AFIRA - Asesoría Fiscal Rosario Alarcón

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25/12/2024
COMPRAVENTA DE LA NUDA PROPIEDAD: Otra manera de adquirir una viviendaLos medios de comunicación han destacado recientem...
11/09/2024

COMPRAVENTA DE LA NUDA PROPIEDAD: Otra manera de adquirir una vivienda
Los medios de comunicación han destacado recientemente la existencia de un negocio jurídico cuya comercialización está ganando peso en nuestro país: la compraventa de la nuda propiedad, cuyo volumen de negocio está aumentando debido al encarecimiento del precio de las viviendas
En el mercado inmobiliario residencial, la adquisición de este derecho está multiplicándose especialmente en zonas donde la población es más envejecida, entre otras, Madrid, Castilla y León, Cataluña y Cantabria. El auge de esta figura está fundamentado en el envejecimiento de la población, una mayor esperanza de vida y la necesidad de liquidez que adolecen los más mayores, debido a una pensión insuficiente para poder mantener un adecuado nivel de vida.
Esta figura consiste en que el vendedor transmite la titularidad de una vivienda, pero mantiene el uso y disfrute de la misma por un periodo temporal o mientras viva. Así, en el momento del fallecimiento del vendedor o una vez transcurrido el plazo pactado, el pleno dominio pertenece al comprador, extinguiéndose el usufructo. Este negocio jurídico suele ser especialmente atractivo para personas mayores solteras, viudas o que no tienen descendencia directa, que buscan un complemento adicional a su pensión. Este complemento se materializa mediante un pago único de capital o una renta vitalicia periódica.
Como principales ventajas para el comprador, el precio de la vivienda en esta modalidad se sitúa entre un 20% y un 50% por debajo del valor de mercado. En todo caso, el atractivo de la operación dependerá, en el corto y medio plazo, de la longevidad del vendedor. Para el vendedor, la principal ventaja es poder obtener un ingreso adicional a su pensión, manteniendo el usufructo de su casa durante su vida.
Desde el punto de vista tributario, la ganancia de capital en la transmisión de la nuda propiedad, calculada como la diferencia entre el precio de venta y el valor de adquisición, estará exenta de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), siempre que el vendedor sea mayor de 65 años y se trate de vivienda habitual.
Fuera de estos casos, la fiscalidad en la transmisión de la nuda propiedad dependerá de cómo perciba el vendedor el capital; si lo recibe como un pago único, la ganancia de capital tributará en la base imponible del ahorro, como rendimiento del capital mobiliario, a un tipo entre el 19% y el 28%. Sin embargo, si lo percibe como una renta vitalicia, el vendedor deberá tributar anualmente, en la base imponible del ahorro, también como rendimiento del capital mobiliario, por cada anualidad recibida, si bien estas cantidades quedarán reducidas en los porcentajes que la Ley establece según la edad del rentista en el momento de la constitución de la renta.

De la importancia de planificar nuestro futuroEn nuestros tiempos ya no tiene sentido estar pensando si tendremos derech...
31/05/2024

De la importancia de planificar nuestro futuro

En nuestros tiempos ya no tiene sentido estar pensando si tendremos derecho a cobrar una pensión pública de jubilación, las arcas de este país en este sentido podría decirse que están vacías, la natalidad desciende cada vez màs y el futuro para nuestra vejez no va a ser nada fácil.
Nuestro país ha estado hasta relativamente no hace mucho tiempo anticuado en lo que se refiere a planificar el momento de la jubilación con productos privados, que finalmente serán los que nos ayuden a complementar la pensión mínima pública a la que tengamos derecho llegado el momento.
Hace aproximadamente 20 años me llamaba mucho la atención mis clientes británicos que venían a retirarse a España y eran beneficiarios de 3 ó 4 pensiones privadas además de su pensión pública estatal mientras nuestros familiares mayores sólo gozaban aquí de la pensión pública del Estado. Indiscutiblemente andaban años por delante de nuestra mentalidad...
Nuestros pensamientos en este sentido hace unos años están cambiando y estamos, tanto empresas como particulares, concienciándonos de que hay que contribuir en definitiva a Planes de Ahorro que no son nada más y nada menos que seguros que se contratan y que haciendo una aportación económica anual nos garantizan una evolución del capital a lo largo de la vida que posteriormente cuando llegue el momento de la jubilación se pueden cobrar en forma de capital o en forma de renta.
Obviamente cada producto tiene sus particularidades y algunos de ellos tienen beneficios y exenciones fiscales en el IRPF cuando se percibe la renta, otros tienen deducciones en la base imponible del IRPF en función de las aportaciones realizadas.

Si aún no habéis pensado en contratar ningún seguro de este tipo os invito a contactar con nuestra asesoría para estudiar qué tipo de producto se ajusta más a vuestras necesidades y capacidad de aportación económica para que cuando llegue el momento de la jubilación las dificultades sean menores.

Un año más arrancamos con la Campaña de Renta 2023. Ha llegado el momento de hacer frente a nuestra factura fiscal y es ...
05/04/2024

Un año más arrancamos con la Campaña de Renta 2023. Ha llegado el momento de hacer frente a nuestra factura fiscal y es importante estar bien asesorado para evitar futuros problemas con el fisco. En AFIRA podemos ayudarles con esta labor.
Reserve ya su cita.

