Pilar Ruiz. Abogados y Asociados

Pilar Ruiz. Abogados y  Asociados Pilar Ruiz. Abogada y Mediadora de Seguros. Bufete Jurídico Multidisciplinal.

07/12/2023

¡Tengo 500 seguidores! Gracias por apoyarme siempre. Sin vosotros esto no sería posible. 🙏🤗🎉

04/09/2023

Echa un vistazo al video de abogada cercana.

08/01/2023

NUEVO AÑO, NUEVA AVENTURA, NUEVAS MEDIDAS.......
Aunque hasta San Antón, Pascuas son, ya debemos recoger las muestras de Navidad.
Los lobos con piel de cordero, y la amplia hipocresía que rodea esta Sociedad, vuelven a su estado natural...😇🤣.
Como ya sabréis, el Gobierno para paliar la subida de precios, sobre todo en bienes de primera necesidad, aprueba distintas medidas, que pretenden ayudar a las familias más desfavorecidas, e imagino a la gran mayoría de la población.
Con respecto a las medidas adoptadas, habrá opiniones de todo tipo, dependiendo sobre todo, del cristal político con el que se mire.
La inflación es la consecuencia de un problema coyuntural o a veces estructural, donde al subir los precios, la economía se desequilibra, provocando efectos negativos en cualquier Estado.
En este caso, parece que por la guerra en Ucrania, nos hemos dado cuenta, que dependemos demasiado de la importación de otros países, cuando podemos producir nosotros, pero la verdad es que como no somos competitivos, finalmente acudimos a la importación.
La subida de la luz y del combustible, evidentemente ha hecho que los gastos de producción y distribución suban, y mucho, generando una situación bastante grave para muchas familias, ya que sobre todo han subido los bienes de primera necesidad.
No se si recordáis, que en el momento que el Gobierno anunció una ayuda de 20 céntimos en los combustibles, éste subió, con lo que apenas hemos notado nada, y la prueba es que una vez extinguida esa medida, el combustible sigue estando muy caro.
Mi bola de Cristal,🔮🤣 considera que los precios van a bajar, pero muy poco a poco., y dependiendo de la evolución de determinados factores. Esta es la realidad.
Bajar el IVA, un 4 o 5 %, seis meses, apenas se va a notar, cuando los precios en los productos en los que se va aplicar han subido un 60, 70 u 80% y trasladar el punto de mira en el vendedor final al consumidor, me parece que no es de recibo, pues cuando el producto llega a los supermercados, o ese porcentaje se ha perdido en la cadena de distribución o simplemente han subido el precio del producto para dejar el precio igual, así que hay que tener paciencia y saber que nada se arregla de la noche a la mañana.😊
☝️
Como ya habréis podido escuchar, el Gobierno va a `poner a disposición de las familias más vulnerables un pago único de 200 euros.
La Agencia Tributaria ya ha activado la página web a través de la cual se podrá hacer el trámite.
El plazo para solicitarla será DESDE EL PRÓXIMO 15 DE FEBRERO HASTA EL 31 DE MARZO.
En principio, no será necesario aportar ninguna documentación adicional, solamente rellenar el formulario de la web, porque ya sabéis que la Agencia Tributaria tiene todos vuestros datos fiscales y esta ayuda, irá dirigida a la unidad familiar registrada como tal o unidad monoparental , que no haya superado los 27.000 euros de ingresos anuales en el 2022, ni tengan un patrimonio superior de 75.000 euros, EXCLUYENDO DEL CÓMPUTO LA VIVIENDA PRINCIPAL☝️☝️☝️.
Los pensionistas o aquellos que perciben el Ingreso Mínimo Vital NO TIENEN DERECHO A PERCIBIR ESTA AYUDA.
El Ejecutivo considera que esta ayuda alcanzará a unos 4.2 millones de hogares, algo que no tengo muy claro🤔🤔🤔.
En fin, un año más de lucha, `para las personas que tenemos el privilegio de estar vivas...
Vuestra abogada cercana, Pilar Ruiz.

VIDA EN PAREJA¿MATRIMONIO SI? O ¿ MATRIMONIO NO?Estoy segura, que esta pregunta es recurrente en la Sociedad actual, y l...
15/07/2021

VIDA EN PAREJA

¿MATRIMONIO SI? O ¿ MATRIMONIO NO?

