidades a retener y a actuar correctamente para proteger a tu empresa frente a Hacienda.


https://contalia.es/noticias/?buco=change-language/es-es/1/21431

Dirección

Avenida Principal, Parcela 30/1, Edificio Argos, 2ºG – Parque Empresarial Oeste (San Ginés, Murcia)
Murcia
30169

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 15:00
Martes 09:00 - 15:00
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