Once again this year we start with the Income Tax Returns for the year 2023. Is time to calculate our tax bill and is very important to be advised to avoid future problems with the tax authorities. AFIRA can help you with this matter.
Book your appointment as soon as possible.

HACIENDA PERMITE DEDUCIR EN EL IRPF LAS PERDIDAS POR ESTAFAS A TRAVES DEL MOVIL.Los contribuyentes pueden deducirse en e...
03/12/2023

HACIENDA PERMITE DEDUCIR EN EL IRPF LAS PERDIDAS POR ESTAFAS A TRAVES DEL MOVIL.

Los contribuyentes pueden deducirse en el IRPF las pérdidas en las que hayan incurrido a través de una estafa por el teléfono móvil. Eso sí, siempre que esté bien justificada ante Hacienda.
La Dirección General de Tributos señala que "el importe dinerario objeto del engaño o estafa sufrido por el consultante constituirá una pérdida patrimonial". No obstante, Tributos señala que para que "esta pérdida tenga incidencia en el IRPF deberá estar debidamente justificada".

THE TAX AUTHORITIES ALLOW TO THE TAXPAYERS TO DEDUCT LOSSES IN THEIR TAX RETURNS INCURRED BY MOBILE PHONE SCAMS.

Taxpayers can deduct losses incurred as due to a mobile phone scam in their personal income tax . However, as long as it is justified to the tax authorities.
Tributos department points out that "the amount of money that is the object of the deception or swindle suffered by the taxpayer will constitute a capital loss". However, the Tax Office points out that in order for "this loss to have an impact on the personal income tax, it must be duly justified".

NON RESIDENT TAXES 2023Please pay atenttion !We are nearing the end of the legal period for complete and pay the non res...
26/11/2023

NON RESIDENT TAXES 2023

Please pay atenttion !

We are nearing the end of the legal period for complete and pay the non resident taxes.

When you own a property in Spain and if you are non resident in this country (that means that you don ´t spend in Spain more than 183 days on the spanish tax year,) YOU ARE REQUIRED TO PAY THESE TAXES !!

If you need more information or any help with this matter please don´t hesitate to contact us!

En las últimas semanas del año los contribuyentes pueden tomar medidas para reducir la tributación en la declaración del...
22/11/2023

En las últimas semanas del año los contribuyentes pueden tomar medidas para reducir la tributación en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) 2023 a través de deducciones, exenciones y otros beneficios fiscales.

Estas son algunas de las medidas fiscales que pueden reducir tu factura fiscal en 2.023:

-Si se opta por percibir parte del salario en tickets restaurante o vales comida, los mismos constituyen rendimiento del trabajo en especie y están exento de tributación hasta 11 euros día.

-Los contribuyentes que hubieran realizado trabajos en el extranjero deben tener en cuenta que los rendimientos del trabajo que perciban por los trabajos efectivamente realizados en el extranjero están exentos de tributación, hasta el límite de 60.100 euros anuales, siempre que se cumplan determinados requisitos.

-La indemnización por despido o cese del trabajador está exenta de tributación hasta la cuantía establecida como obligatoria en el Estatuto de los Trabajadores, con el límite de 180.000 euros. En caso de despido improcedente, solo están exentas las indemnizaciones reconocidas en acto de conciliación o en resolución judicial.

-En materia de vivienda, aunque la deducción por inversión en vivienda habitual se eliminó con efectos 1 de enero de 2013, los contribuyentes que aún conservan el derecho a aplicársela --aquellos que adquirieron la vivienda habitual con anterioridad a 31 de diciembre de 2012 y viniesen aplicándose la deducción-- podrán deducirse el 15% de las cantidades satisfechas en el ejercicio para la adquisición o rehabilitación de vivienda, siendo la base máxima de deducción de 9.040 euros.

-Además, los contribuyentes que realicen obras para la mejora energética de la vivienda habitual o de una vivienda en alquiler podrán aplicar una deducción del 20 o 40% de las cantidades invertidas (las obras que dan derecho a estas deducciones son las realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2023).
-La deducción por alquiler de vivienda habitual se suprimió a partir de 2015. Sin embargo, pueden seguir disfrutando de ella los contribuyentes con ingresos inferiores a 24.107,20 euros anuales que firmaron el contrato de arrendamiento con anterioridad a dicha fecha, hubieran satisfecho cantidades en concepto de alquiler de vivienda habitual y se hubieran deducido por ello en ejercicios anteriores. El importe de la deducción será de 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual.
-La deducción por maternidad también se ha mejorado a partir del 2023 y podrán aplicarla, además de las mujeres trabajadoras que estén en situación de alta en la Seguridad Social en el momento del nacimiento del menor, tanto las mujeres que en dicho momento estén cobrando la prestación por desempleo como las que no estén dadas de alta en el momento del nacimiento del menor.
El importe de esta deducción se podrá incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

-Por su parte, los contribuyentes (ascendientes o huérfanos de padre y madre) que formen parte de familia numerosa de categoría general (3 hijos) tienen derecho a aplicar una deducción de 1.200 euros anuales y los de categoría especial (5 o más hijos) una deducción de 2.400 euros, deducciones que pueden verse incrementadas por cada uno de los hijos que exceda del número de hijos mínimos exigido para cada categoría.

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Mojácar
04638

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