Estoy segura, que esta pregunta es recurrente en la Sociedad actual, y la verdad no es que sea difícil de contestar, si no que dependerá de muchas variables, pero sobre todo de las circunstancias personales y entorno de cada caso. Por eso en caso de duda, siempre podéis acudir a un profesional.

Al principio, en las primeras relaciones o vivencias en común de dos jóvenes, esta es una pregunta que ni se plantea. Apenas tienen ingresos fijos, poco tiempo de relación , pero sí, muchas ganas de vivir, disfrutar y viajar.

Sin embargo, cuando ya se llevan varios años de relación, se ha comprado algún bien en común, y ya apetece mucho mucho, quedarse en el sofá o tener hijos, probablemente algunas mujeres podrían empezar a preguntarse....¿ Y el anillo pa cuando?🤔🤔 .

El matrimonio civil, no es pasarse un año preparando una boda y desembolsar cantidades ingentes de dinero para satisfacer a unos cuantos. Ni es, como piensan algunos, ponerse un yugo en el cuello, cual buey para trabajo en el campo.😂😂.
Esas personas que dicen que no quieren ataduras y que es mejor así por que si discuten, cada uno se va por su lado, probablemente lo hacen por que solo quieren lo positivo de la relación, cuando realmente, si quieres a una persona y has formado una familia,, se debería pensar en proteger esa familia.

Nadie te obliga a casarte por la Iglesia o celebrar un bodorrio por lo civil, aunque normalmente se tenga ilusión por ello.

Registrarse como matrimonio civilmente, apenas es una firma. Sin embargo desde ese momento jurídicamente se tienen derechos hereditarios, posible viudedad , orfandad, etc...

Otra opción es registrarse como pareja de hecho, que es un registro local que no todos los ayuntamientos tienen y que automáticamente no te proporcionan ciertos derechos o beneficios, teniendo probablemente que demostrar la convivencia para obtener derechos que automáticamente se tienen con estar inscrito como matrimonio en el Registro Civil y que por mucha pareja que seamos, lo mismo finalmente no conseguimos demostrar una relación de larga duración que nos proporcione lo solicitado.

Otra cosa es que nos casemos en separación de bienes, que también es algo que dependerá de muchos factores o intereses individuales.🧐🧐🧐
Vamos al Notario antes de la boda o inscripción en el Registro Civil solicitando capitulaciones matrimoniales.......y listo!!!!😂😂😂

Si sois unos convencidos de que las "ataduras legales " perjudican la relación, siempre podéis (ambos ), contratar un seguro de vida, que son ideales y no cuestan mucho, poniendo de beneficiario a la persona o personas que quieras proteger por eso de si " te pasa algo"🤔🤔🤔

Sea como fuere, nunca sabremos con certeza como nos van a resultar las cosas, pero lo que si os puedo asegurar es que hagáis siempre las cosas lo más legales posibles. Desconfiad de contratos o promesas verbales.

Pilar Ruiz. Vuestra abogada cercana.

07/05/2021

Mari Carmen: - Paco, ya me tienes harta, ¡¡¡QUIERO EL DIVORCIO!!!😖
Paco: - ¡Hasta luego Mari Carmen !, ¡Cierra al salir!🤔🤔
¿ y ahora que?
Llegado el momento, ya se lleven 2 o 32 años casados, va a depender mucho de la actitud y la voluntad de terminar una relación con discreción o dando la fiesta.
También va a depender, si ambos poco a poco han visto que ya no hay leña que echar al fuego, ya que este se ha apagado, y ambos lo reconocen, o de si la ruptura se produce por terceras personas o hartazgo🤣🤣, ya que esto genera un enfado, rencor, odio, etc... hacia el otro cónyuge. Es entonces cuando nos vamos de fiesta!!!!.
Me he encontrado padres maravillosos que se comen su pena y ceden un poco cada uno, por el bien de los hijos o por llegar a un acuerdo. Ambas razones darán lugar a un divorcio rápido, de mutuo acuerdo, en el cual, también se podrán repartir los bienes adquiridos durante el matrimonio.
Si esto no es posible, con el divorcio nos pueden dar las uvas de Nochevieja del año 2025 fácilmente, ya que divorcio y liquidación de gananciales no se pueden resolver con la misma demanda.
¿CUANDO PROCEDE PENSIÓN COMPENSATORIA?
La pensión compensatoria procede cuando en el momento del divorcio, alguno de los cónyuges queda en una situación de evidente desequilibrio económico y social con respecto al otro cónyuge, por lo que éste último deberá compensar el desequilibrio de una forma temporal o vitalicia.
Si Mari Carmen, tiene 30 años de casada, y ha dedicado toda su vida a la familia , evidentemente no tendrá ingresos ,siendo Paco en este caso el que deberá pasar una pensión compensatoria, que será con casi toda seguridad vitalicia, y que dependerá de los ingresos o pensión de jubilación de Paco, siendo esto un problema cuando los ingresos legales demostrables o la pensión es reducida, condenando a Mari Carmen, a vivir sus últimos años en la pobreza, y también a Paco, si no se tienen más bienes mobiliarios ( dinero) o inmobiliarios.
Consejo: En la medida de lo posible, sed siempre económicamente independientes a no ser que vuestro contrario esté forrao!🤣🤣🤣
Sin embargo, si Mari Carmen lleva 10 años de casada, dedicando igual todo su tiempo a la familia, corresponderá una pensión compensatoria por varios años, dando un tiempo a la misma para prepararse y acceder al mercado laboral.
Si Mari Carmen y Paco trabajan y reciben un sueldo similar, no habrá lugar a pensión compensatoria.
¿ Y CON MIS NIÑOS? ¿QUE PASA CON MIS NIÑOS?
Aquí es cuando yo, mejor me callo por que hay cosas que no voy a permitir con respecto a menores...
Si los hijos de Paco y Mari Carmen ya están independizados, pues nada, nos repartimos el bacalao, y andando!!!
Sin embargo, si existen niños menores en el domicilio familiar, hay que preguntarse que sistema de custodia es adecuado o elegido por los progenitores, por que si no nos lo preguntamos nosotros, lo decidirá un juez.
A veces las madres, se piensan que la custodia materna es lo más adecuado para los menores, pero no siempre es así.
Si el padre, tiene un trabajo flexible y es buen padre, la custodia compartida es lo ideal y en donde ambos progenitores tendrán tiempo para ellos mismos; Sin embargo si el padre madruga y vuelve tarde, evidentemente no puede ejercer una custodia compartida, debiendo pasar una pensión de alimentos a sus hijos, que irá en función de los ingresos de éste.
Aquí es donde muchos, muchos padres ponen el grito en el cielo, por que claro, el dinero se lo va gastar la esposa, no se sabe donde...🤦🤦🤔
ERROR!!! la pensión de alimentos es para los menores que no comen ni visten del aire!!!!, por eso, muchos padres árduos solicitan custodia compartida, donde normalmente no hay pensión de alimentos ( en algunos casos si la hay), pues en teoría pasan el mismo tiempo con la madre que con el padre. peeeeero, ¡Atención!!¿ Quien atiende a esos niños, si el padre no puede? ¿ los abuelos?, pues seguramente no cuela, porque la custodia debe ser ejercida por los padres, siendo los abuelos una ayuda ideal, pero a los que no se les puede cargar con esa responsabilidad.
Los padres deben reconocer su situación y decidir lo mejor para sus hijos, pero esto en muchas ocasiones no es así.
Dicen luchar por ellos, pero justamente hacen lo contrario, perjudicándoles seriamente con el afán de fastidiar al contrario.
Finalmente, cuando se cansan de el "niño pa mi, el niño pa ti", ya entonces nos matamos por los bienes a repartir, si los hay.
Esto para mi, es lo más incomprensible, ya que si no se lo reparten ellos a partes iguales, llegando a un acuerdo , será un juez o un contador partidor que no les conoce, ni sabe que bien les puede ir mejor, pero eso si, por las buenas o por las malas tendrá que ser económicamente equilibrado, así que nada. ustedes deciden....
Y ya nada, la vida sigue, dejando atrás un montón de historias de terror que espero no olvidemos, por que ya sabéis que decae el Estado de Alarma.
Mucha precaución, mucha ilusión por el futuro, y mucha fuerza.
Vuestra abogada cercana, Pilar Ruiz.

06/02/2021

SUBVENCIONES PARA EL SECTOR DE LA HOSTELERIA, RESTAURACIÓN, OCIO Y TURISMO. DIPUTACIÓN DE CUENCA.
Estimados todos:
Aquí seguimos inmersos en lo que yo llamo la "pandemia interminable"😁😁, encerrados por nuestro propio bien, aunque ya todos sabemos los problemas y ruina de algunos negocios y familias.
Os paso esta información, a quien pueda interesar.
Al igual que he hecho siempre, aunque no me dedico a tramitar y gestionar empresas, seguro que a algunos les interesa, por lo que deberán ponerse en contacto con sus gestores para solicitar estas ayudas.
Esto no les va a solucionar mucho a la gran mayoría, pero menos da una piedra🤦‍♀️🤦‍♀️, y también teniendo en cuenta la cantidad de establecimientos de este tipo que tiene España, evidentemente no pueden dar mucho, y lo poco que den, lo pagaremos con creces, como no puede ser de otra manera, ya que estamos tirando de fondos europeos, que han venido y vendrán, peeeeero con letra pequeña que sufriremos por largo tiempo.
Animo a todos y sobre todo mucha responsabilidad!!!!
Gracias de antemano por vuestros amables comentarios y ya os paso esta información de la DIPUTACIÓN DE CUENCA, que me parece ideal dada la situación de la provincia de Cuenca que es una de las más despobladas de España, aunque la mejor, evidentemente🤩🤩.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN
A partir del día 9 de febrero de 2021, este incluido, se podrán solicitar durante 10 días hábiles, es decir, las podréis presentar hasta el día 22 de febrero.
Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria las empresas, empresarios y autónomos cuya actividad en el ámbito de la hostelería, restauración, ocio y turismo se haya visto afectada negativamente por la COVID-19.
Es objeto de la presente convocatoria regular la concesión de ayudas para reducir el impacto de la COVID-19 y paliar, en la medida de lo posible, los efectos económicos negativos en los sectores empresariales de LA PROVINCIA DE CUENCA que se han visto más castigados por la pandemia para ayudarles a mantener su actividad y empleo, facilitando su recuperación.
REQUISITOS:
Estar legalmente constituida y dada de alta en alguno de los siguientes epígrafes correspondiente del IAE
- 1671 Servicios en restaurantes.
- 1672 Servicios en cafeterías.
- 1673 Servicios en cafés y bares. -
1674 Servicios especiales de restaurantes, cafetería y café-bar.
- 1675 Servicios en quioscos, cajones, barracas u otros locales análogos, situados en mercados o plazas de abastos, al aire libre en la vía pública o jardines.
- 1676 Servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías.
- 1677 Servicios prestados por los establecimientos clasificados en los grupos 671, 672, 673, 681 y 682 de las agrupaciones 67 y 68, realizados fuera de dichos establecimientos. otros servicios de alimentación.
- 1681 Servicio de hospedaje en hoteles.
- 1682 Servicio de hospedaje en hostales y pensiones.
- 1683 Servicio de hospedaje en casas rurales.
- 1684 Servicio de hospedaje en hoteles-apartamentos.
- 1685 Alojamientos turísticos extrahoteleros.
- 1687 Campamentos de turismo de uso público.
- 1755 Agencias de viajes.
- 969.1 Salas de baile y discotecas.
• Tener el domicilio fiscal en alguno de los municipios de la provincia de Cuenca.
• Desarrollar una actividad de hostelería, restauración, comercio, ocio y turismo desde antes del 14 de marzo de 2020.
• Que el volumen de operaciones declarado en el IVA en el ejercicio 2020 haya sufrido una reducción igual o superior al 20%, en comparación con el volumen de operaciones declarado en el IVA del ejercicio 2019
• No pertenecer al Sector Público o estar participada por algún ente perteneciente al Sector Público.
CUANTIA:
La cuantía máxima individual a percibir de 3.000 euros.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Se consideran subvencionables los siguientes conceptos habidos desde el 14 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020:
- Importe de la cuota de autónomos.
- Importe de los seguros sociales de los empleados.
- Importe de los arrendamientos de los locales donde se desarrolla la actividad (impuestos excluidos).
- Importe de la electricidad del local donde se desarrolla la actividad.
- Importe de la calefacción del local donde se desarrolla la actividad.
- Importe de la instalación de mamparas en el local donde se desarrolla la actividad.
- Importe de la adquisición de mascarillas y/o pantallas faciales para los empleados.
- Importe de la adquisición de hidrogeles para el desarrollo de la actividad.
TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUDES.
Lo podéis realizar ELECTRÓNICAMENTE, accediendo a la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Cuenca, https://sede.dipucuenca.es.
o evidentemente acudir a vuestros gestores.
Documentación a aportar con la solicitud:
- Anexo I citado en el art. 9. https://www.dipucuenca.es/.../c0425d0f-16bd-44d6-8cbd...

- Fotocopia del CIF o NIF.
- Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. https://www.agenciatributaria.gob.es/.../proce.../G309.shtml
- Declaraciones trimestrales del IVA, autoliquidaciones periódicas correspondientes al IRPF, facturas emitidas o cualquier otra documentación relevante correspondientes a las anualidades 2019-2020. - Anexo II – Memoria de actuación. https://www.dipucuenca.es/.../2f026485-708c-48b2-9394...

- Anexo III en el que se indicará el índice numerado de los justificantes que se presentan de acuerdo con los gastos subvencionables establecidos en el art. 6 al que se acompañaran los documentos justificativos: facturas o documentos equivalentes acreditativos del gasto subvencionables, ordenados correlativamente de acuerdo con el índice presentado en el anexo III por importe igual o superior a 3.000€.
Podéis compartir esta información, pero tened en cuenta que esto solo es en la PROVINCIA DE CUENCA!!!!, aunque imagino que en las demás diputaciones se convocarán también estas ayudas, así que atentos cada cual a su provincia.
Vuestra abogada cercana, Pilar Ruiz.

12/10/2020

DENTIX

29/09/2020

TARJETAS DE CRÉDITO CON INTERESES ABUSIVOS

09/07/2020

ÉRASE UNA VEZ...UN DIVORCIO...

Esta semana he vuelto al Juzgado. El ambiente es algo raro, triste....
Esta semana, un matrimonio ratificaba su voluntad de divorciarse de mutuo acuerdo.
Al principio, fue duro...muy duro, pero ambos cedieron un poco para llegar a un acuerdo. Sobre todo porque tienen niños de corta edad.
Ha sido un honor ayudarles, y estoy segura que les irá muy bien. Trabajadores y educados, creo que nunca llegarán a saber el bien que hacen a sus hijos con esta actitud.
Serán sin ninguna duda los mejores padres.

Igualito que otros, que se enarbolan la bandera de padre o madre de la año y dice luchar por su hijo o hijos y lo único que hacen es utilizarlos para tumbar al contrario, sin escuchar, sin pensar, sin preguntar a su hijo o hijos cuáles son sus preferencias, sus necesidades sus inquietudes..
La tramitación normal de un divorcio de mutuo acuerdo, en nuestra zona, y con una abogada cercana😂😂😂aproximadamente en 4 o 5 meses y sin pandemia 🤣🤣🤣, puedes estás alegramente divorciado😷😷.
Sin embargo un divorcio judializado puede durar años si se complica con bienes gananciales, psicosociales a menores, etc... Vamos, una feria... y aunque los abogados (al menos yo), intentamos siempre llegar a un acuerdo, los cónyuges erre que erre, para que el Juez les de la razón 🙈🙈🙈😞😞

En fin, os mando un saludo de nuevo, mucha fuerza y por favor, Responsabilidad!!!
Vuestra abogada cercana, Pilar Ruiz.

29/04/2020

MIÉRCOLES 29 DE ABRIL DE 2020
CUARENTA Y SEIS DÍAS LEGALES DE CONFINAMIENTO CIVIL.

ATENCIÓN PEQUEÑO COMERCIO, PELUQUERÍAS, ESTÉTICAS, BARES....ETC.!!!

La parte contratante de la primera parte, es decir, ayer el Presidente del Gobierno adelanta pero no adelanta... y lo deja todo para más tarde.
La parte contratante de la segunda parte, es decir, esta mañana el Ministro de Sanidad, aún tampoco sabe fechas, criterios a seguir para pasar de una fase a otra...vamos, ni sabe aún el horario de paseo o deporte que tendremos dentro de dos días🤦‍♀️🤦‍♀️🤦‍♀️. Ufff. Entonces, ¿quien lo sabe? Yo?

Pues el sentido común y mi bola de cristal, me dicen, que aunque entiendo perfectamente a todas las personas que están paradas, con 300 mu***os aún al día, en vez de abrir para ganar NADA, yo esperaría...pero claro, los pobres autónomos y pequeños empresarios no tienen ayudas, por que no llegan..y a los otros ante la presión y quizás por interés de que la suspensión de empleo que deben pagar(ertes), sea por el mínimo tiempo posible, y no teniendo claro lo que puede pasar, (por que nadie lo tenemos claro)....presentan ya su desescalada.

Deseo de corazón, que esto salga bien, por que si comienzan a subir otra vez los contagios, cerrarán todo otra vez automáticamente.
Mi consejo para todo el que va a comenzar esta nueva realidad, es que intenten cumplir a rajatabla todas las medidas de seguridad, por el bien de todos.
Dicho esto, lo primero que debo deciros es que debéis poneros en contacto con los técnicos que os llevan la Prevención de Riesgos Laborales, ya que os deben implementar un protocolo por COVID-19.
No me extrañaría nada que tuvierais Inspección de Trabajo, aunque sea solamente para controlar que garantizáis la seguridad en el trabajo de vuestros empleados.
Has adelanto la Fase 0 y 1 del resumen del RD aprobado en el día de ayer.....luego si todo sale bien...sigo....

FASE 0. En la que nos encontramos ya, hasta el 9 de mayo.
SEMANA DEL 4 AL 9 DE MAYO.

COMERCIO MINORISTA Y ACTIVIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
Apertura de locales y establecimientos con cita previa para la atención individual de los clientes. Estos locales deberán contar con mostrador, mampara o cuando esto no sea posible, garantizar el máximo de protección individual.
Se establecerán horarios de atención preferente para personas mayores de 65 años.
Cuando este servicio profesional requiera tener contacto directo con el cliente será obligatorio el uso de medidas de seguridad como mascarilla y guantes.
Importantísimo pedir información a Prevención de Riesgos Laborales y también deberíais pedir ayuda e información en vuestros ayuntamientos.

HOSTELERÍA,CAFETERÍAS Y RESTAURANTES.
En la fase 0 solo podrán servir a domicilio o pedir comida y solo recoger. Es decir hasta el 10 de mayo.

FASE 1. A partir del 11 de mayo. Se supone que en esta fase también comenzamos todas las Comunidades al mismo tiempo, cosa que después quizás no sea así.
Se podrán velar ya a los fallecidos con un aforo limitado. También se podrán desplazar en el mismo vehículo las personas que hayan convivido juntas en este confinamiento, no así en otros casos que será limitado.
En actividades de Culto Religioso, se limitará a un 1/3 el aforo. (Bueno, las Iglesias son grandes👍)

COMERCIO MINORISTA Y ACTIVIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FASE 1, A PARTIR DEL 11 DE MAYO.
Apertura generalizada de locales y establecimientos comerciales.!!! NO CENTROS COMERCIALES!!
Aforo limitado al 30%. Se garantizará la distancia mínima entre clientes de 2 metros o se permitirá la entrada de uno en uno. Dependerá del local y de los propietarios que deben extremar estas precauciones.
Horario preferente de atención a personas mayores de 65 años.

También en esta fase los Ayuntamientos valorarán la vuelta de los mercados al aire libre, pero al principio deben cumplir extrictas medidas de condiciones y distanciamiento. Yo esta medida la alargaría bastante, ya que a muchos mercados acuden no solo muchísima gente, si no además de varias localidades.☢️☢️.
BARES, CAFETERÍAS Y RESTAURANTES EN FASE 1. A PARTIR DEL DÍA 11 DE MAYO Y COMO MÍNIMO DURANTE DOS SEMANAS.
Apertura de terrazas. Se limitará al 30% de las mesas permitidas en años anteriores en base a la licencia municipal asegurando distancias. Podrían tener mayor número de mesas si el Ayuntamiento permite más espacio disponible respetando la proporción de seguridad.
Importantísimo acudir a vuestro Ayuntamiento.
Entiendo que los negocios que tienen terraza privada también podrán servir en su terraza, aunque aquí te cambian las cosas a golpe de Orden Ministerial, de la noche a la mañana.🤔🤔🤔

ESPERO QUE OS SIRVA. MUCHA SUERTE!!!
RESPONSABILIDAD AL PRINCIPIO POR FAVOR, SI NO....NO VEO NI EL COLEGIO EN SEPTIEMBRE!!!🤦‍♀️🤦‍♀️🤦‍♀️

Vuestra abogada cercana, Pilar Ruiz.

22/04/2020

MIÉRCOLES 22 DE ABRIL DE 2020
TREINTA Y NUEVE DÍAS LEGALES DE CONFINAMIENTO CIVIL.

-AYUDAS PARA AUTÓNOMOS Y PYMES QUE FUERON OBLIGADOS A CERRAR O HAN DISMINUIDO CONSIDERABLEMENTE SUS INGRESOS

-ERTES.

Bueno, pues hoy toca una de abogada.

El Real Decreto publicado hoy tiene unas 70 páginas tipo letra-lupa, y aunque es extenso en bastantes aspectos, hoy os voy a trasladar en "castellano cercano" los más interesante en estos momentos para muchos de vosotros que tenéis vuestros negocios cerrados y sois arrendatarios de los locales en donde realizáis vuestra actividad.

Como consecuencia del Estado de Alarma, muchos os vísteis obligados a cerrar o a que vuestros ingresos prácticamente sean nulos. Esto, en el ámbito de pequeños autónomos significará el cierre o el concurso de acreedores de muchos de vosotros, pues aunque podáis abrir dentro de dos meses, los gastos del elevado coste de los alquileres y gastos fijos no os permitirá seguir con la actividad.
En este momento se podría aplicar a vuestros contratos de arrendamiento, (y así lo plasma este documento), que sería aplicable la expresión del latín " rebus isc stantibus" que significa " estando así las cosas....o con la que está cayendo" que faculta a los arrendatarios a poder modificar las clausulas insertas en vuestro contrato de arrendamiento incluso extinguirlo sin penalización de ningún tipo, evidentemente por causas de fuerza mayor.
De lo que básicamente se trata, es que a partir de hoy, tenéis un mes para comunicar o negociar con el arrendador otras clausulas de vuestros contratos de arrendamiento, sobre todo para reducir sustancialmente el precio de la renta que pagáis.
Realmente se trata, de que los negocios que se encuentran cerrados o al borde del concurso, obtengan unas nuevas clausulas en su contrato de arrendamiento que les permita seguir luchando. Quizás algunos arrendadores podrán el grito en el cielo, pero deberán bajar a la Tierra y reconocer que aquellos alquileres que cobraban, al menos en una buena temporada, no se ajustan a la penosísima situación que nos encontraremos, cuando asimilemos la tragedia diaria de tantas familias. Si éstos no negocian con los inquilinos, muchos, muchos, muchos locales se verán cerrados y de corazón os digo que no me gusta dar información de futuro, pero realmente si estos contratos no se negocian será una catástrofe.
Es mejor reducir la renta que no obtener nada.
Estos acuerdos con el arrendatario podrán ser para la moratoria de pago, o también se establece que se pueda pagar con la fianza entregada inicialmente al arrendador, aunque ésta también deberá ser repuesta en el periodo de un año. Si se negocia la reducción considerable de la renta, ésta deberá respetarse durante al menos dos años.

MI CONSEJO? 🉐㊙️㊗️

--ERTES!!!

Si sois empleados afectados por un ERTE, el próximo dia 10 de mayo, comenzaréis a cobrar vuestro paro con efecto retroactivo, desde que os vísteis obligados a cesar en vuestra actividad 👏👏👏y si sois autónomos también se os va abonar la cuota proporcional de autónomos del mes de marzo.🤑🤑🤑🤑

ATENCIÓN!! Todas las empresas o autónomos que solicitaron un ERTE, y que han tramitado vuestras asesorías fiscales y laborales, deberéis preguntarles que fecha de finalización del erte pusieron, ya que se están dando ya casos que se pusieron por un mes y medio y tendrá que ser solicitada la prórroga. Yo hubiera sido partidaria de poner unos seis meses, por que si la actividad comienza antes, pues con informar de la vuelta al trabajo y solicitar finalizacion y cierre del expediente...listo, pero si no andáis listos, vuestros pagos se podrán ralentizar.

PD. Esto, consultar si es posible, por que estos decretos, se modifican a cada momento.

QUEDARSE EN CASA, GUAPOS.!!!

Vuestra abogada cercana, Pilar Ruiz.

01/04/2020

MIÉRCOLES 1 DE ABRIL DE 2020
DECIMOCTAVO DÍA DE CONFINAMIENTO CIVIL.

ATENCIÓN TODOS, QUE HOY SI HAY NOTICIAS ECONÓMICAS EN EL PARTE DE GUERRA.

Bueno, pues a lo tonto a lo tonto, ya llevamos 18 días confinados en nuestras casas, que nos van a quedar , además de relucientes, con un olor a lejía que flipas!!!😁😁😁
El parte de guerra sanitario es verdaderamente triste, pero parece que la tendencia es a la estabilización, todo esto gracias a TODOS.
El nivel de infectados no debe sorprenderos porque cuando nos empiecen hacer pruebas se dispararán los números, aunque eso no es lo que importa, pero viendo la tendencia de otros países creo que lo estamos haciendo muy bien. Por favor, QUEDARSE EN CASA!!!.

Vuelvo a repetir, que para los que están luchando por su vida, en los problemas que vendrán después, no piensan, y aunque yo también opino lo mismo, como veo que os interesan mucho las noticias,( económicas sobre todo) y de futuro, pues hoy, os adelanto un poco, aunque muchas de ellas tienen que ser solicitadas más adelante.

En primer lugar, deciros que si estáis en una situación de gran precariedad y desamparo tenéis que acudir a vuestro ayuntamiento y servicios sociales que son los primeros que están paliando el primer impacto, ya que muchas ayudas, prestaciones o subsidios sociales, aún no se podrán solicitar. Calculo que en cuando la emergencia sanitaria pase a un grado más llevadero, los políticos que queden 🤣🤣🤣, saltarán al atril a relataros todo.😂😂😂

En segundo lugar deciros que no esperéis demasiado, ya que hay muchos pidiendo....😁😁😁😁

¿SABÉIS QUE A PARTIR DE HOY, PODÉIS PRESENTAR VUESTRA DECLARACIÓN DE LA RENTA?
Y QUE SI LA HACÉIS RÁPIDO, SI ES A DEVOLVER OS PUEDEN HACER EL INGRESO MUY MUY RÁPIDO?
👏👏👏👏👏
Probablemente mañana me maldigan vuestros gestores , que estarán los pobres hasta arriba, pero si alguien necesita pasta...está tardando!!! 🤣🤣🤣

Os quejaréis de letrada.!!! Se aceptan donativos!!😂😂

MIS QUERIDOS AUTÓNOMOS:

Ahora tengo algo para vosotros, no se si será muy alentador, pero bueno , es cuestión de ver el vaso medio lleno.😂😂😂
Los que tuvísteis que cerrar desde el primer día y habéis acogido a los ERTES, tranquilos por que esa tramitación es inmediata y no tenéis que demostrar otras cosas como una bajada de ingresos ya que es el Estado el que os ha obligado a cerrar.
Podréis solicitar la devolución de la parte proporcional de la cuota del mes de marzo, pero esperaros un poco que para eso tenéis tiempo y hay otras cosas más importantes.

La Moratorias concedidas a los autónomos que siguen en activo para el pago de seguros sociales, la podréis solicitar para el mes de mayo, junio y julio creo, por que como ya habréis comprobado ya nos han cobrado la cuota de autónomos del mes de abril. Pobrecitos...necesitan pasta😂😂😂.
Esos aplazamientos de pago solo serán concedidas a los que cumplan los requisitos, así que como todos estáis forrados, quizás no concedan eso, ni moratorias en préstamos, ni en alquileres...etc..🤦‍♀️🤦‍♀️🤦‍♀️ ¿ Os estoy animando?
Todo dependerá del fajo de billetes que tengáis debajo del colchón!!🤣🤣🤣.

Primero sale el Real Decreto , prometiendo ...y más tarde se desarrolla ese RD, en Orden Ministerial más concreta y donde te ponen la letra pequeña😂😂😂😂 y requisitos......

Cada día os iré poniendo un poquito. Bueno, eso si la cosa mejora, por que como no sea así me dará el bajón...😔😔😔 o el COVID-19 . Espero que el Niño de la Bola y la Virgen de Manjavacas me protejan porque soy muy buena....😂😂😂

OLE MI GENTE!!! VENCEREMOS!!!
SIN BAJAR LA GUARDIA NI UN MINUTO!!
MAÑANA PASO LISTA. TODOS AQUÍ....VIVOS!!!

Vuestra abogada cercana, Pilar Ruiz.

Dirección

Plaza 1°de Mayo, 6. 1°
Mota Del Cuervo
16630

Horario de Apertura

Lunes 12:00 - 20:00
Martes 12:00 - 20:00
Miércoles 12:00 - 20:00
Jueves 12:00 - 20:00
Viernes 12:00 - 20:00

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